ARBA suspendió a grandes agentes de recaudación por deudas millonarias con el fisco bonaerense

La decisión afecta a quienes actuaron como recaudadores, ya que no depositaron fondos cobrados por impuestos y ahora no podrán seguir desempeñando esa tarea hasta que regularicen la deuda

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ARBA notificó a empresas y
ARBA notificó a empresas y personas suspendidas a través del Domicilio Fiscal Electrónico, dejando constancia en sus sistemas de la sanción aplicada por incumplimientos

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) implementó la suspensión temporal de aquellos agentes de recaudación que acumulan más de $100 millones declarados y no ingresados al fisco provincial. La disposición se formalizó a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial bonaerense y suspendió de manera directa la actividad de empresas y personas físicas con deudas fiscales verificadas en sus funciones como agentes de recaudación.

Según la comunicación oficial, la decisión apunta a fortalecer los mecanismos de percepción de impuestos provinciales y proteger los recursos públicos del distrito. El director ejecutivo de ARBA, Cristian Girard, sostuvo: “Los agentes de recaudación incurren en defraudación fiscal cuando mantienen en su poder impuestos percibidos o retenidos más allá del tiempo permitido. Frente a esas conductas, avanzaremos con suspensiones temporales para garantizar la correcta percepción de los pagos a cuenta y proteger los recursos públicos”. Las declaraciones fueron difundidas a través de la resolución homologada recientemente y replicadas por medios locales.

Girard puntualizó que el mecanismo es rígido en sus alcances y que restringe la capacidad de los agentes para operar en los períodos y regímenes en los que se detectó la irregularidad. ARBA estableció que los sistemas operativos bloquearán automáticamente cualquier intento de declaración o pago vinculado a las obligaciones postergadas durante la suspensión.

De acuerdo con el Código Fiscal provincial, la retención de fondos declarados y no ingresados reviste carácter de defraudación, lo que habilita la aplicación de multas y sanciones. La agencia resaltó que el agente suspendido pierde temporalmente su facultad para recaudar, mientras se mantiene pendiente la deuda verificada.

La resolución presentada en el Boletín Oficial prevé la reactivación plena de las actividades del contribuyente apenas regularice su situación y transfiera la totalidad de los importes adeudados, lo que supondría el restablecimiento inmediato de su rol como agente. El organismo informó: “La suspensión se levantará una vez que el contribuyente regularice su situación y abone los importes declarados y no ingresados oportunamente. A partir de ese momento podrá volver a operar con normalidad y cumplir el rol que la normativa le asigna”.

Qué sucede si la deuda no se regulariza

El texto normativo incluyó además elementos agravantes para casos donde la irregularidad se prolonga o la deuda no se regulariza. Así, ARBA anticipó que evalúa sanciones complementarias y la profundización de las medidas si identifica reincidencia o falta de voluntad de pago en los sujetos alcanzados.

Las condiciones para ser suspendido como agente de recaudación involucran varias situaciones definidas en la resolución: alcanza a contribuyentes que adeudan tributos de al menos tres períodos mensuales, o seis quincenales continuos o alternos, siempre que la suma declarada supere los 100 millones de pesos. El procedimiento también se aplica si la mora supera los 60 días en el caso de un solo período declarativo adeudado.

Durante la suspensión, los contribuyentes
Durante la suspensión, los contribuyentes afectados no pueden usar los importes retenidos por los agentes sancionados para cancelar sus propias obligaciones fiscales

Sobre el contexto global de la medida, Girard recordó los lineamientos impulsados en la administración provincial desde la llegada de Axel Kicillof al Ejecutivo bonaerense. Indicó que “esta medida se enmarca en el proceso integral impulsado desde la asunción de Kicillof para reorganizar el sistema de Agentes de Recaudación”.

“Nuestro objetivo fue reducir la cantidad de agentes para aliviar la carga administrativa sobre las PyMEs y, al mismo tiempo, bajar la intensidad de los adelantos a cuenta en Ingresos Brutos. Ese ordenamiento fue acompañado por una política activa de devolución de créditos acumulados que permitió reintegrar al entramado productivo más de un billón de pesos en saldos a favor, recursos que volvieron directamente a la inversión, al empleo y a la actividad económica”.

En el procedimiento administrativo, la suspensión se instrumenta bajo un acto formal y notificado en el Domicilio Fiscal Electrónico de cada agente sancionado. La medida aparece también registrada en las bases de datos oficiales de ARBA y se extiende a todos los regímenes de recaudación de Ingresos Brutos en los que figure inscripto el agente en cuestión. La sanción aplica desde la fecha establecida en la notificación administrativa, sin prórrogas ni excepciones.

Durante la vigencia de la suspensión, los importes retenidos o percibidos por el agente no podrán ser computados como pago a cuenta por los contribuyentes afectados, lo que incide en las liquidaciones fiscales de terceros que hayan sido impactados por la operación suspendida. En adición, la normativa establece que los titulares con suspensión vigente carecen de la posibilidad de inscribirse como agentes de recaudación en otros regímenes diferentes a los ya alcanzados.

La implementación de estas medidas busca dar respuesta a casos de evasión o incumplimiento reiterado y establece nuevos límites para la operación de grandes recaudadores en el ámbito tributario provincial. El dispositivo promovido por ARBA apunta a resguardar los ingresos genuinos del fisco bonaerense y dotar de mayor transparencia y operatividad a los sistemas de retención y percepción fiscal.