Ganancias y Bienes Personales: los contadores solicitaron a la AFIP prorrogar por 30 días los vencimientos impositivos

Los profesionales de Ciencias Económicas pidieron la postergación en virtud del atraso con el que el organismo ofreció los aplicativos para practicar la liquidación de ambos impuestos

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(Foto: AFIP)
(Foto: AFIP)

Profesionales de ciencias económicas solicitaron a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la prórroga por 30 días de los vencimientos del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, fijada a partir del 23 de julio próximo. A través de una nota enviada a la titular del organismo recaudador, Mercedes Marcó del Pont, el Círculo de Profesionales en Ciencia Económicas Lista Azul (CPCE) solicitó formalmente la prórroga “teniendo en cuenta el atraso en que han aparecido los aplicativos para la liquidación de los impuestos” mencionados.

En la misiva, se remarcó “la necesidad de contar con plazos más extensos debido a que las dos plataformas no están ensambladas, debiendo proceder a la carga de la información en forma duplicada”.

A principios de junio, la AFIP había emitido la resolución 5006 en la que estableció nuevas fechas de vencimiento de Ganancias y Bienes Personales y postergó por 40 días el plazo para presentar las declaraciones juradas correspondientes al período 2020. Las nuevas fechas son el 23, el 26 y el 27 de julio, según terminación del número de CUIT; mientras que las fechas originales eran el 11, el 14 y el 15 de junio.

”Consideramos que es imprescindible se prorrogue el vencimiento fijado por RG 5006 estableciéndose como nueva fecha a mediados de agosto”, indicó la nota firmada por Sonia Becherman y Susana Giménez, presidenta y secretaria del CPCE, respectivamente.

Para fundamentar su pedido, la entidad señaló que durante junio los profesionales se vieron abocados a una mayor carga, debido a las tareas de adecuación de las categorías de Monotributo retroactiva a enero de este año y a la implementación del plan de pagos.

Esa recategorización para los monotributistas, fue reemplazada por una ley que está en trámite de aprobación. Según explicaron los contadores, la norma “en los próximos días será derogada, por un nuevo proyecto de Ley para modificar el régimen que hace aún más incierto el futuro, pero queda en evidencia que deberá volverse a estudiar la normativa a presentarse en el Congreso Nacional”.

Finalmente, el CPCE recordó que está “restringida la circulación para el ejercicio de nuestra actividad y esto acarrea dificultades en nuestro traslado a nuestras oficinas con los inconvenientes de falta de interacción con el personal de nuestros estudios y la imposibilidad de generar reuniones con nuestros clientes y contribuyentes para la toma de decisiones”.

La resolución 5006 de la AFIP fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 8 de junio y había aplicado una prórroga cercana a los 40 días en relación con las fechas originales. Según el calendario que dispuso, los contribuyentes que tengan el CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3, podrán hacer la presentación hasta el 23 de julio y el pago hasta el 26 de ese mes, en ambos casos en esas fechas inclusive.

En tanto, aquellos que finalicen en 4, 5 y 6 tendrán tiempo para hacer esos trámites hasta el 26 y el 27, respectivamente, y los que concluyan en 7, 8 y 9, entre el 27 y el 28 de julio.

La medida ya había sido anticipada por el organismo mediante un comunicado en el que explicó que esta decisión alcanza también al pago del Impuesto Cedular, y “facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.

Según expresó entonces la AFIP, “la prórroga garantiza un plazo razonable para que los contribuyentes y sus asesores contables puedan elaborar las declaraciones juradas con los nuevos aplicativos”, consideró el fisco.

Justamente las demoras en la implementación de esos aplicativos, a juicio del CPCE, es lo que motivó la solicitud de un nuevo retraso para la presentación de las declaraciones juradas.

Con información de NA

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