
El Gobierno del presidente Gustavo Petro se encuentra a la expectativa por la sesión que la Corte Constitucional celebrará el martes 14 de octubre, en la que se decidirá el destino de la reforma pensional aprobada por el Congreso, una de las iniciativas más emblemáticas del actual mandato.
Sin embargo, el debate no solo ha estado marcado por los cuestionamientos sobre la constitucionalidad del trámite legislativo, sino también por tensiones entre el Ejecutivo y el alto tribunal.
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De acuerdo con un documento conocido previo a la votación en Sala Plena, el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, respondió a una solicitud del secretario jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo, que pidió información sobre el acto de posesión del magistrado Carlos Ernesto Camargo Assis, elegido el 3 de septiembre y considerado independiente del Gobierno.

En la carta fechada el 14 de octubre de 2025, el magistrado Ibáñez señaló que “las diligencias correspondientes a la toma de posesión se realizaron ante el coordinador Administrativo de la Corte Constitucional, conforme a lo indicado en la certificación expedida el 10 de octubre de 2025”.
El documento, dirigido al secretario jurídico de la Presidencia, agrega que “el 1.º de octubre de 2025 el magistrado Carlos Ernesto Camargo Assis tomó posesión ante la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, Vicepresidenta de la Corte Constitucional, en el recinto de la Sala Plena de esta Corporación, de acuerdo con el Acta de Posesión No. 452 de la misma fecha”.
El presidente de la Corte precisó además que el acto se realizó ante la vicepresidenta “en razón de la incapacidad médica que tuve desde el mediodía del 30 de septiembre de 2025 hasta el día 5 de octubre siguiente”, por lo que los trámites respectivos “no se adelantaron ante la Presidencia de la Corte Constitucional”.

Cabe recordar que el magistrado Carlos Camargo había presentado una solicitud de impedimento ante la Sala Plena de la Corte, argumentando que la senadora del Centro Democrático Paloma Valencia había participado en la votación de su elección, lo que podría representar un conflicto de interés. Sin embargo, el 1 de octubre la Corte declaró infundado su impedimento, por lo que el magistrado podrá participar en la deliberación sobre la reforma.
El estudio del caso ha incluido requerimientos de documentos al Congreso y el análisis de las sesiones en las que fue aprobada la iniciativa. En junio de 2025, la Corte devolvió el texto a la Cámara de Representantes por un error en la votación, y el Gobierno convocó sesiones extraordinarias para subsanarlo. No obstante, las actas de esas sesiones también fueron cuestionadas, lo que llevó al magistrado Ibáñez a exigir nuevamente su entrega.
Ahora, el alto tribunal debe resolver dos recusaciones pendientes contra el magistrado Héctor Carvajal, ternado por el presidente Gustavo Petro y exabogado del mandatario. Las recusaciones, presentadas por el concejal Daniel Briceño y la senadora Paloma Valencia, sostienen que Carvajal habría tenido vínculos contractuales con Colpensiones, entidad directamente afectada por la reforma.
Tres posibles escenarios enfrenta la reforma

El fallo que emita la Corte Constitucional será decisivo para la viabilidad del nuevo modelo pensional. Según la jurisprudencia, existen tres escenarios posibles frente al estudio de constitucionalidad:
- Declaración de exequibilidad total: si la Corte determina que el trámite legislativo cumplió con los requisitos constitucionales, la reforma podrá ser implementada bajo supervisión del Ministerio de Trabajo.
- Inexequibilidad total: si se comprueba un vicio grave e insubsanable, la ley será declarada inconstitucional y se mantendrá el actual sistema de pensiones.
- Inexequibilidad parcial o diferida: si se encuentran errores corregibles, la Corte podría anular solo algunos artículos o conceder un plazo al Congreso para su corrección.
La sesión de este 14 de octubre se realizará en Sala Plena y contará con la participación de los nueve magistrados. En ella se analizarán los documentos finales y los votos sustitutivos presentados por las ponencias, con el objetivo de determinar si la reforma se ajusta o no a la Constitución.
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