Incertidumbre por la recategorización del Monotributo: los cambios del Paquete Fiscal llegan sobre la hora

La nueva Ley establece para los monotributistas un máximo de facturación de 68 millones de pesos anuales. Pero esa suba no está reglamentada a poco de que el 20 de julio venza el plazo para estar en regla

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Se espera una prórroga en
Se espera una prórroga en el plazo para recategorizarse en el Monotributo. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Junto con la aprobación de la Ley de Bases, la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” -también conocido como paquete fiscal– que, en sus más de 60 artículos divididos en seis títulos, contempla cambios importantes en el impuesto a las Ganancias, el impuesto a los Bienes Personales y el Monotributo.

Para este último gravamen, la nueva Ley establece un máximo de facturación de 68 millones de pesos anuales en comparación con el vigente de 16 millones de pesos. También contempla aumentos en el valor del impuesto.

No obstante, la demora en la promulgación del paquete fiscal y su respectiva reglamentación suma por estas horas incertidumbre en los monotributistas, a quienes se les acorta el plazo para estar en regla con la recategorización que debe realizarse en julio.

La norma fija dos recategorizaciones por año: enero y julio de cada período, pero en este 2024 se encuentra condicionado por los cambios aprobados en el Congreso Nacional. El plazo establecido para este mes vence el 20 de julio, pero al haber cambiado las escalas y aún no estar en vigencia, los contribuyentes no pueden realizar el trámite con certeza.

“Desde el Gobierno adelantaron que la promulgación de las leyes se concretaría la semana próxima y luego se conocería la reglamentación. De allí que el plazo para la ejecución del trámite se restringiría a la mitad del tiempo habitual. Desde la AFIP reconocen el problema y la intención sería junto a los anuncios de vigencia y reglamentación comunicar el nuevo plazo para confirmar la inscripción”, señaló NA.

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, consideró que “la AFIP debería prorrogar la recategorización a fin de mes” para poder cumplir con los plazos. “Por lo que indican, ya está casi lista la reglamentación entonces una vez publicada la ley, deberían en pocos días reglamentar y quedaría medio mes para recategorizar”, explicó a Infobae.

“Creo que va a salir la semana que viene toda la reglamentación, esa es la información que tenemos”, afirmó a su vez César Litvin, contador tributarista y CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados.

Las nuevas escalas son:

  • Categoría A: pasa de $ 2.108.288,01 a $6.450.000: alza de 206%
  • Categoría B: pasa de $ 3.133.941,63 a $9.450.000: 202%
  • Categoría C: pasa de $ 4.387.518,23 a $13.250.000: 202%
  • Categoría D: pasa de $ 5.449.094,55 a $16.450.000. 202%
  • Categoría E: pasa de $ 6.416.528,72 a $19.350.000: 202%
  • Categoría F: pasa de $ 8.020.660,90 a $24.250.000: 202%
  • Categoría G: pasa de$ 9.624.793,05 a $29.000.000: 201%
  • Categoría H: pasa de$ 11.916.410,45 a $44.000.000: 269%
  • Categoría I: pasa de $ 13.337.213,22 a $49.250.000: 269%
  • Categoría J: pasa de $ 15.285.088,04 a $56.400.000: 269%
  • Categoría K: pasa de $16.957.968,71 a $68.000.000: 301%.

En tanto, la cuota mensual total a pagar (impuesto, aporte a la jubilación y salud) tendría los siguientes valores para locaciones y servicios:

  • Categoría A: de $ 12.128,39 a $26.600: un aumento de 119,3%
  • Categoría B: de $ 13.561,75 a $30.280: 123,3 %
  • Categoría C: de $ 15.503,51 a $35.458: 128,7
  • Categoría D: de $ 19.497,94 a $45.443,80: 133,1%
  • Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18: 138,8%
  • Categoría F: de $ 33.137,61 a $80.983: 144,4%
  • Categoría G: de $ 38.694,95 a $123.696,20: 219,7%
  • Categoría H: de $ 66.111,51 a $280.734,68: 324,6%

Para las restantes tres categorías añadidas a locación y servicios, las cuotas serían de $517.608,55, $626.931,97 y $867.084,75 mensuales.

El Régimen simplificado de pequeños contribuyentes conocido como Monotributo fue creado en 1998 mediante la Ley 24.977 con un objetivo claro: formalizar a un segmento de la sociedad con menores ingresos pero que merecían otorgarle por parte del gobierno ciertos derechos como Jubilación y Obra Social.

“El punto clave de este régimen sencillo era armar una escala de acuerdo con ciertos parámetros como ingresos brutos, energía eléctrica, superficie afectada a la actividad y precio de venta. En un país como la Argentina que tiene la inflación más elevada a nivel mundial el régimen se convirtió en una trampa donde los contribuyentes por falta de ajustes de los topes por inflación se fueron pasando a un régimen más oneroso cómo el de Responsable Inscripto de Autónomos donde los emprendedores y profesionales no pueden soportar la carga tributaria llevándolos al cese de su actividad en muchos casos o directamente a la informalidad”, indicó Damián Di Pace, director de la consultora Focus Market.

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