
La decisión de la Corte Constitucional sobre el Proyecto de Ley Estatutaria 190 de 2022 abrió un nuevo camino para la atención de personas afectadas por fraudes bancarios y casos de suplantación de identidad.
Según explicó Revista Semana, el alto tribunal declaró ajustado a la Constitución este marco normativo, cuyo propósito es establecer mecanismos más claros para frenar cobros mientras las autoridades determinan la naturaleza de los hechos reportados por los usuarios.

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La iniciativa busca reducir afectaciones derivadas de prácticas ilícitas que, según diversas firmas especializadas, han crecido de manera sostenida debido al uso de herramientas digitales avanzadas.
La declaratoria de exequibilidad adquiere relevancia en un contexto donde miles de ciudadanos han visto comprometidos sus datos personales, ya sea a través de accesos no autorizados, manipulaciones informáticas o técnicas que emplean inteligencia artificial.
Esta situación ha generado que usuarios aparezcan vinculados a productos financieros o servicios contratados sin su consentimiento, con el consecuente impacto en su historial crediticio y en su capacidad para realizar transacciones cotidianas. Con el nuevo esquema, estos ciudadanos podrán solicitar la suspensión temporal de cobros hasta que exista una determinación judicial que esclarezca lo ocurrido.
El proyecto aprobado establece que las entidades financieras y las empresas que prestan servicios sujetos a contratación deben activar un procedimiento interno de verificación cuando un usuario alegue que fue víctima de fraude o suplantación.

Este proceso incluye la obligación de colaborar en la recopilación de información que permita reconstruir los hechos, así como la presentación formal de la denuncia ante las autoridades competentes. La norma indica que la suspensión se mantendrá mientras avanza la actuación judicial y hasta que se determine si hubo irregularidades o si procede continuar con los mecanismos de cobro.
Uno de los puntos centrales del articulado es la protección frente a reportes en centrales de riesgo, un aspecto que ha generado discusiones en el país debido a las consecuencias que implica aparecer como moroso por obligaciones que no se adquirieron de manera legítima.
La norma establece que, durante el análisis del caso, las personas no podrán ser incluidas en listados que afecten su vida crediticia, ni sufrir medidas asociadas al incumplimiento de cuotas. Esta disposición busca impedir que se acumulen efectos colaterales mientras se aclara la situación de cada afectado.
El texto también señala que las empresas involucradas deben informar a las autoridades de control sobre las gestiones adelantadas, con el fin de asegurar transparencia en la trazabilidad del caso y evitar que la persona perjudicada sea objeto de sanciones tributarias o fiscales.
Este componente, destacado por analistas, pretende reforzar la articulación institucional y garantizar que otros organismos del Estado cuenten con información precisa durante la investigación.
La medida introduce un elemento adicional: las compañías podrán adelantar sus propias investigaciones internas para identificar patrones, revisar registros y determinar si el evento fraudulento coincide con modalidades detectadas previamente.

Estos análisis técnicos no reemplazan la labor de la justicia, pero contribuyen a construir un panorama más completo del incidente y a prevenir futuros hechos. La ley señala que los resultados deberán ser comunicados al usuario para mantenerlo al tanto del avance del proceso.
Para continuar con el trámite, la persona afectada debe presentar una denuncia ante las autoridades. Este paso es crucial para dejar constancia del presunto delito y activar el proceso de verificación.
Entre las pruebas que pueden aportar los ciudadanos se encuentran registros de movimientos, comunicaciones recibidas, comprobantes electrónicos y cualquier elemento que permita identificar la forma en que ocurrió la suplantación o el acceso no autorizado.
Las autoridades evaluarán si los elementos probatorios son suficientes para avanzar hacia una decisión que determine si la obligación financiera debe mantenerse o ser descartada.
Durante el tiempo en el que la justicia examina los hechos, el usuario no tendrá la obligación de pagar cuotas relacionadas con las obligaciones cuestionadas. Si se concluye que el fraude efectivamente se produjo, la deuda dejará de existir o será reclasificada según lo que establezca la sentencia.
En caso contrario, si la investigación comprueba que no hubo anomalías, las entidades financieras podrán reactivar el proceso de cobro siguiendo los lineamientos legales vigentes.
Diversos expertos en seguridad digital han insistido en que la decisión de la Corte responde a un fenómeno que se ha intensificado en los últimos años.
De acuerdo con especialistas, la proliferación de estafas que emplean técnicas de ingeniería social, plataformas de mensajería y herramientas de inteligencia artificial ha incrementado los riesgos para los usuarios del sistema financiero.
En ese sentido, la aprobación del proyecto representa un avance en la construcción de un marco más robusto para enfrentar un tipo de delito que, según analistas del sector, continuará evolucionando de manera acelerada.
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