
La disputa por la identidad visual del Nuevo Liberalismo ha escalado a un nuevo nivel, luego de que el Partido Liberal interpusiera una tutela para exigir el cambio de su logo.
En diálogo con La W, Juan Manuel Galán defendió la legitimidad del proceso y denunció lo que considera una maniobra para restringir la participación política de su movimiento.
“Se aprobaron los nuevos estatutos con las normas vigentes que rigen a los partidos en Colombia, el CNE los aprobó (incluidos el logo y la identidad del partido). El Partido Liberal insiste en que el logo confunde a la gente y debe cambiarse”, afirmó Galán a La W.
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La controversia, según el precandidato presidencial, no solo afecta la imagen del partido, sino que representa un obstáculo para el ejercicio democrático.
“Ahora nos quieren negar el derecho fundamental a participar en política luego de una lucha de años para reabrir ese espacio. Es algo que no se puede entender”, dijo Galán.
Al referirse a la acción judicial, Galán fue enfático al calificarla como una “revictimización del Nuevo Liberalismo”, expresión con la que subrayó el impacto que, a su juicio, tiene la tutela sobre la historia y el presente de la colectividad.
Tutela del partido Liberal sobre el Nuevo Liberalismo
El debate sobre la protección de los derechos fundamentales en el ámbito político colombiano ha cobrado un nuevo impulso tras la reciente solicitud presentada por el Partido Liberal Colombiano ante la Sección Quinta del Consejo de Estado.
En el documento, fechado el 7 de noviembre de 2025, la colectividad exige que se reconozcan y amparen los derechos de Rodrigo Llano Isaza, de la militancia liberal y del propio partido, en relación con el debido proceso, la igualdad, el derecho a elegir y ser elegido, así como la facultad de fundar, organizar, desarrollar y mantener partidos y movimientos políticos.
La petición también abarca el acceso efectivo a la administración de justicia y la tutela judicial efectiva, señalando presuntas omisiones por parte del Consejo Nacional Electoral.

El Partido Liberal solicita que el Consejo de Estado ordene al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de la Sentencia SU-257 de 2021, que en un plazo improrrogable de 48 horas instruya al Partido Nuevo Liberalismo para que, antes de inscribir sus decisiones de la Convención Nacional y proceder al registro de la providencia, actualice sus estatutos, el código de ética y demás documentos requeridos conforme a la regulación vigente.
Estos documentos, según la petición, deben ser sometidos a aprobación y cumplir con el contenido mínimo exigido, incluyendo el nombre y los símbolos del partido.
La colectividad liberal argumenta que este procedimiento es esencial para garantizar el pluralismo político y facilitar que los nuevos partidos, una vez obtengan personería jurídica, puedan realizar propaganda electoral y recibir recursos económicos destinados a tal fin.

Además, subraya la importancia de que el uso de los signos distintivos de los partidos o movimientos políticos —nombre, símbolos, logotipo y emblema— se rija por el principio de “Prior in tempore, potior in iure”.
Este principio establece que el primer uso registrado ante el Consejo Nacional Electoral debe prevalecer y tener prioridad sobre nombres y símbolos iguales o similares que se presenten o utilicen posteriormente.
El Partido Liberal enfatiza que el Consejo Nacional Electoral tiene la responsabilidad de evaluar el cumplimiento de este principio cada vez que reciba una solicitud de registro.
En este contexto, la colectividad cita el artículo cinco de la Ley Estatutaria 130 de 1994, que dispone: “Los partidos y los movimientos políticos son propietarios de su nombre y del símbolo que hayan registrado en el Consejo Nacional Electoral. Estos no podrán ser usados por ningún otro partido u organización política reconocida. La denominación de un partido o movimiento deberá distinguirse claramente de la de cualquier otro ya existente”.

La controversia involucra directamente al Partido Nuevo Liberalismo como tercero con interés, y pone en el centro del debate la protección de los derechos de los partidos históricos frente a la aparición de nuevas agrupaciones políticas, así como la correcta aplicación de los principios legales que rigen la identidad y los símbolos partidarios en Colombia.
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