
La cancelación del concierto de Kendrick Lamar, programado para el sábado 27 de septiembre en el Vive Claro de Bogotá como parte de la gira Grand National Tour, ha reavivado el debate sobre la importancia de cumplir los tiempos y requerimientos para la autorización de eventos masivos en la capital colombiana.
Tras este incidente, las autoridades distritales reiteraron el llamado a los organizadores de conciertos y espectáculos para que gestionen la documentación necesaria con la debida anticipación y no repitan escenarios de última hora similares al caso. En contraste, la presentación de Guns N’ Roses sí fue confirmada, ya que sus promotores entregaron toda la documentación solicitada por el distrito en los plazos establecidos.
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El marco normativo vigente en Bogotá exige que los permisos para eventos masivos sean otorgados con una anticipación mínima de cinco días previos a su realización. Esta disposición busca garantizar tanto la planificación técnica como la operatividad logística de los eventos, evitando la acumulación de trámites al final del proceso. La Secretaría Distrital de Gobierno anunció que su equipo jurídico trabaja actualmente en la modificación de la normatividad para ajustar y fortalecer los tiempos requeridos en el trámite de autorización, dado el aumento de la oferta cultural y musical que vive la ciudad.

Según reportes del distrito, durante 2025 se han realizado más de 700 eventos de media y alta complejidad en Bogotá, que han congregado a miles de personas en diferentes escenarios públicos. Este tipo de actividades no solo dinamizan la vida social, económica y turística de la ciudad, sino que imponen un reto clave para las autoridades: proteger la seguridad, el bienestar y la integridad de todos los asistentes y habitantes.
El cumplimiento de estos procedimientos responde a una obligación legal y ética definida en la Constitución Política de Colombia y la legislación nacional, donde se estipula que la protección de la vida y la integridad es responsabilidad del Estado en todos sus niveles. Por esa razón, la Administración distrital ha implementado mecanismos técnicos y normativos orientados a minimizar riesgos y prevenir emergencias durante la ejecución de estos eventos.

Entre estos mecanismos, se destaca el Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital (Suga), creado por el Decreto 599 de 2013. El sistema permite evaluar, autorizar y monitorear bajo parámetros rigurosos los eventos de alta afluencia de público.
El Suga articula la labor de entidades como el Instituto Distrital para la Gestión del Riesgo y Cambio Climático (Idiger), Secretaría de Gobierno, Policía Metropolitana de Bogotá, Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, así como las Secretarías de Salud, Movilidad, Ambiente, Seguridad, Cultura, Recreación y Deporte, y la alcaldía local correspondiente. No todas estas entidades emiten conceptos técnicos para la aprobación, pero cada una tiene un rol específico en la revisión y control del proceso.
La normatividad establece que la radicación de la documentación requerida para la autorización de conciertos debe realizarse al menos diez días hábiles antes del evento, aunque los organizadores pueden adelantarse y presentar esta documentación con meses de antelación. El procedimiento inicia con la radicación de los documentos y los planes de mitigación de riesgos en la plataforma Suga.

Durante los tres días siguientes, entidades como Idiger, Policía, Bomberos, alcaldía local y las secretarías de Salud y Movilidad evalúan los documentos y emiten conceptos favorables o desfavorables.
Posteriormente, el área jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno, considerando todas las evaluaciones previas, toma la decisión de aprobar o negar la autorización del evento en el cuarto día del proceso. Si es necesario, durante los días cinco y seis, el organizador puede subsanar o ajustar la documentación con base en las observaciones técnicas. Durante los días siete y ocho, se realiza una nueva evaluación de los documentos corregidos, y finalmente, en el noveno día, si todos los conceptos son favorables, la Secretaría expide la resolución de autorización.
Desde la administración distrital insisten en que el propósito del Suga no es limitar el acceso a los espectáculos, sino garantizar que estos se desarrollen en condiciones óptimas de seguridad, bajo un enfoque preventivo. La meta es que el disfrute colectivo nunca comprometa la seguridad de los ciudadanos y que cada evento se convierta en una oportunidad para fortalecer la cultura de la prevención en Bogotá.
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