Francisco Barbosa se defendió de las acusaciones tras escándalo con las disidencias de las Farc: “No pueden venir a lavarse las manos conmigo”

En entrevista con Infobae Colombia, el ex jefe del órgano investigador y exprecandidato presidencial dejó en claro que sus actuaciones frente a la situación judicial de miembros de la facción de alias Calarcá fueron conformes a la ley y acusó a la actual titular de la entidad de querer enlodar su imagen

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El exfiscal dirigió sus señalamientos
El exfiscal dirigió sus señalamientos a su sucesora, Luz Adriana Camargo, frente a la suspensión de órdenes de captura para los disidentes de las Farc - crédito Fiscalía/Colprensa

En medio del escándalo de las filtraciones de información a las disidencias de las Farc, luego de la revelación, el 23 de noviembre de 2025, de una investigación de Noticias Caracol sobre presuntas conexiones entre altos funcionarios y ese grupo armado, una de las entidades sobre la cual se hicieron fuertes acusaciones fue la Fiscalía General de la Nación: pues pese a tener en su poder la información desde hace un año y cuatro meses no había adelantado investigaciones.

Frente a este asunto, la oficina de la actual fiscal General, Luz Adriana Camargo, declaró que no fue ella quien levantó las órdenes de captura de alias Calarcá y otros disidentes tras el operativo que se llevó en Antioquia el 23 de julio de 2024, sino que esas órdenes ya estaban vigentes desde la administración de su antecesor, Francisco Barbosa. Esta afirmación llevó al exjefe del organismo judicial a pronunciarse y negar tales versiones sobre este episodio.

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En entrevista con Infobae Colombia, el extitular de la entidad negó haber suspendido tales órdenes y señaló que la fiscal Camargo y su gestión es la única responsable de lo sucedido después del 12 de febrero de 2024: día en que dejó la Fiscalía. Y es el punto crítico de las acusaciones es la Resolución 00005 del 16 de enero de 2024, que suspendió algunas órdenes de captura de miembros de estas disidencias, lideradas por Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá.

Alias Calarcá se movilizaba en
Alias Calarcá se movilizaba en aquella caravana de la UNP que fue interceptada por el Ejército en Antioquia, aquel 23 de julio de 2024; no obstante, fue dejado en libertad en cumplimiento de su papel de gestoría de paz - crédito Fuerzas Militares

El también excandidato presidencial fue enfático en señalar que, tras el referido documento, Camargo firmó la Resolución 0282, del 4 de julio de 2024, en la que suspendió las detenciones de personajes como Erlinson Echavarría Escobar, alias Ramiro, vinculado a esta organización ilegal; en decisión que remarcó en la directiva 003 del 10 de julio de ese año y que, según se pudo apreciar, se extendió incluso a detenciones en flagrancia; para Barbosa el punto crucial.

La controversia gira en torno a la presunta infiltración de este grupo en organismos de seguridad del Estado y en su posible apoyo electoral al presidente Gustavo Petro en 2022, según la investigación periodística. La situación reviste de gravedad, justamente, por la persistencia de hechos violentos atribuidos a estas organizaciones, a la par liberación de integrantes como ‘Calarcá’, con la justificación de su papel como gestor de paz en diálogos con el Gobierno.

Por ello, insistió que en su administración se suspendieron ordenes de captura fue por “orden expresa” del parágrafo 2 del artículo 8 de la ley 418 de 1997, modificado por el artículo 5 de la ley 2272 de 2022; y que se opuso de forma rotunda a hacerlo con sujetos procesales que estuvieran inmersos en procesos de extradición; de tal manera que se descvinculó de cualquier análisis que quiera responsabilizarlo por estos casos que causan impacto en la opinión pública.

La investigación reveló presuntos nexos entre miembros del Ejército, la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y de Calarcá, con la presunta vinculación de Wílmer Mejía, director de inteligencia de la DNI, y la del general Juan Miguel Huertas, del Comando de Personal (Coper): acusados de entregar de información privilegiada a las disidencias, lo que habría permitido evadir operaciones militares y facilitar la presencia de la organización en regiones estratégicas.

Infobae Colombia. ¿Cómo responde usted a las versiones y afirmaciones que lo señalan como responsable de la suspensión de órdenes de captura a disidentes de las Farc?

