
La controversia por el modelo adoptado por el Gobierno para la producción de pasaportes sumó un nuevo capítulo tras la radicación de una demanda ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El recurso fue presentado como acción popular y solicita la suspensión del convenio suscrito entre la Cancillería, el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional, así como del acuerdo derivado firmado con Portugal, al asegurar que la estructura contractual tendría inconsistencias y vulneraría varios derechos colectivos.
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El expediente, conocido por Infobae Colombia, incluye las pretensiones, fundamentos y más de un centenar de páginas de anexos en los que se documentan los señalamientos del demandante. Según el escrito, las decisiones administrativas adoptadas durante el proceso afectarían la moralidad administrativa, la libre competencia y la defensa del patrimonio público.
“Se están saltando la moralidad administrativa porque, por medio de falsas motivaciones, están pretendiendo contratar como ellos quieren”, afirmó el abogado Carlos Andrés Betancourth, autor de la acción popular.
Los argumentos de la demanda
De acuerdo con la demanda, la actuación de la Cancillería y de su Fondo Rotatorio habría desconocido normas de contratación pública al suscribir dos convenios interadministrativos con la Imprenta Nacional —el 006 de 2024 y el 007 de 2025— los cuales, según el documento, comparten el mismo objeto y se ejecutan en periodos simultáneos. El primero está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 y el segundo hasta el 31 de diciembre de 2034, ambos con posibilidad de prórrogas.
El demandante sostiene que estos instrumentos jurídicos no cuentan con aval fiscal y que uno de ellos fue firmado sin definir su valor, dejando la determinación del costo final a futuros contratos derivados. En los anexos allegados al tribunal se precisa que esta estructura permitiría comprometer recursos por fuera de la planeación presupuestal y sin soportes técnicos suficientes.
Entre las pruebas aportadas también se incluye la comunicación enviada por la Imprenta Nacional a la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes en septiembre de 2024, en la que manifestó que “el único acuerdo vigente es el convenio de cooperación No. 006 de 2024”, y señaló que no tiene competencia para responder sobre la expedición de pasaportes por ser una función exclusiva de la Cancillería.
Además, en los documentos anexos se destaca que la Imprenta no registra experiencia previa en la fabricación de documentos de seguridad, requisito que —según el escrito— era determinante para asumir el nuevo modelo de producción. Pese a ello, en el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025 se establece que la entidad “posee la capacidad técnica y operativa” para ejecutar el proyecto.
Sobre los convenios y el alcance del acuerdo con Portugal
Otro apartado de la demanda se centra en el convenio celebrado entre el Fondo Rotatorio y la Casa da Moeda de Portugal (INCM), presentado como un acuerdo con “persona extranjera de derecho público”. No obstante, los documentos aportados indican que la INCM es una sociedad anónima cuyo capital es público, pero que se rige por normas del derecho privado, según el Decreto-Ley 235 de 2015 de ese país.
En el texto se advierte que este tipo de sociedad estaría sometida a la legislación europea de competencia y que, por tanto, el convenio podría ir en contravía de obligaciones internacionales respecto a la libre concurrencia económica. En los anexos se señala que la celebración del acuerdo habría excluido al sector privado sin motivación suficiente, dado que permitiría a la Imprenta seleccionar de manera directa al proveedor extranjero sin acudir a un proceso competitivo.
El abogado también sostiene que, al pactar prórrogas automáticas e indefinidas en el Convenio Marco 007 de 2025, se configuraría un esquema que permitiría mantener a la Imprenta como actor único en la producción de pasaportes durante más de una década. Para el demandante, este escenario podría constituir un monopolio contrario a la Constitución.
Los antecedentes: licitaciones fallidas, urgencias manifiestas y contratos temporales

La demanda reconstruye los antecedentes del modelo actual, incluyendo la licitación pública LP-001 de 2023, declarada desierta por el entonces canciller Álvaro Leyva, la suspensión del funcionario por la Procuraduría y los contratos temporales suscritos mediante urgencia manifiesta en 2023, 2024 y 2025. En los anexos se citan adiciones contractuales, valores ejecutados y las fechas en que se renovaron los servicios de personalización y entrega de libretas de pasaportes.
El expediente sostiene que la ausencia de planeación obligó a declarar urgencias manifiestas repetidas veces, lo que derivó en contrataciones directas por más de 160.000 millones de pesos para cubrir periodos cortos mientras se definía el modelo definitivo.
La acción popular solicita que se suspendan los convenios y el acuerdo con Portugal, que se ordene su terminación anticipada —si el tribunal lo considera procedente— y que la Cancillería realice una licitación pública para seleccionar al proveedor mediante criterios de selección objetiva.
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