Buenas noticias para los motociclistas: esta es la drástica reglamentación que fue aplazada hasta el 2026

La decisión de extender el plazo para la obligatoriedad de ABS y CBS en motos responde a la necesidad de ajustar el reglamento técnico, fortalecer la certificación y atender recomendaciones de Estados Unidos y la ONU

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El Ministerio de Transporte de
El Ministerio de Transporte de Colombia aplaza un año la entrada en vigor del reglamento técnico para motocicletas, que exige sistemas avanzados de frenado como ABS y CBS - crédito Colprensa

El aplazamiento de la entrada en vigor del nuevo reglamento técnico para motocicletas en Colombia generó un intenso debate entre autoridades y representantes de la industria.

La decisión del Ministerio de Transporte de postergar un año la obligatoriedad de sistemas avanzados de frenado, como el Sistema Antibloqueo de Frenos (ABS) y el Sistema Combinado de Frenos (CBS), modifica el calendario previsto y otorga a fabricantes y comercializadores un plazo adicional para adaptarse a los nuevos estándares.

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La medida, anunciada por el Ministerio, responde a la necesidad de revisar aspectos técnicos, institucionales y comerciales del reglamento expedido en 2022, con el objetivo de garantizar su correcta aplicación en el país.

Según informó La FM, la entrada en vigencia, inicialmente prevista para el 13 de octubre de 2025, se traslada al 13 de octubre de 2026. Este ajuste permitirá armonizar los estándares nacionales con los internacionales y fortalecer las capacidades de verificación y certificación.

La nueva fecha para la
La nueva fecha para la obligatoriedad del sistema de frenos ABS y CBS en motos será el 13 de octubre de 2026, con una segunda fase en 2027 que amplía la exigencia del ABS - crédito Colprensa

El reglamento, establecido mediante la Resolución 20223040062115 de 2022, exige que todas las motocicletas nuevas comercializadas en Colombia incorporen sistemas de frenado avanzados.

En concreto, las motocicletas con cilindraje entre 50 cc y 150 cc deberán contar con CBS o ABS, mientras que aquellas con más de 150 cc estarán obligadas a incorporar exclusivamente ABS.

Esta disposición busca, según el Ministerio, “prevenir o minimizar riesgos para la salud y la seguridad humana”, así como evitar prácticas que puedan inducir a error a los consumidores.

La implementación del reglamento se realizará en dos fases. La primera, que ahora comenzará el 13 de octubre de 2026, establece que las motocicletas de cilindraje medio (más de 50 cc y menos de 150 cc, o potencia nominal mayor a 4 kW y menor o igual a 11 kW) deberán estar equipadas con CBS o ABS.

Las de alto cilindraje (mayor o igual a 150 cc, o potencia nominal mayor a 11 kW) deberán incorporar ABS de manera obligatoria.

La segunda fase, que se activará 18 meses después —es decir, el 13 de abril de 2027—, ampliará la exigencia del ABS a todas las motocicletas con cilindraje superior a 125 cc. En este caso, las motos entre 125 cc y 150 cc, que inicialmente podían optar por CBS o ABS, deberán adoptar exclusivamente el sistema ABS al cumplirse el plazo de 54 meses desde la publicación de la resolución.

Para facilitar la transición, la normativa contempla un periodo de gracia de 12 meses a partir de la entrada en vigor del reglamento.

Durante este lapso, se permitirá la comercialización de motocicletas nuevas fabricadas, ensambladas o importadas antes de la fecha de vigencia, siempre que los fabricantes o importadores conserven la documentación que lo acredite.

Los responsables del cumplimiento de estas condiciones técnicas serán los productores, proveedores y organismos de certificación, con el objetivo de fortalecer la seguridad de los motociclistas en las vías del país.

La Cámara de la Industria
La Cámara de la Industria de Motocicletas de la Andi rechaza la postergación y advierte que retrasa avances en seguridad vial y protección de motociclistas - crédito Colprensa

El aplazamiento de la norma responde también a solicitudes internacionales. Según el Ministerio de Transporte, Estados Unidos habría propuesto la postergación para facilitar la adaptación a los nuevos retos regulatorios derivados de las diferencias entre los estándares estadounidenses y los reglamentos técnicos de la ONU.

Además, el Gobierno nacional explicó que la plena utilización de las herramientas técnicas de verificación sólo será posible una vez que el país formalice su adhesión a acuerdos internacionales que definen los requisitos de homologación vehicular.

De este modo, Colombia busca asegurar que los procesos de certificación cumplan con las normas de seguridad exigidas globalmente.

La Cámara de la Industria de Motocicletas de la Andi manifestó su desacuerdo con la decisión de postergar la aplicación del reglamento.

Aunque la organización respalda la incorporación de sistemas de frenado avanzado, considera que el aplazamiento representa un retroceso en los avances de seguridad vial.

Iván García Franco, director de la Cámara, afirmó que la industria ha trabajado desde 2022 para cumplir con la norma y que una prórroga “retrasaría avances muy importantes en seguridad vial y los esfuerzos que la industria viene haciendo en la incorporación de estos sistemas de frenada”, según declaraciones recogidas por La FM.

El gremio solicitó al Ministerio mantener la exigencia de implementar estas tecnologías desde el presente año y advirtió que la postergación “no representa una buena noticia para la seguridad vial del país”, ya que aplaza la adopción masiva de tecnologías que pueden reducir significativamente los accidentes.

Para la Andi, cada año de demora implica una menor protección para los motociclistas, el grupo más vulnerable en la siniestralidad vial del país.

En respuesta a las críticas, el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) anunciaron la realización de un estudio sobre la compatibilidad entre los reglamentos técnicos internacionales.

Este análisis evaluará la posibilidad de coexistencia entre los estándares de la ONU (WP.29) y los estadounidenses (Fmvss), con el propósito de definir un marco de equivalencias que cumpla con los compromisos de Colombia en materia de comercio y seguridad vehicular.

El estudio también tomará en cuenta el mandato de la Ley Julián Esteban, que ordena basar la regulación nacional en normas internacionales y aceptar equivalencias técnicas para garantizar la armonización con los estándares globales.

Durante el periodo de gracia
Durante el periodo de gracia de 12 meses, se permitirá la venta de motos fabricadas antes de la entrada en vigor del reglamento, bajo ciertas condiciones - crédito Colprensa

Como medida transitoria, el Gobierno aclaró que solo se aceptará la certificación de primera parte bajo normas estadounidenses mientras se desarrollan y fortalecen las capacidades institucionales nacionales.

De este modo, se busca asegurar que la transición hacia los nuevos requisitos técnicos se realice de manera ordenada y conforme a los compromisos internacionales asumidos por Colombia.

El impacto de los sistemas ABS y CBS va más allá de la protección de los ocupantes de las motocicletas. Los vehículos equipados con ABS reducen la probabilidad de colisión con otros vehículos, peatones y ciclistas, y en caso de siniestro, estos sistemas disminuyen la velocidad de operación, lo que reduce la transferencia de energías peligrosas al cuerpo humano.

El Plan Nacional de Seguridad Vial prioriza la incorporación de estos sistemas como una estrategia clave para reducir la alta tasa de siniestralidad asociada a las motocicletas en el país.