Trabajar para la Administración Pública tiene varias ventajas. Una de las más populares es la estabilidad laboral, lo que supone un alivio económico para todos los funcionarios, pero también están sus envidiables horarios. Además de sus sueldos fijos, ya que cuentan con dos pagas extras.
La paga extra de los funcionarios es idéntica a la retribución que reciben los asalariados que trabajan por cuenta propia sin haber superado una oposición. Se trata de un derecho por ley que tienen los trabajadores de las empresas para recibir dos remuneraciones adicionales en el total de su sueldo anual.
Esta paga extraordinaria es la misma que el sueldo de cada mes y se paga en verano y en Navidad. Por tanto, habrá dos meses en los que se cobre el doble. En caso de ser funcionario de la Administración Pública, esta paga extra está estipulada en la Ley de los Presupuestos Generales del Estado y en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Cómo se calcula la paga extra
La paga extra de los funcionarios se expresa como salario base, es decir, que al importe todavía hay que añadirle otras cuantías como los complementos o trienios (es decir, la antigüedad).
Según el artículo 134.4 de la Constitución, “si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos”.
Así, los presupuestos para el año 2024 fueron prorrogados el 2 de enero del mismo año, estableciendo los sueldos, trienios y pagas extra de los funcionarios de la siguiente manera:
- Grupo A1: aquí se encuentra el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Sueldo base anual de 17.216,08 € + 662,66 € de trienios + complementos correspondientes. Paga extra: 802,76 € + 30,91 € de trienios + complementos.
- Grupo A2: aquí está el Cuerpo Técnico de Hacienda. Sueldo base anual de 15.138,94 € + 549,50 € de trienios + complementos. Paga extra: 820,37 € + 29,77 € de trienios + complementos.
- Grupo B: serán los que han superado la oposición y tienen en su posesión el título de Técnico Superior (FP). Sueldo base anual de 11.799,24 € + 429,84 € de trienios + complementos. Paga extra: 849,84 € + 30,98 € de trienios + complementos.
- Grupo C1: serán los que han obtenido el título de bachillerato y superado la oposición. Sueldo base anual de 10.134,84 € + 370,92 € de trienios + complementos. Paga extra: 729,96 € + 26,68 € de trienios + complementos.
- Grupo C2: son aquellos que han superado la oposición y han obtenido el título de la ESO. Sueldo base anual de 8.435,04 € + 252,48 de trienios + complementos. Paga extra: 696,51 € + 20,82 € de trienios + complementos.
Complementos adicionales
A su vez, la Ley de los Presupuestos Generales del Estado establece la cuantía de los complementos de destino y específicos. Los complementos de destino están divididos en 30 niveles en función del puesto de trabajo que desempeñe el funcionario. El suplemento para cada nivel, en 14 pagas es, según el Ministerio de Hacienda:
- Nivel 1: 109,81 euros al mes (1.537,34 al año).
- Nivel 2: 129,94 euros al mes (1.819,16 al año).
- Nivel 3: 150,08 euros al mes (2.101,12 al año).
- Nivel 4: 170,18 euros al mes (2.382,52 al año).
- Nivel 5: 190,32 euros al mes (2.664,48 al año).
- Nivel 6: 203,76 euros al mes (282,64 al año).
- Nivel 7: 217,19 euros al mes (3.040,66 al año).
- Nivel 8: 230,61 euros al mes (3.228,54 al año).
- Nivel 9: 244,08 euros al mes (3.417,12 al año).
- Nivel 10: 257,49 euros al mes (3.604,86 al año).
- Nivel 11: 284,31 euros al mes (3.980,34 al año).
- Nivel 12: 311,19 euros al mes (4.356,66 al año).
- Nivel 13: 338,07 euros al mes ( 4.732,98 al año).
- Nivel 14: 364,97 euros al mes (5.109,58 al año).
- Nivel 15: 391,78 euros al mes (5.484,92 al año).
- Nivel 16: 418,69 euros al mes (5.861,66 al año).
- Nivel 17: 445,50 euros al mes (6.237,00 al año).
- Nivel 18: 472,37 euros al mes (6.613,18 al año).
- Nivel 19: 499,24 euros al mes (6.989,36 al año).
- Nivel 20: 526,09 euros al mes (7.365,26 al año).
- Nivel 21: 566,36 euros al mes (7.929,04 al año).
- Nivel 22: 610,00 euros al mes (8.540,00 al año).
- Nivel 23: 653,76 euros al mes (9.152,64 al año).
- Nivel 24: 697,43 euros al mes (9.764,02 al año).
- Nivel 25: 741,15 euros al mes (10.376,10 al año).
- Nivel 26: 835,38 euros al mes (11.695,32 al año).
- Nivel 27: 952,17 euros al mes (13.330,38 al año).
- Nivel 28: 995,93 euros al mes (13.943,02 al año).
- Nivel 29: 1.039,61 euros al mes (14.554,54 al año).
- Nivel 30: 1.159,06 euros al mes (16.226,84 al año).
Todas estas pagas extras están sujetas al impuesto del IRPF, por lo que se deben tributar. La paga extra de los funcionarios hace frente a la subida en 2023 del IRPF, del 2,5%, la cual podrá seguir aumentando en función del IPC o el PIB. Estas retenciones se restan directamente a la paga extra del funcionario, pero no a las cotizaciones que se realizan de manera mensual a la Seguridad Social.
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