
Las relaciones matrimoniales con serios problemas de convivencia pueden derivar en mucho más que un divorcio o una repartición de bienes, según lo que la pareja haya acumulado durante la unión. En Colombia es posible acudir a reconocimientos de tipo económico en caso de que una de las personas unida en matrimonio se haya visto afectada por la conducta de su pareja.
Se trata del reconocimiento de la indemnización por daño moral entre cónyuges. Esta figura legal, respaldada por la legislación y la jurisprudencia, permite que uno de los miembros de la pareja solicite una compensación económica cuando ha sufrido afectaciones emocionales o psicológicas a raíz de conductas de su pareja.
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De acuerdo con el abogado de familia Jimmy Jiménez, que integra el bufete colombiano Integrity Legal, el sistema jurídico del país busca la protección de la integridad emocional y la dignidad de las personas dentro del matrimonio.

En ese sentido, según el experto, el daño moral, en el contexto de las personas que se unen en matrimonio, se define como el conjunto de sufrimientos, aflicciones o alteraciones psicológicas que afectan el bienestar y la calidad de vida de una persona, sin que necesariamente exista una pérdida económica directa.
Son “situaciones que pueden surgir a raíz de conflictos matrimoniales, separaciones, o situaciones de maltrato”, según detalló el experto en el sitio web oficial del bufete de abogados. La legislación colombiana establece que este tipo de daño puede ser objeto de indemnización, siempre que se logre demostrar su existencia y magnitud ante un juez.
Lo que se necesita para soportar la necesidad de la indemnización
Para que proceda dicha indemnización es imprescindible cumplir con ciertos requisitos, que se ajustan a las causales más frecuentes que pueden dar lugar a este tipo de compensación:
- Actos de violencia intrafamiliar.
- Infidelidades que provoquen un daño emocional grave.
- El abandono injustificado.

Estas y otras situaciones son consideradas como generadoras de un perjuicio psicológico o emocional significativo. Pero, para que el proceso de solicitud de indemnización prospere, se debe tener la capacidad de demostrar, mediante pruebas sólidas, que la conducta del cónyuge causó un daño real y relevante.
Estas evidencias deben incluir testimonios, informes psicológicos y pruebas de las circunstancias que rodearon el hecho que perjudicó a uno de los cónyuges.
¿Cómo se determina cuánto se debe pagar?
El abogado explica en el texto que la normativa colombiana no establece un método fijo ni una tabla de valores para establecer la cuantificación de la indemnización en estos casos. Por ese motivo, la determinación del monto que el cónyuge demandado deberá entregar a la persona afectada queda a discreción del juez, quien debe valorar la gravedad del daño, las particularidades del caso y la solidez de las pruebas presentadas.
Aunado a ello, de acuerdo con una explicación que proporcionó el profesional en Derecho a El Espectador, también es necesario tener en cuenta la situación económica de la persona que debe pagar la compensación. El juez es responsable de evaluar su capacidad financiera y, en ese sentido, definir el monto que debe pagar.
Según el abogado de familia, la indemnización por daño moral en el contexto matrimonial no solo cumple una función compensatoria; también actúa como un mecanismo disuasorio, orientado a prevenir conductas que puedan resultar perjudiciales para los miembros de la pareja.
“La jurisprudencia colombiana ha evolucionado en lo que respecta a la indemnización por daño moral entre cónyuges, sentando precedentes importantes que sirven de guía para casos futuros. Estas decisiones judiciales resaltan la importancia de proteger los derechos emocionales y psicológicos de los individuos dentro del matrimonio, reconociendo el impacto que ciertas conductas pueden tener en la dignidad y bienestar de las personas”, precisó el abogado.
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