
La controversia por presuntas irregularidades en el uso de playas en Cartagena escaló tras la difusión de videos en los que se observa a guardias de seguridad privada y a la Policía Nacional restringiendo el acceso a un tramo costero frente a un hotel.
Este material audiovisual, que forma parte de una denuncia presentada ante la Procuraduría General de la Nación, muestra cómo se habría impedido el ingreso a ciudadanos en un espacio que, según la legislación colombiana, es de uso público.
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El denunciante Óscar Benavides relató a las autoridades que la intervención de los uniformados y el personal de seguridad ocurrió mientras él y su familia disfrutaban de un día de descanso en la playa.
“Estaba con niños, acompañado de una familia, teníamos un balón y refrescos, en un día normal de descanso. Llegó el cuerpo de seguridad y la policía armada, incluso, pidiendo apoyo para sacar de la playa a dos niños, a una familia y a quienes estábamos allí”, afirmó Benavides en su declaración, que forma parte del expediente radicado ante la Procuraduría.
El hecho habría ocurrido en un exclusivo hotel propiedad de la familia Araujo, donde, según el material audiovisual entregado por Benavides, se pidió a quienes se encontraban en ese tramo de playa desalojar el lugar bajo el argumento de que solo los huéspedes podían hacer uso del espacio.
Según los audios conocidos por Infobae Colombia, los uniformados habrían justificado su actuación con una supuesta directriz oficial: los policías dijeron que “la restricción obedecía a una supuesta directriz de la Alcaldía de Cartagena en coordinación con la gerencia del hotel”.
La querella radicada pide responsabilidad de todos los involucrados: tanto los integrantes de la fuerza pública como los funcionarios de la administración distrital señalados, así como al propio establecimiento privado.
En palabras de Oscar Benavides: “Se solicita a los organismos de control adelantar una investigación integral para establecer la responsabilidad disciplinaria, penal y administrativa de todos los involucrados, ordenar la restitución plena del acceso público a la playa y garantizar que la fuerza pública no vuelva a ser utilizada para proteger intereses privados en perjuicio de la ciudadanía”.

La normativa colombiana es clara respecto al carácter público de las playas, en este caso, de Cartagena. El artículo 63 de la Constitución Política establece que estos bienes son inalienables, imprescriptibles e inembargables. Además, los artículos 674 y 679 del Código Civil las definen expresamente como bienes de uso público.
La Ley 9 de 1989 (artículo 5) y la Ley 388 de 1997 prohíben cualquier ocupación exclusiva, mientras que la regulación de la Dimar ratifica que el acceso debe ser libre, permanente y gratuito. Por tanto, ningún hotel, empresa o particular está autorizado a limitar el ingreso o la permanencia de ciudadanos en estos espacios.
De probarse la colaboración policial en beneficio de intereses particulares, se podrían configurar múltiples conductas disciplinarias. Así lo indican el artículo 6 de la Constitución, la Ley 62 de 1993, norma rectoral de la Policía Nacional, y la Ley 1952 de 2019, que prohíbe a los servidores públicos actuar para favorecer intereses privados y exige total imparcialidad en su función.

La denuncia concluye con una petición expresa a los organismos de control: “Se solicita a los organismos de control adelantar una investigación integral para establecer la responsabilidad disciplinaria, penal y administrativa de todos los involucrados, ordenar la restitución plena del acceso público a la playa y garantizar que la fuerza pública no vuelva a ser utilizada para proteger intereses privados en perjuicio de la ciudadanía”, señaló Oscar Benavides ante la Procuraduría General de la Nación.
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