
Pedro Muñoz, exconcejal del municipio de Ponferrada, continuará en prisión. Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León este martes, tras hacer pública la confirmación del auto de la Audiencia Provincial de León. Muñoz fue condenado a 16 años y 11 meses de prisión, después de que en junio de 2020 fuera detenido acusado de violencia machista después que arrojara por la ventana a su exmujer, Raquel Díaz, que le causaron lesiones dejándole tetrapléjica.
En el pasado mes de febrero, la defensa de Pedro Muñoz, el abogado Pedro Quintana, explicó que presentaría un recurso de apelación contra el auto de la Audiencia Provincial de León que ordenaba su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, tras ser condenado a 16 años y 11 meses de cárcel.
Muñoz fue alcalde de la localidad leonesa de Toreno entre 2003 y 2015. Tras abandonar el Partido Popular fundó Coalición por El Bierzo (CB) con quien fue diputado provincial entre 2015 y 2019, además de concejal DE Ponferrada desde 2015 y hasta su renuncia en 2020, tras los hechos ocurridos.
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Ahora, el TSJCyL ha desestimado este recurso de apelación interpuesto por el exconcejal para intentar eludir la prisión provisional. La Sala entiende que “la extrema gravedad de la pena impuesta es un hecho objetivo para pensar que el acusado pueda sustraerse a la acción de la Justicia” y considera que, de permanecer en libertad, “Muñoz puede poner en peligro bienes jurídicos de la víctima del delito -su segunda exmujer, Raquel Díaz- e incluso reiterar la conducta delictiva”.
El TSJCyL acuerda la prórroga de la prisión provisional comunicada y sin fianza hasta el límite máximo que la ley concede, que es hasta la mitad de la condena. De esta forma, Muñoz continuará bajo prisión provisional al menos hasta 2030, y aunque la sentencia todavía no sea firma, deberá permanecer en la cárcel de Mansilla de las Mulas.

Le lanzó por el balcón y después la golpeó
En el mes de enero, este tribunal consideró a Muñoz culpable de un delito de lesiones agravadas, con las circunstancias agravantes de parentesco y discriminación por razón de género (doce años de cárcel), tres delitos de maltrato familiar (nueve meses por el primero, nueve meses por segundo y once meses por el tercero) y un delito de maltrato familiar habitual (dos años y medio de prisión). Sin embargo, la justicia le absolvió de los delitos de asesinato y homicidio en grado de tentativa, del delito de amenazas y del delito leve de injurias. De la misma manera, también fijó una indemnización a favor de la víctima de 1,5 millones de euros por los daños causados.
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Los hechos causados se remontan al 27 de mayo de 2020, cuando Díaz fue arrojada por la ventana de su casa en Toreno, León, “cayendo y golpeándose contra un pozo que había en la zona y el suelo, especialmente en la cabeza y en la espalda, quedando inmóvil y tirada en el suelo boca abajo”, como se pudo leer en la sentencia. Tras esto, le golpeó con patadas y golpes y un palo en diferentes partes del cuerpo, especialmente en las manos y en las piernas.
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