Día del Empleado de Comercio: cuándo se celebra y para quiénes es feriado

Hoy es el día de los trabajadores mercantiles, pero la fecha se trasladó al lunes 29 por este año. Cómo deben cobrar quienes trabajen ese día

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Sucursales de grandes cadenas nacionales
Sucursales de grandes cadenas nacionales permanecen cerradas durante la jornada anual de descanso para el personal mercantil (EFE/ R. García)

En la Argentina, el sector mercantil reúne a uno de los grupos laborales más numerosos del país. Cada año, los integrantes de este sector reconocen una fecha específica en la que sus derechos laborales cobran protagonismo, cuando celebran el Día del Empleado de Comercio.

Los datos de Google Trends muestran un pico pronunciado en las búsquedas sobre el “Día del Empleado de Comercio” en los últimos días de septiembre, con un crecimiento repentino que refleja el interés de miles de personas por confirmar cuándo se celebra y si implica un feriado.

Las consultas más frecuentes giran en torno a la fecha exacta, si se traslada o no, y cómo impacta en provincias como Mendoza, Córdoba o San Juan, donde el interés alcanzó los niveles más altos. Esta tendencia evidencia la importancia del día para un sector que reúne a más de un millón de trabajadores en todo el país, vinculados al comercio y los servicios.

El interés en búsquedas de
El interés en búsquedas de Google para el término "Día del Empleado de Comercio" por región, según Google Trends.

El relevamiento de búsquedas muestra que muchos usuarios intentan resolver dudas prácticas: qué pasa con la apertura de los comercios, cómo se paga a quienes trabajan ese día y si rige en cada provincia. En definitiva, la visibilidad que adquiere en Google refleja tanto la magnitud del sector como el impacto social de un día que reconoce formalmente su labor.

Las consultas relacionadas a las
Las consultas relacionadas a las búsquedas de "día del empleado de Comercio" en Google, según Google Trends.

Este evento, que se celebra habitualmente el 26 de septiembre, sufrirá una modificación en 2025, ya que la jornada se trasladará al lunes 29. La medida responde a un acuerdo alcanzado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) junto a las principales cámaras empresariales del rubro, tal como detalla la circular sectorial difundida.

El cambio de fecha permitirá a los trabajadores mercantiles tomar un descanso prolongado, lo que se traduce en la extensión de un fin de semana largo para quienes cumplen funciones en supermercados, tiendas, cadenas de electrodomésticos y centros comerciales. La resolución de trasladar la conmemoración aparece vinculada a la autonomía colectiva que poseen los sindicatos y entidades negociadoras en el marco de la legislación actual.

El documento emitido por Faecys expresa que, “atento a lo ratificado por la ley 26.541, que ha instituido el 26 de septiembre como el día del Empleado de Comercio, la federación y las cámaras empresarias han acordado trasladar la conmemoración al lunes 29 de septiembre del corriente año, para que ese día los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la ley mencionada”.

La jornada no constituye un feriado nacional general, pero cobra ese alcance para las y los trabajadores bajo el convenio mercantil. La Ley 26.541, sancionada el 10 de diciembre de 2009, formalizó esta situación y estableció que “los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”. Así lo remarca la información que circula oficialmente.

El asueto representa un reconocimiento
El asueto representa un reconocimiento efectivo a los derechos de los trabajadores comprendidos en el convenio colectivo del sector

Esto significa que ninguna empresa del sector puede exigirle a su personal la realización de tareas habituales sin retribución extra durante esa fecha. La mayoría de los comercios relacionados permanecerán cerrados, y quienes deban presentarse a trabajar accederán a un pago doble conforme a la Ley de Contrato de Trabajo.

El pedido de reconocimiento tuvo sus orígenes a mediados del siglo XX, momento en el que el sector comenzó a consolidar derechos bajo el impulso de organizaciones sindicales y el acompañamiento de políticas específicas del Estado. El 26 de septiembre de 1934, el presidente Agustín Pedro Justo promulgó la ley 11.729. Este instrumento normativo fijó, entre otras cuestiones, el régimen de licencias por accidente y enfermedad, la obligación de indemnizar despidos y la regulación del vínculo laboral para los trabajadores mercantiles. La gestión histórica de la federación sindical fue determinante: gracias a sus negociaciones, el colectivo ganó garantías antes inexistentes.

El contenido de la normativa resultó clave en la vida cotidiana de miles de agentes del sector, quienes comenzaron a percibir derechos y amparo legal frente a circunstancias de enfermedad, accidentes o finalización inesperada del vínculo laboral. Durante varias décadas, el Día del Empleado de Comercio existió como un evento simbólico, sin alcances legales sobre el calendario laboral. Esa perspectiva cambió en 2009 a partir de las demandas sindicales y la sanción de la ley 26.541. Desde ese año, la fecha cobró fuerza de día no laborable para todo el personal comprendido dentro del rubro.

Comercios cerrados

El sector mercantil forma parte de la economía argentina en múltiples niveles. Participan personas empleadas en pequeños negocios barriales, cadenas nacionales y supermercados internacionales. La Faecys cuantifica a decenas de miles de trabajadores distribuidos a lo largo del territorio. Estas cifras convierten a la actividad en una de las más representativas del mapa gremial. Por esto, el alcance de la conmemoración adquiere fuerte impacto cada septiembre, ya que muchas de las grandes superficies y centros de compras cierran sus puertas durante la jornada.

La medida afecta no solo el funcionamiento de los negocios, sino también los patrones de consumo y circulación habitual de la sociedad. Desde la perspectiva de los trabajadores, la colaboración entre la federación sindical y las empresarias permite gozar de un descanso, cuya legislación ya bloquea la imposición de tareas ordinarias sin reconocimiento económico adicional. Para quienes deben trabajar por operaciones imprescindibles, la ley obliga al empleador a duplicar la remuneración habitual del turno, equiparándola a la tarifa de domingos y feriados. El beneficio está plenamente vigente en la normativa, lo que brinda certidumbre sobre derechos concretos en esa fecha.

Cavalieri pidió “un marco de confianza y diálogo”

Con motivo el Día del Empleado de Comercio, el titular de Faecys, Armando Cavalieri, expresó: “Hace más de 90 años, los empleados de comercio logramos un avance fundamental en sus derechos laborales, con la implementación de la indemnización por despido y las vacaciones pagas. Hoy seguimos honrando esa conquista y reafirmando nuestro compromiso con la defensa de los trabajadores”.

Cavalieri destacó también la necesidad de reconstruir la confianza colectiva como condición para avanzar en reformas y acuerdos: “Tal como sucede en la política, sin recrear la confianza que moviliza a la sociedad, resulta imposible gestionar cambios sostenibles. Los dirigentes y los actores sociales sólo pueden avanzar si hay un marco de confianza y diálogo que permita soluciones concretas”.

En un contexto mundial desafiante, marcado por la pospandemia, las guerras y las transiciones tecnológicas y climáticas, el líder del sindicato subrayó la importancia de la concertación social: “Los argentinos y argentinas, verdaderos protagonistas de esta encrucijada, enfrentamos diariamente dificultades económicas y políticas. Por eso, en nuestro día, renovamos nuestra apuesta por una Argentina moderna pero inclusiva, productiva pero solidaria, con empresas sostenibles, trabajo decente y protección social. En definitiva, por una Patria que nos contenga a todos y todas.”

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