La Aeronáutica Civil de Colombia anunció una actualización de sus disposiciones para el transporte aéreo de animales de compañía, autorizando oficialmente que los pasajeros puedan viajar con sus mascotas en cabina o bodega en vuelos nacionales e internacionales.
Según informó Semana, la medida busca garantizar un proceso regulado que proteja tanto a los animales como a los demás pasajeros durante el vuelo.

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El nuevo lineamiento establece una serie de requisitos obligatorios que deben cumplirse antes de abordar. Entre ellos, la presentación de un certificado de vacunación y un documento veterinario que confirme el estado de salud del animal. Ambos deben estar firmados por un profesional acreditado y actualizados conforme a las normas del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).
De acuerdo con la Aerocivil, “todo animal que viaje deberá contar con un certificado de salud emitido por un veterinario autorizado, en el cual se indique que se encuentra en condiciones aptas para su transporte”. Este requisito aplica para mascotas que se movilicen dentro del país o hacia el exterior, sin distinción de especie o tamaño, siempre que sean animales de compañía y no de otro tipo.
Para los vuelos internacionales, se exige además un proceso de inspección previo a cargo del ICA. Este control busca verificar que el animal esté libre de enfermedades transmisibles y que cumpla con las regulaciones sanitarias del país de destino. La Aerocivil recordó que el incumplimiento de estos procedimientos puede derivar en la negación del embarque o en sanciones a los pasajeros.

Los viajeros que planeen salir del país con sus mascotas deben tener en cuenta que cada destino cuenta con normativas propias de ingreso animal. Por tanto, la recomendación es consultar con la embajada o autoridad sanitaria correspondiente para evitar contratiempos al llegar. En algunos casos, los países exigen periodos de cuarentena o documentación adicional, como certificados de desparasitación o pruebas específicas de laboratorio.
En cuanto a las condiciones dentro del avión, la normativa delega a las aerolíneas la definición de los criterios para el transporte. Cada empresa establece parámetros como el peso máximo del animal para viajar en cabina, el tipo de contenedor permitido y el cobro de tarifas adicionales por el traslado. La Aerocivil enfatizó que los pasajeros deben comunicarse con la aerolínea con antelación suficiente para conocer las reglas y realizar la reserva del acompañante peludo.
Uno de los aspectos más relevantes de la actualización es la regulación sobre el guacal o transportín. Este debe contar con ventilación adecuada, permitir el movimiento del animal y ajustarse a las dimensiones que indique la aerolínea. En los vuelos donde las mascotas viajan en bodega, se requiere que el contenedor esté debidamente asegurado y fabricado con materiales resistentes que eviten cualquier daño durante el traslado.

“Las mascotas deben ser transportadas en guacales o contenedores homologados que garanticen su seguridad, comodidad y ventilación durante todo el trayecto”, señaló la Aerocivil en el comunicado emitido el 6 de octubre. Esta disposición busca prevenir situaciones de estrés o lesiones durante los vuelos prolongados.
En el caso de los vuelos nacionales, las exigencias son similares. Se mantiene la obligación de presentar los documentos veterinarios y se recomienda informar a la aerolínea sobre el acompañante animal con al menos 48 horas de anticipación. Además, se aconseja verificar posibles restricciones de raza, ya que algunas compañías prohíben el transporte de especies catalogadas como de alto riesgo.
La Aerocivil recordó que el control del ICA se mantiene vigente en los aeropuertos del país, especialmente en los puntos de salida y llegada de vuelos con animales. Los inspectores de esta entidad verifican la autenticidad de los certificados y las condiciones del transporte antes del embarque.
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