
Según el Vademécum Tributario que cada año actualiza el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), a mediados de 2024 regían en la Argentina 155 tributos sobre personas humanas y jurídicas, suma de 46 impuestos nacionales, 25 impuestos provinciales y 84 “tasas y contribuciones” municipales.
Esa cifra probablemente ya haya engordado en número y en peso sobre las espaldas de los contribuyentes, debido al impulso de muchas intendencias del país, en particular de provincias como Buenos Aires y La Pampa, por imponer nuevas tasas y contribuciones, o aumentar las alícuotas de las ya existentes.
Un reciente intento fue el de Ushuaia, la capital de Tierra del Fuego, de crear una “Ecotasa” de hasta $11.270 sobre los turistas, para financiar una nueva agencia municipal, iniciativa rechazada por el sector privado no solo porque encarecería el destino, restándole competitividad, sino también porque la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya tachó de inconstitucional una iniciativa similar de Bariloche. Semejante tributo, señaló el máximo tribunal del país, viola el artículo 17 de la Constitución Nacional, pues no individualiza cuál es el servicio o prestación estatal que justifica la “tasa”, que por definición debe tener una contrapartida definida.
En su momento, el Vademecum del Iaraf había sido cuestionado por algunos funcionarios del gobierno de Alberto Fernández, como el exministro de Economía, Martín Guzmán, que alegaban que el recuento era artificial, porque ninguna empresa o persona debe afrontar todos esos tributos. Sin embargo, un estudio de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) relevó 5 actividades en 30 localidades argentinas y detectó que hay compañías que deben soportar 41 gravámenes, cifra de por sí significativa y que implica no solo una fuerte presión fiscal sino también un pesado fárrago burocrático.

Ahora, el Iaraf analizó cuántos tributos deben soportar las “personas humanas” (esto es, seres de carne y hueso), según cuáles sean sus ingresos, bienes y consumos. El resultado es abrumador. En ciertas circunstancias, se pueden llegar a pagar, de modo directo e indirecto, hasta 48 e incluso 51 tributos diferentes al año.
Cómo se hizo el estudio
El estudio del Iaraf consideró tres perfiles diferentes, tratando de englobar los distintos comportamientos de los argentinos. El criterio utilizado es el de la existencia del hecho imponible, entendiéndose por hecho a todo aquello que da lugar a la existencia de un tributo para un determinado nivel de gobierno. A modo de ejemplo, para facilitar la comprensión: la compra de alimentos y bebidas (sin alcohol) da lugar a el cobro por parte de los distintos niveles estatales, de por lo menos 4 tributos, como son el IVA e impuesto al cheque a nivel nacional, IIBB a nivel provincial y TISH a nivel municipal.
En los tres casos, la persona tiene como ingreso un salario en relación de dependencia, que luego usa para consumir. Para el cálculo de los tributos que afectan al consumo, se consideran todos aquellos que, más allá de que le corresponda el pago al vendedor, por su traslado al precio termina recayendo sobre el consumidor. El ejemplo más común es el del IVA.

La persona del Perfil 1, con la remuneración por su trabajo, consume alimentos y bebidas, adquiere servicios públicos, contrata internet y entretenimiento en plataformas de streaming. A la del Perfil 2 se le agrega que tiene una propiedad (una casa) y un auto, por los cuales, por ejemplo, paga seguros. También se considera que asiste a un recital y a una sala de cine. Y que compra dólares para atesoramiento. Y en el caso del Perfil 3 se añade un vuelo de cabotaje con fines laborales (se supone un vuelo ida y vuelta Córdoba-CABA), un viaje al extranjero de vacaciones y el cambio anual de auto por un “0 km”. Se supone que, para este perfil, la suma de los valores de la casa y auto superan el mínimo no imponible, por lo que debe pagar el impuesto a los bienes personales.
Del análisis se concluye que la persona identificada con el Perfil 1 puede llegar a pagar al menos 22 tributos distintos en el año. Mientras, las personas tipo Perfil 2 pueden llegar a pagar al menos 37 tributos diferentes. Por último, las personas del Perfil 3 pueden llegar a pagar al menos 48 tributos distintos.
Más que humo
En el caso de las personas que consumen tabaco o sus derivados, la suma anterior se acrecienta en tres tributos. En efecto, una persona fumadora del Perfil 1 puede pagar al menos 25 tributos diferentes en el año, una del Perfil 2 al menos 40 tributos, y una del Perfil 3 al menos 51 tributos diferentes.

El salto de la cantidad de tributos municipales entre el perfil 1 y el perfil 2 obedece a la tenencia de una casa y un auto, ya que estas posesiones aportan 6 de los 8 tributos que se agregan.
Por su parte, el gran salto de tributos del perfil 3 está explicado por el nivel nacional, siendo importante la compra del pasaje de avión (nacional e internacional) y el cambio del vehículo por un 0 km. Estos ítems aportan 9 tributos adicionales de los 11 que diferencian el perfil 2 respecto al perfil 3 a nivel nacional.
En síntesis, los resultados del estudio permiten afirmar que una persona cuyo consumo se identifique con el supuesto para el perfil 3 puede llegar a pagar al menos 48 tributos distintos en el año. Un 56% son de origen nacional, 15% son de origen provincial y el 29% son de origen municipal. En el caso de una persona fumadora, el número de tributos asciende a 51 tributos diferentes.

El único impuesto que afecta a todos los consumos definidos es el Impuesto al Valor Agregado. El segundo lugar es ocupado por el impuesto a los ingresos brutos y por la tasa por inspección, seguridad e higiene (TISH), con un 90%, 93,75% y 95% de incidencia por perfil, respectivamente. Esta situación refleja que esos tres tributos son los que aportan la mayor porción de la recaudación tributaria obtenida del consumo.
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