
Las carreteras son escenario de innumerables infracciones cada año, reflejando una problemática que atañe tanto a aspectos administrativos como a comportamientos de riesgo por parte de los conductores. Entre las faltas más comunes están la caducidad de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y la falta de seguro en vigor, pero es el exceso de velocidad el que domina el espectro de contravenciones, siendo además una causa principal de los accidentes mortales en carretera.
En el esfuerzo por controlar esta tendencia, la legislación vial ha experimentado cambios profundos, orientados a favorecer un tráfico más seguro y calmado. La modificación de los límites de velocidad, una política llevada a cabo en los últimos años, busca minimizar los riesgos no solo para los ocupantes de los vehículos sino también para el resto de usuarios: peatones, motoristas, ciclistas y conductores de vehículos de gran tonelaje. Estas medidas responden a una creciente preocupación por la seguridad vial que pone en el centro la protección y la seguridad.
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Las sanciones impuestas por sobrepasar los límites de velocidad establecidos se dividen en graves y muy graves, con un sistema de multas que varía según la gravedad de la infracción cometida. Aunque no todas las faltas implican pérdida de puntos en el carnet de conducir, las multas económicas van desde los 100 euros y la sustracción de, al menos, dos puntos. En situaciones de mayor gravedad, las penas económicas escalan hasta superar los 1000 euros y pueden derivar en la suspensión directa del permiso de conducir. Estos casos extremos entran en el terreno penal cuando la conducta al volante se considera delictiva por su potencial para causar daños irreparables.
Estas regulaciones y sanciones buscan mandar un mensaje disuasorio claro a la población sobre las severas consecuencias de incurrir en conductas temerarias al volante. El reto esencial que se plantea desde los órganos de seguridad vial es reducir la siniestralidad, a través de una combinación de educación, prevención y penalización, para lograr así una convivencia armónica y responsable en las vías de circulación.

Multas en 2024
Las autoridades de tráfico han establecido un régimen sancionador escalonado para combatir el exceso de velocidad en las carreteras, clasificando las multas en función de los kilómetros por hora que se sobrepase el límite permitido. Las infracciones leves, en las que se excede la velocidad máxima entre 1 y 20 km/h, conllevan una multa de 100 euros sin que ello implique la retirada de puntos del carnet de conducir.
Cuando la velocidad sobrepasada se encuentra entre 20 y 30 km/h por encima del límite, la sanción asciende a 300 euros y la deducción de 2 puntos. En el caso de que el exceso de velocidad esté entre 30 y 40 km/h, la multa es de 400 euros, acompañada de una merma de 4 puntos. Las infracciones que registran un exceso de entre 40 y 50 km/h son penalizadas con 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.
Por último, las transgresiones catalogadas como “muy graves” corresponden a aquellas en las que el conductor supera en más de 50 km/h la velocidad permitida. Estas infracciones comportan multas a partir de 600 euros y conllevan la sustracción de al menos 6 puntos del carnet de conducir.
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