Si piensa usar su tarjeta de crédito en diciembre tenga en cuenta que la Superintendencia Financiera aumentó la tasa de usura

El ajuste mensual de la Superintendencia Financiera eleva los límites legales de interés en créditos de consumo, productivos y populares, con incrementos notables en préstamos de bajo monto y sectores rurales y urbanos

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La Superintendencia Financiera de Colombia
La Superintendencia Financiera de Colombia certifica una tasa de usura de 25,02% anual para créditos de consumo y ordinarios en diciembre de 2025 - crédito Superintendencia Financiera Colombia

El costo del endeudamiento en Colombia experimentará un nuevo ajuste en diciembre de 2025, debido a que la Superintendencia Financiera certificó que la tasa de usura para créditos de consumo y ordinarios se ubicará en 25,02% efectivo anual, un incremento respecto al mes anterior.

Este límite legal, que determina el interés máximo que pueden cobrar bancos y entidades financieras, impactará directamente en el valor de las compras realizadas con tarjetas de crédito y en el acceso a diferentes modalidades de préstamo durante la temporada de mayor demanda crediticia.

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La Resolución 2134 de 2025, expedida por la Superfinanciera, establece que este tope estará vigente entre el 1 y el 31 de diciembre, tras analizar la información reportada por los establecimientos de crédito entre el 31 de octubre y el 21 de noviembre.

El ajuste representa un alza de 0,03 puntos porcentuales frente al 24,99% registrado en noviembre, lo que equivale a un incremento de 3 puntos básicos en el límite legal para intereses remuneratorios y de mora en créditos de consumo y ordinarios.

El incremento de la tasa
El incremento de la tasa de usura impacta el costo de las compras con tarjeta de crédito y el acceso a préstamos en temporada alta - crédito Freepik

El cálculo de la tasa de usura parte del Interés Bancario Corriente (IBC), que para diciembre fue certificado en 16,68% efectivo anual, tras un aumento de 2 puntos básicos respecto al 16,66% vigente en noviembre.

Este indicador, que se actualiza mensualmente, constituye la base para determinar el valor máximo de los intereses que pueden cobrar las entidades financieras, conforme a lo dispuesto en el Código de Comercio y el Código Penal.

La normativa colombiana define la tasa de usura como el máximo interés permitido por la ley para créditos, calculado como 1,5 veces el IBC para cada modalidad.

Cobrar intereses por encima de este umbral constituye delito de usura, sancionado penalmente. Según el Código Penal, incurre en este delito quien reciba o cobre, de forma directa o indirecta, una utilidad o ventaja que supere en la mitad el interés bancario corriente aplicable en el periodo correspondiente, ya sea por préstamos de dinero o ventas de bienes y servicios a plazo. El objetivo de esta regulación es proteger a los consumidores y prevenir prácticas abusivas en el mercado financiero y comercial.

La Resolución 2134 de 2025
La Resolución 2134 de 2025 establece el nuevo tope legal de intereses tras analizar datos de entidades financieras hasta noviembre - crédito Superintendencia Financiera

Además del crédito de consumo y ordinario, la Superfinanciera certificó los siguientes topes máximos de usura para diciembre de 2025, todos calculados a partir del IBC:

Crédito de consumo de bajo monto, 67,74% efectivo anual

Crédito productivo de mayor monto, 40,98%; crédito productivo rural, 27,93%

Crédito productivo urbano, 58,28%

Crédito popular productivo rural, 74,37%

Crédito popular productivo urbano, 89,91%.

El Interés Bancario Corriente para
El Interés Bancario Corriente para diciembre se certifica en 16,68% anual, sirviendo de base para calcular la tasa de usura - crédito Freepik

Estas cifras representan los límites legales que no pueden ser superados por las entidades financieras en cada modalidad durante el mes.

El documento del regulador también detalla que, para el crédito productivo de mayor monto, la tasa de usura será de 27,32%; para el crédito productivo rural, 18,62%; para el crédito productivo urbano, 38,85%; y para el crédito popular productivo rural, 49,58%. En el caso del crédito popular productivo urbano, el tope se fijó en 59,94%.

La tendencia para diciembre muestra un aumento generalizado en todas las modalidades de crédito productivo respecto a noviembre.

Los mayores incrementos se registraron en los créditos populares productivos, con un alza de 114 puntos básicos en el urbano (hasta 89,91%) y de 81 puntos básicos en el rural (hasta 74,37%). El crédito de consumo de bajo monto subió 132 puntos básicos, pasando de 66,42% a 67,74% efectivo anual.

Por su parte, la usura para el crédito productivo de mayor monto aumentó 66 puntos básicos, de 40,32% a 40,98% efectivo anual. En la modalidad rural, el interés máximo subió 54 puntos básicos, de 27,39% a 27,93%, y en la urbana, 11 puntos básicos, de 58,17% a 58,28%.

La tasa de crédito de consumo y ordinario fue certificada en 16,68% efectivo anual para el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025, lo que representa una disminución de 2 puntos básicos respecto a octubre, cuando se situó en 16,66%. No obstante, el incremento en la tasa de usura se explica por la aplicación de la fórmula legal que multiplica el IBC por 1,5 para establecer el tope máximo.

La actualización mensual de la tasa de usura, revelada por la Superintendencia Financiera de Colombia, busca mantener la protección de los usuarios frente a posibles abusos y garantizar la transparencia en el mercado crediticio.