Francisco Barbosa: El que esté haciendo eso es un incompetente o un ignorante, porque la resolución que se expidió no dice nunca que no se puede capturar en flagrancia. Y ahí toca explicarle claramente a la gente la distinción entre flagrancia y una captura por orden judicial. Ellos no pueden venir a lavarse las manos conmigo, porque hace casi dos años que no soy fiscal General.

Todas las capturas y la suspensión de órdenes de captura que se hizo en mi administración se dieron por virtud de la ley, en los casos del ELN y de miembros de organizaciones criminales, o personas que no entraron en el proceso de paz con las Farc en 2016 o iniciaron nuevos grupos, conforme a la solicitud del presidente de la República. Pero, nunca se suspendieron órdenes de captura con fines de extradición.

Alias Calarcá se separó de
Alias Calarcá se separó de alias Iván Mordisco y llevaba adelante un proceso de negociación con el Gobierno, a la par de que tenía infiltrada al Ejército y la DNI - crédito Colprensa

Lo grave de todo este asunto es por qué no se hizo nada con la información que incautaron el 23 de julio de 2024, cuando yo hacía cinco meses había salido ya de la entidad. ¿Por qué no se han proferido las órdenes de captura contra los miembros de la fuerza pública y los servidores públicos que presuntamente se vendieron a las disidencias? ¿Por qué soy responsable, como fiscal, de conductas delictivas que se cometieron después de mi salida de la entidad?

¿Por qué no se reactivaron las capturas de todas las personas beneficiadas de esas suspensiones cuando la evidencia incautada en julio del 2024 demostraba una toma mafiosa del Estado, como lo expuso el informe del Canal Caracol? Entonces, aquí las responsabilidades son de otros.

Y recuerde usted, que eso es importante, que esa resolución sí se firmó, pero jamás permite o incluye la captura en flagrancia. Lo que ocurre es que la fiscal general, el 23 de julio del 2024, envió una comunicación a la directora de Crimen Organizado de la Fiscalía diciendo que en los casos de flagrancia se debía extender el contenido de la flagrancia a las resoluciones firmadas.

Resolución que además ya no era mía, sino de ella, porque ella prorrogó las resoluciones que se habían expedido y posteriormente dictó una directiva donde se dice que la flagrancia hace parte de la suspensión de órdenes de captura. Entonces, están tratando de buscar responsables donde no es. Aquí los únicos que tienen que responder son los que están frente a esas investigaciones y, hoy, un año y medio después de que tenían toda esa información y de que Caracol la evidenció, no hay una sola decisión en la Fiscalía General de la Nación.

Sobre el hecho del 23 de julio de 2024, ¿qué ocurrió respecto a la interpretación legal que permitió la libertad de sujetos vinculados a disidencias, según la actual fiscal General?

En efecto, es una interpretación. Ahí está la comunicación de ella. Es una carta en la que básicamente dice lo siguiente: que el 4 de julio, la suscrita profirió una resolución 0282, es decir, una resolución que no es mía, es de ella, por la que se ordena la suspensión temporal de órdenes de captura. En el artículo primero de la parte resolutiva, dispuso suspender todas y cada una de las órdenes de captura o que sean dictadas en contra de Erlinson Echavarría (líder de la estructura 18 de las disidencias de las Farc), en los términos del parágrafo dos del artículo octavo.

Entonces, miren la falsedad. Es ella la que firma esa resolución. Claro que había una resolución anterior, pero ella firma la del 4 de julio del 2024. La suspensión de las órdenes de captura de este señor Erlinson se otorgó por el término de 45 días.

Barbosa adjuntó en su defensa
Barbosa adjuntó en su defensa este documento de la Fiscalía del 23 de julio de 2024, que ordenó la libertad inmediata de Erlinson Echavarría Escobar, alias Ramiro, miembro de las disidencias de las Farc, y firmada por la fiscal Camargo - crédito suministrada a Infobae Colombia

Después dice: ‘La suspensión de órdenes de captura, como se dispone en la resolución, se hace extensiva a la situación de flagrancia, de modo que sírvase ordenar la libertad de Erlinson Echavarría Escobar, en tanto en virtud de esta decisión no puede ser capturado’. Discúlpeme, cuando una persona es capturada en flagrancia, tiene que ir directamente ante un juez de control de garantías.

