
El Juzgado 16 Administrativo Oral de Medellín admitió una demanda colectiva promovida por conductores y propietarios de taxis matriculados en Medellín, quienes señalan a la Secretaría de Movilidad del Distrito de Medellín, la Nación-Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte de incurrir en inoperancia, omisión y negligencia en el cumplimiento de normas de control y sanción frente al transporte informal.
El auto delimita el grupo demandante a quienes consideren que las entidades les han causado perjuicios por no aplicar las normas de control y sanción sobre vehículos particulares (carros y motos) no homologados que prestan servicios de transporte individual a través de plataformas.
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En el texto oficial, conocido por Infobae Colombia, se consigna que estos transportadores se consideran afectados por la falta de cancelación de matrículas a vehículos particulares no autorizados, la ausencia de imposición de multas y la falta de inmovilización de autos que ofrecen servicios de pasajeros por plataformas tecnológicas.
El documento describe que “se tendrá a los conductores o propietarios de vehículos tipo taxi matriculados en el Distrito Especial de Medellín, que estimen que las entidades accionadas les han causado perjuicios por inoperancia, omisión o negligencia en el cumplimiento y aplicación de las normas de transporte en materia de control y sancionatorias, respecto a los vehículos particulares no homologados para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros, a través de plataformas y aplicaciones foráneas”.

El abogado Patricio Gaviria, vocero del movimiento judicial a nivel nacional, precisó que “a nivel nacional, hemos venido recorriendo todo el país, organizando el gremio del taxi para adelantar las demandas contra el Estado, al Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte, a las alcaldías, a los municipios y su Secretaría de Movilidad por no aplicar las normas sancionatorias del transporte, específicamente la ley ciento cinco de 1993 y la ley tres treinta y seis de 1996”.
El jurista destacó que el artículo 9 de la Ley 105 de 1993 establece sanciones que van desde la cancelación de matrículas hasta la imposición de multas para quienes prestan servicios sin habilitación.
También añadió a su intervención que la Ley 336 de 1996 enfatiza que sus artículos 46 y 49 permiten sanciones de hasta setecientos salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como la cancelación definitiva de matrículas a los vehículos no homologados para servicio de pasajeros.
“Estamos demandando porque las autoridades no aplican esa multa, ni cancelan las matrículas y tampoco inmovilizan los vehículos hasta por noventa días”.
El vocero explicó que la demanda involucra indemnizaciones para los afectados en su patrimonio, inversión y empleo, una cuenta que se hizo por persona y en grupo para entender la afectación, que no es actual sino que lleva ya varios años con la llegada de Uber, Didi, Indriver y otras plataformas extranjeras que cobran tarifas inferiores que no se pueden igualar por los taxistas que trabajan con precios acordados desde las instituciones públicas.
“Estamos solicitando que a los conductores y a los propietarios de los vehículos que han venido perdiendo su patrimonio, su inversión y su trabajo, se les indemnice por parte del Ministerio de Transporte, por parte de la Superintendencia de Transporte y por cada uno de los municipios, una suma considerable, que en estos momentos está al orden de unos cincuenta, sesenta millones de pesos aproximadamente. Pero que cada día que pasa o cada mes o año que pasa, se va incrementando el monto de la indemnización para cada uno de los conductores y propietarios”.
Según Gaviria, este proceso se suma a otras acciones legales en ciudades como Bogotá, Ibagué, Florencia, Montería, Bello, Itagüí y Envigado, y se prepara la radicación de demandas en nuevas jurisdicciones del país.
El abogado atribuye la crisis del sector a la falta de aplicación de los controles por parte de las autoridades, afirmando: “Los alcaldes, los ministros, las autoridades de transportes, secretarios de movilidad, han sido ciegos, sordos, mudos con el gremio del taxi”.
Sostiene que el servicio legal de taxis enfrenta una reducción drástica de usuarios frente al crecimiento del transporte alternativo: “Hoy en día, de un cien por ciento, el noventa y dos punto cinco está usando el transporte particular de pasajeros en motos y carros intermediados por plataformas, y el taxi solamente el siete por ciento”.
El abogado señaló la ausencia de pólizas de seguro y coberturas en el transporte informal: “El transporte particular, motocicletas y carros, no tienen amparos para prestar ese servicio con pólizas de seguridad en las vías”.
Según Gaviria, “la plata se la están llevando las plataformas transnacionales para el exterior y nos están dejando la huerta de los heridos”. El apoderado de los taxistas relacionó esta afirmación con el aumento anual de fallecidos y lesionados en las vías del país, en muchos casos vinculados a vehículos que no cuentan con pólizas de seguridad, a diferencia del transporte individual de pasajeros.
Desde el gremio indicaron que han recurrido a protestas y acciones administrativas antes de llegar a la vía judicial. “Hemos hecho movilizaciones, paros, protestas, derechos de petición, pliego de peticiones y las autoridades se hacen las desentendidas sobre la materia, y por eso lo estamos denunciando disciplinaria, penalmente, y estamos demandándolos ante los jueces contenciosos para que reparen los daños y perjuicios que le han causado al gremio del taxi, porque están perdiendo la inversión en el empleo de los taxistas, los conductores y los propietarios y las empresas están desapareciendo”.

La demanda en Medellín será tramitada por la vía de reparación de grupo, con el objeto de determinar la responsabilidad de las autoridades y el Ministerio de Transporte en los presuntos daños causados al gremio de taxistas afectados por la falta de control frente al transporte de pasajeros en vehículos no homologados que operan por plataformas digitales.
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