Corte Constitucional niega impedimento y confirma participación de Carlos Camargo en debate pensional

El alto tribunal rechazó el impedimento del magistrado Carlos Alberto Camargo Assis, quien podrá intervenir en el análisis de la reforma pensional

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La Corte Constitucional confirmó que el magistrado Carlos Alberto Camargo Assis podrá participar en el análisis de las demandas interpuestas contra la reforma pensional promovida por el Gobierno del presidente Gustavo Petro.

La Sala Plena del alto tribunal decidió rechazar el impedimento que había sido presentado por el propio magistrado días después de asumir su cargo.

Corte Constitucional - Carlos Ernesto
Corte Constitucional - Carlos Ernesto Camargo Assis | crédito Colprensa

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De acuerdo con la información publicada por Semana, Camargo presentó el impedimento el pasado 2 de octubre, pocas horas después de tomar posesión en la Corte. En su comunicación, argumentó que la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, autora de una de las demandas contra la reforma, habría votado a favor de su elección como magistrado en la sesión del Congreso del 3 de septiembre.

El alto tribunal evaluó los argumentos presentados y determinó que la situación expuesta no compromete la imparcialidad del magistrado en la decisión sobre el caso. Por esa razón, la Sala Plena rechazó la solicitud y confirmó que Camargo podrá participar en la deliberación sobre la constitucionalidad de la reforma.

El documento presentado por el magistrado señalaba: “En aras de garantizar la imparcialidad en la decisión de este expediente, manifiesto el impedimento para pronunciarme sobre los tres proyectos de auto en mención, conforme a lo previsto en los artículos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991, en concreto por la causal tener interés en la decisión”. La Corte, sin embargo, consideró que esta circunstancia no encuadra en las causales de impedimento previstas por la ley.

Carlos Camargo - Corte Constitucional
Carlos Camargo - Corte Constitucional | crédito @SenadoGovCo/X

La Sala Plena revisó la relación entre los hechos planteados y la naturaleza de las actuaciones judiciales que debe adelantar el magistrado. Tras el estudio, los integrantes de la Corte concluyeron que no existía un interés directo ni un vínculo que afectara su independencia frente al asunto en discusión.

El caso revisado por la Corte Constitucional se centra en las demandas que cuestionan el trámite legislativo de la reforma pensional. Una de ellas, presentada por la senadora Paloma Valencia, argumenta que durante el debate en la Cámara de Representantes se incurrió en errores de procedimiento que vulneran la Constitución. Según la congresista, la aprobación del proyecto habría desconocido normas que rigen el proceso legislativo, lo que configuraría un vicio de trámite.

En este contexto, la Corte devolvió el expediente a la Cámara de Representantes para que se realizara nuevamente el debate y la votación del articulado, con el fin de subsanar las posibles irregularidades advertidas. Actualmente, el magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez Najaar, revisa la documentación enviada por la corporación para determinar si las observaciones iniciales fueron corregidas.

- crédito Corte Constitucional
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La decisión de permitir la participación de Camargo en la discusión asegura la integración plena de la Corte Constitucional en un caso que ha generado gran atención pública, dado el impacto que la reforma pensional tendría sobre el sistema de seguridad social en el país. Con su participación, el magistrado podrá intervenir en la deliberación y emitir su voto en las decisiones que se adopten sobre la validez del trámite legislativo.

Camargo, quien fue elegido por el Congreso de la República el 3 de septiembre, asumió oficialmente su cargo en la Corte el pasado 2 de octubre. Su designación se produjo en medio de un proceso que contó con varias candidaturas y generó debates en el ámbito político y jurídico. Pese a ello, la corporación ratificó su confianza en el nuevo integrante, quien reemplazó al magistrado que culminó su periodo constitucional.

La Sala Plena, al analizar el impedimento, reiteró que la imparcialidad de los magistrados se presume y solo puede considerarse afectada cuando existan pruebas objetivas que demuestren un interés particular en el resultado de un proceso. En este caso, los jueces concluyeron que el vínculo político alegado no representa una causal de inhabilidad ni compromete la independencia funcional del magistrado Camargo.

El proceso sobre la reforma pensional continúa su curso dentro del alto tribunal, con la revisión de las demandas que alegan presuntas irregularidades en el trámite legislativo. La Corte deberá pronunciarse sobre la validez de los procedimientos seguidos en el Congreso y sobre la eventual necesidad de repetir algunas etapas del debate parlamentario.

Mientras tanto, el magistrado ponente Jorge Enrique Ibáñez Najaar mantiene bajo estudio los informes enviados por la Cámara de Representantes para verificar si se corrigieron los aspectos observados por la Corte. Una vez concluido este análisis, la Sala Plena procederá a discutir el fondo del asunto y emitirá su fallo.

Con la participación de Carlos Camargo, el tribunal contará con la totalidad de sus integrantes en la revisión del expediente, lo que permitirá avanzar en la decisión sobre uno de los proyectos más relevantes del actual Gobierno en materia de seguridad social.

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