¿Entonces la suspensión se aplicó a hechos posteriores a la expedición de las órdenes?

Por supuesto. Es que uno no puede suspender órdenes de captura por hechos posteriores. Se suspenden órdenes de captura que existan o que puedan existir sobre hechos anteriores. Eso es lo que se suspende. Cuando se notifica a todos los fiscales que si hay órdenes de captura contra esos sujetos, se pone: ‘Y las que lleguen a existir’, es si hay órdenes de captura que pueden salir conforme a investigaciones que previamente lleve la Fiscalía. Pero jamás usted puede decir: ‘suspendo órdenes de captura futuras’.

Y ojo: una cosa es una orden de captura y otra cosa es una flagrancia. Cuando te capturan por flagrancia no hay orden de captura. Es una flagrancia, y si hay una flagrancia, el procedimiento por ella ley 906 (de 2004) es llevarte ante un juez de control de garantías. Aquí, en este caso concreto, lo que se hizo fue sacar a esas personas de ese problema con esa comunicación.

¿Tuvo durante su gestión altercados o resistencias públicas frente al presidente Gustavo Petro por el tema de las órdenes de captura?

Sí. Nuestra discusión con el presidente Petro fue relativa a la solicitud que hacía él de órdenes de captura de personas con fines de extradición. En mi administración jamás se firmó una suspensión de orden de captura de alguien que estuviera solicitado en extradición. Esa fue la posición que tuve, y tendrían ustedes que averiguar si eso continuó o no continuó.

Me negué a hacerlo por considerar que ese procedimiento involucraba autoridades norteamericanas y no solo autoridades colombianas. Mi posición fue esa, y eso generó esa molestia institucional del presidente de la República conmigo.

Para el exfiscal Francisco Barbosa,
Para el exfiscal Francisco Barbosa, la directiva 003 del 10 de julio de 2024, firmada por Luz Adriana Camargo, actual jefe del ente investigador, es clave en este escándalo; pues es la que reafirmó la libertad de los disidentes de las Farc, aún en flagrancia - crédito suministrada a Infobae Colombia

¿Considera que la filtración de documentos y resoluciones en las que se le quiere involucrar está diseñada para dañar su imagen?

Claro que sí. Tratan de hacerlo, pero aquí hay que poner la cara. Imagínese, en vez de responder por lo que ocurre en la administración actual, pretenden lavarse las manos conmigo. Hace casi dos años que no soy fiscal General de la Nación. Hace año y medio se produjo el operativo por el que dejaron libres a unas personas diciendo que podían hacerlo por flagrancia, cuando no se podía.

Además, todos esos elementos incautados, que evidencian una relación entre la criminalidad y el Estado, porque hay funcionarios públicos involucrados, los tenía la Fiscalía General de la Nación y, al día de hoy, año y medio después, no han hecho absolutamente nada. Que los responsables pongan la cara y no busquen a los responsables en otro lugar.

En su balance, ¿el tiempo ha validado sus objeciones al proceso y las decisiones tomadas en su administración?

Creo que el tiempo me dio la razón en todo, porque lo que buscaban era sacar narcotraficantes y no los dejamos salir. Nosotros permitimos que ese remedo de proceso de Paz Total funcionara, pero yo no tenía facultad para decirle al presidente que no iniciara procesos con el ELN o con los grupos que considerara, porque esa es una facultad del presidente a la luz del artículo 189 de la Constitución.

Siempre acatamos y cumplimos la ley. Lo que sí no hicimos fue prestar nuestra labor para trabajar de la mano con el presidente Petro en temas donde había dudas legales, porque consideramos que nosotros debíamos actuar conforme a la ley y la Constitución.

Hoy, Petro es un hombre sin visa, está incluido en una lista de narcotraficantes de los Estados Unidos sancionada por la Ofac y tiene círculos cercanos también en la Lista Clinton, con señalamientos de narcotráfico. Seguramente tendrá que responder ante la justicia americana por hechos que no conocemos todos los colombianos, porque son temas que hacen parte de la jurisdicción de ese país.

Es el tiempo y los hechos recientes los que ponen en evidencia lo que advertimos. Lo importante es determinar qué pasó desde julio del año 2024 hasta hoy, y no mirar las administraciones pasadas, porque los hechos ocurrieron bajo la administración actual.