Con la nueva ley, miles de colombianos pueden andar sin Soat ni licencia: estos son los beneficiados

Una decisión del Gobierno está transformando el panorama de la movilidad en Colombia y generando reacciones encontradas

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La Ley 2486 de 2025
La Ley 2486 de 2025 exime a vehículos eléctricos de baja potencia del SOAT, matrícula y licencia en ciclorrutas - crédito Jesús Aviles / Edición Infobae Colombia

La aprobación de una nueva normativa cambió de manera significativa el panorama para miles de colombianos que se mueven a diario en vehículos eléctricos de baja potencia. Con la entrada en vigor de la Ley 2486 de 2025, estos conductores quedaron oficialmente exentos de portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), la matrícula y la licencia de conducción, siempre que cumplan con ciertas condiciones. La medida, firmada por el presidente Gustavo Petro, busca incentivar un modelo de movilidad más limpia y sostenible en las ciudades del país.

La norma surge de la unión de los proyectos 219 de 2024 en la Cámara y 111 de 2023 en el Senado, que superaron todas las etapas legislativas antes de llegar a la Casa de Nariño. La nueva ley cuenta con 18 artículos que detallan quiénes pueden acogerse al beneficio, los requisitos técnicos de los vehículos y las restricciones aplicables para garantizar la seguridad vial. En esencia, los propietarios de vehículos eléctricos con una potencia igual o inferior a 1.000 vatios, que transiten exclusivamente por ciclorrutas, quedan liberados de portar documentos como la licencia, la matrícula y el Soat.

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La norma busca incentivar la
La norma busca incentivar la movilidad sostenible y reducir emisiones contaminantes en Colombia - crédito Archivo Infobae, Jaime Saldarriaga / REUTERS

Sin embargo, la ley no abre la puerta al descontrol, si estos mismos vehículos circulan fuera de las ciclorrutas o en vías de tránsito compartido, sus propietarios deberán cumplir con todas las exigencias que se aplican a cualquier otro medio motorizado. La norma, además, fija una edad mínima de 16 años para conducir este tipo de transporte, aunque permite que los menores de 12 a 16 años lo hagan, únicamente, dentro de la infraestructura destinada a bicicletas y patinetas eléctricas.

El Gobierno argumenta que esta medida es un paso más en su apuesta por consolidar a Colombia como un referente en movilidad sostenible. Según lo expresado por la Presidencia, el propósito es “promover el crecimiento del uso de vehículos eléctricos de baja potencia” y acelerar la transición hacia energías limpias, un campo en el que el país avanza a la par de Chile, siendo uno de los más activos en América Latina en la reducción de emisiones contaminantes.

Desde la Secretaría de Movilidad de Bogotá, su titular Claudia Díaz respaldó el espíritu de la ley, aunque insistió en que su implementación debe mantener como prioridad la seguridad vial. “Para la secretaría distrital de Movilidad es prioridad la seguridad vial de todas las personas, por eso ante el proyecto de ley que regula la circulación y promueve el uso de vehículos eléctricos en zonas urbanas como alternativas de movilidad sostenible, aseguramos que su implementación no ponga en riesgo la vida ni la integridad de las personas, que prime el derecho a la vida como lo establece la Constitución”, manifestó la funcionaria en un video publicado en junio.

Claudia Díaz enfatizó que la
Claudia Díaz enfatizó que la Secretaría de Movilidad es la única autoridad sobre permisos de tránsito en la capital - crédito Colprensa

No obstante, la norma no ha estado exenta de críticas. El vicepresidente del Concejo de Bogotá, Juan David Quintero, expresó su preocupación por los vacíos de responsabilidad que podrían derivarse de la exención del Soat. A su juicio, “aunque la medida beneficia a centenares de conductores, deja sin respaldo a los peatones o ciclistas que resulten afectados en un accidente”. La advertencia es compartida por expertos en movilidad, quienes consideran que el Estado debe diseñar mecanismos complementarios que garanticen atención médica o indemnización a las víctimas de siniestros.

La Superintendencia Financiera y el
La Superintendencia Financiera y el Ministerio de Transporte permiten que extranjeros adquieran el Soat por días - crédito Colprensa

El Soat, recuerdan los especialistas, es un seguro que cubre gastos médicos, transporte de emergencia, incapacidad permanente y hasta indemnizaciones por fallecimiento o servicios funerarios de las personas lesionadas, sin importar si son conductores, pasajeros o peatones. En cambio, no cubre daños materiales a los vehículos ni afectaciones a bienes privados o casos de robo, de modo que su exclusión total en algunos escenarios deja un vacío en términos de responsabilidad civil.