
El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) tomó una decisión trascendental para la protección de la sanidad animal y la economía rural del país: a partir del 4 de diciembre de 2025, queda prohibido el ingreso de productos y subproductos derivados del cerdo provenientes de España. La medida, formalizada mediante la Resolución No. 00031675, responde a la confirmación de focos de peste porcina africana (PPA) en jabalíes silvestres en Barcelona, y busca blindar a Colombia ante una de las amenazas sanitarias más graves para la industria porcina mundial.
La PPA es una enfermedad viral altamente contagiosa y letal para los cerdos domésticos y silvestres, aunque no afecta a los humanos. El ingreso al país representaría una catástrofe económica y social de enormes proporciones.
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Según cifras de la entidad, la industria porcina colombiana genera más de 400.000 empleos directos e indirectos, y la afectación pondría en riesgo la subsistencia de miles de familias en todo el territorio nacional. Se estima que un brote de PPA podría ocasionar pérdidas de hasta $10.000 millones.

El ICA hizo un llamado urgente a los viajeros que se dirigen a Colombia desde España, o que estuvieron en contacto con explotaciones porcícolas en ese país, para extremar las medidas de bioseguridad.
Dos directrices fundamentales
La entidad estableció dos directrices fundamentales:
- Prohibición absoluta de ingreso de productos porcinos o cualquier producto derivado del cerdo (incluyendo chorizos, jamones curados, mortadelas, salchichones y cualquier tipo de embutido o carne de cerdo fresca/procesada) provenientes de España. “Estos productos representan un alto riesgo de transmisión del virus, ya que el agente de la PPA no se destruye con facilidad en ciertos procesos de transformación, y serán retenidos y decomisados por el ICA en el punto de ingreso”, advierte la autoridad sanitaria.
- Obligación de notificación sanitaria: “Si usted visitó granjas en España o tuvo cualquier tipo de contacto con cerdos antes de viajar, debe notificar inmediatamente esta situación al personal del ICA en el punto de atención del aeropuerto a su llegada”. La colaboración es esencial para aplicar protocolos de desinfección y vigilancia que garanticen la bioseguridad.
Aunque la alerta se centra en España, el ICA también mantiene vigilancia sobre viajeros y productos provenientes de otros países europeos afectados por la PPA, como Italia, Polonia y Alemania.
Fundamentos legales y alcance de la resolución
La Resolución No. 00031675, firmada por la gerente general del ICA, Paula Andrea Cepeda, establece en el Artículo 1 “suspender temporalmente la emisión de documentos zoosanitarios de importación (DZI) para productos y subproductos de origen porcino procedentes del Reino de España que no cumplan con lo establecido en el Título 15, Capítulo 15.1, artículo 15.1.2 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Omsa”.
Además, el parágrafo 1 de este artículo es enfático: “Durante el término de vigencia de la presente resolución, el ICA no permitirá el ingreso al país de productos y subproductos de origen porcino procedentes del Reino de España que no cumplan con lo establecido en este artículo. En el evento de que arriben al país, se procederá al reembarque o destrucción de la mercancía según corresponda”.
De igual manera, el parágrafo 2 amplía la restricción y dice que durante el término de vigencia de la resolución, no se permitirá el ingreso de porcinos que hagan tránsito por medio del Reino de España, independientemente de su país de origen.

Asimismo, el artículo 2 ordena rechazar el ingreso al país de aquellos productos y subproductos de origen porcino procedentes del Reino de España, amparados con documentos zoosanitarios de importación (DZI) emitidos por el ICA, que no cumplan con lo establecido en el Título 15, Capítulo 15.1, artículo 15.1.2 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Omsa, así como de aquellos productos y subproductos cuyo periodo de maduración al 28 de noviembre de 2025, sea inferior a 140 días.
Mientras que el artículo 3 prohíbe el ingreso de estos productos en el equipaje acompañado de viajeros, “independientemente de la cantidad”, y el artículo 4 extiende la prohibición a las encomiendas postales.
Vigencia y levantamiento de la medida
La resolución establece que las medidas establecidas se mantendrán hasta que el evento sea reportado como “cerrado” en el Sistema Mundial de Información Sanitaria (Wahis) de la Omsa y se cumplan las disposiciones de carácter supranacional que establezca la Comunidad Andina.
Un llamado a la corresponsabilidad
El ICA reiteró su compromiso con el mantenimiento del estatus sanitario del país y solicita la máxima colaboración de los viajeros y de toda la ciudadanía para salvaguardar la sanidad pecuaria de Colombia. “La colaboración es esencial para aplicar protocolos de desinfección y vigilancia que garanticen la bioseguridad”, concluyó la entidad. Con estas acciones, Colombia se blindó ante una amenaza que ya causó estragos en Europa, Asia y África, y reafirmó el liderazgo en la protección de la producción agropecuaria nacional.
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