El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del Decreto 0858 de 30 de julio de 2025, que había sido emitido por el Gobierno nacional para modificar la estructura del sistema de salud colombiano.
La reacción pública del presidente Gustavo Petro no se hizo esperar. En su cuenta de X, el mandatario afirmó que están “atacado por los negociantes”, en relación con la respuesta a su propuesta.
La disputa legal se originó a raíz de la demanda interpuesta por Andrés Eduardo Forero Molina, quien solicitó la nulidad del decreto y la suspensión provisional de sus efectos.
El Consejo de Estado contextualizó el proceso indicando que “el Despacho decide la solicitud de medida cautelar consistente en la suspensión provisional de los efectos del Decreto 0858 de 30 de julio de 2025, ‘Por el cual se sustituye la parte 11, del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, relativo al Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo’, expedido por el Gobierno Nacional”.
En su comunicado, el máximo juez de lo contencioso administrativo fundamentó la suspensión de los efectos del decreto en que “el Ejecutivo expidió el Decreto 0858 de 2025 sin contar con la autorización legal o legislativa previa, pues la Constitución le atribuye al Congreso de la República la potestad de hacer reformas sustanciales al sistema de salud”.
Lo anterior teniendo en cuenta que, según el numeral 23 del artículo 150 de la Constitución Política, corresponde al Congreso expedir las leyes que rigen el ejercicio de las funciones públicas y la prestación de los servicios públicos.
Según el alto tribunal, la medida del gobierno se interpreta “como una vulneración y usurpación de las competencias asignadas constitucionalmente al legislador”, razón que justifica la protección precautoria solicitada en la demanda.
Tras conocer la decisión judicial, Gustavo Petro publicó en X: “El principal instrumento que tiene una sociedad para defender la vida humana colectiva, es el sistema de salud preventivo. Se sabe casi desde los orígenes de la civilización”.
El mandatario recordó que “si en tiempos del Covid-19 hubiera existido en Colombia el sistema preventivo, decenas de miles de personas que murieron, no hubieran muerto. Sin el sistema de salud preventivo que construimos en todos los territorios del Tolima, no hubiéramos sobre montado, con éxito, la fiebre amarilla”.
El presidente insistió en que “El sistema preventivo no es negocio, por eso, este asunto público de gran dimensión, es atacado por los negociantes porque disminuye el negocio Lamentable que aún en el mundo jurídico, que debería defender el Estado Social de Derecho, termine suspendido el derecho”.

La declaración refleja la postura del gobierno sobre la importancia de transformar la estructura sanitaria, insistiendo en la necesidad de cambiar el modelo vigente.
Según el Ejecutivo, el Decreto 858 de 2025 buscaba establecer un Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, apoyado en la Atención Primaria en Salud (APS), la creación de Centros de Atención Primaria en Salud (Caps), la configuración de Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud (Riiss) y la redefinición del papel de las Empresas Promotoras de Salud (EPS), con un nuevo ordenamiento territorial del sistema.
El objetivo principal era reorganizar rutas de atención, financiamiento y jerarquías de servicio en el sector salud, desplazando el énfasis hacia la prevención y la atención primaria para evitar crisis como las registradas durante la pandemia de Covid-19.
Mientras la suspensión del Decreto 858 aplica de forma inmediata, la reforma de la salud sigue siendo uno de los ejes más discutidos de la agenda nacional, con opiniones divididas en los sectores político, empresarial y social.

El proceso jurídico continuará mientras el Consejo de Estado evalúa de fondo la constitucionalidad de la medida adoptada por el Ejecutivo, en medio de un debate público alimentado tanto por argumentos técnicos como políticos.
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