
“Los empresarios deben confiar más en su propia creatividad y en la libertad de empresa que en lo que puedan darle los reguladores”, aseguró Daniel Roque Vítolo, Inspector General de Justicia, al participar en un panel de reguladores en el marco del “Regulatory Day 2025″, del cual formaron parte —además— representantes de la Comisión de Valores y el Banco Central.
El evento fue organizado por “Crecimiento”, una organización cuya misión es posicionar a la Argentina como un país líder global en la innovación cripto y blockchain, fomentando un ecosistema en el cual los constructores, fundadores y reguladores se reúnan para dar forma al futuro en este campo.
En su presentación, el Inspector General de Justicia sostuvo que es fundamental que la Inspección General de Justicia contribuya a generar un ámbito de libertad de empresa, y brindar, consecuentemente, a los operadores económicos y jurídicos, la mayor libertad posible para que puedan desarrollar sus habilidades y desplegar su creatividad, sin descuidar la seguridad jurídica.
Resolución IGJ Nº 5/2025
“Estoy convencido de que la creatividad es la fuerza que impulsa la innovación y el progreso. Sin ella, no hay avance ni evolución en la sociedad; y la creatividad florece cuando se eliminan las barreras. La libertad de pensar y experimentar es clave para el desarrollo humano. La creatividad no entiende de límites ni estructuras rígidas. Es en el caos de las ideas donde nacen las soluciones más brillantes. Cada persona es un creador en potencia; sólo necesita el espacio y la confianza para desarrollar su talento. Y esto es aplicable a los empresarios y emprendedores, sin excepción”, señaló Vítolo.
Lo hizo como introducción a la explicación de lo perseguido por la reciente Resolución General IGJ 5/2025, que admite la registración de lo que se ha dado en llamar “transformaciones atípicas” por la cual las sociedades típicas y regulares pueden transformarse libremente en sociedades de la Sección IV del Capítulo I de la ley 19.550.
En la concepción de Vítolo, el dictado de esta resolución cierra lo que él denomina “el círculo de la libertad”, pues la Resolución General IGJ 15/2024 constituyó el nuevo Marco Normativo para todo el régimen general de sociedades típicas y regulares y también para permitir que las sociedades libres, atípicas e irregulares de la Sección IV del Capítulo I, de la Ley General de Sociedades, puedan contar con una contabilidad regular y con libros y registros rubricados como lo exige el art. 320 del Código Civil y Comercial de la Nación, y regula también la subsanación de estas últimas sociedades.
Según el funcionario, la Resolución General IGJ 5/2025 levanta la barrera que impedía la libre circulación y la interconexión entre la tipicidad y la atipicidad y la regularidad y la irregularidad. Se libera, de esa forma, un camino de ida y vuelta entre ambos institutos para que los empresarios y emprendedores puedan libremente circular por el mismo e ir acomodando y variando sus estructuras según su conveniencia y los tiempos de sus proyectos y emprendimientos.
Además, destacó que medidas de este tipo permiten que quienes hoy se valen de estructuras societarias típicas y regulares, puedan migrar hacia otras más flexibles y con mayores posibilidades de poder implementar la creatividad que el proyecto empresario requiera, como es el caso de recurrir a la tokenización de participaciones societarias, el establecimiento de derechos diferenciales para los socios, la admisión de aportes de capital de naturaleza diversa y aún consistentes en obligaciones de hacer, o de activos virtuales y hasta intangibles.
“Es hora de que los empresarios confíen más en su propia creatividad y en la libertad de empresa que en lo que puedan darle los reguladores. Hay que romper la tradición de que las empresas en Argentina sólo pueden desarrollarse y crecer tomadas de las polleras o pantalones de los reguladores. Pero también los reguladores debemos tomar conciencia que hay que sacarles el pie de encima que les colocó el pasado”, concluyó Vítolo.
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