Bogotá mantiene pico y placa para octubre de 2025: así quedó el calendario de restricciones para el décimo mes

La regulación para automóviles particulares establece circulación alternada entre semana, según el número final de la placa, con excepción de fines de semana y festivos, para optimizar el tránsito y evitar sanciones económicas

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La Secretaría de Movilidad definió
La Secretaría de Movilidad definió el pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante octubre de 2025 - crédito Colprensa

La Secretaría Distrital de Movilidad definió el esquema de pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante el mes de octubre de 2025, con el fin de mejorar la movilidad urbana y reducir la congestión en las vías de la ciudad. La restricción estará vigente de lunes a viernes, entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m., facilitando la circulación alternada según el número final de la placa, conforme al calendario oficial dispuesto para el período comprendido entre el 1 y el 31 de octubre.

Para el décimo mes del año, la regulación establece que en días impares podrán circular los automóviles particulares cuyas placas terminen en 1, 2, 3, 4 y 5; en días pares, podrán hacerlo los que finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0. Esta disposición se mantiene respecto a versiones anteriores, priorizando la planificación de los desplazamientos y el cumplimiento de la norma para evitar sanciones.

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La restricción aplica de lunes
La restricción aplica de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., según el último dígito de la placa - crédito Colprensa

Calendario de pico y placa en octubre de 2025

  • Semana del 1 al 5 de octubre:
    • Miércoles 1: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Jueves 2: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Viernes 3: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Sábado 4 y domingo 5: no aplica la restricción
  • Semana del 6 al 12 de octubre:
    • Lunes 6: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Martes 7: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Miércoles 8: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Jueves 9: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Viernes 10: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Sábado 11 y domingo 12: no aplica la restricción
  • Semana del 13 al 19 de octubre:
    • Lunes festivo 13: aplica la medida de pico y placa regional de ingreso a Bogotá
    • Martes 14: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Miércoles 15: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Jueves 16: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Viernes 17: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Sábado 18 y domingo 19: no aplica la restricción
  • Semana del 20 al 26 de octubre:
    • Lunes 20: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Martes 21: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Miércoles 22: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Jueves 23: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Viernes 24: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Sábado 25 y domingo 26: no aplica la restricción
  • Semana del 27 al 31 de octubre:
    • Lunes 27: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Martes 28: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Miércoles 29: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
    • Jueves 30: placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
    • Viernes 31: placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Los sábados y domingos no
Los sábados y domingos no rige la medida, salvo el lunes festivo 13 de octubre con pico y placa regional - crédito Alcaldía de Bogotá

Durante los sábados y domingos, la medida no se aplicará en la ciudad, lo que permite a los ciudadanos circular libremente los fines de semana. Sin embargo, el lunes festivo 13 de octubre estará activa la restricción de pico y placa regional en los nueve corredores de ingreso a Bogotá, una medida diseñada para controlar el flujo vehicular al retorno de puentes y días festivos.

Así opera el pico y placa regional de ingreso a Bogotá

El pico y placa regional se implementa durante el último día de los puentes festivos o según determine la autoridad distrital. De 12:00 p. m., a 4:00 p. m., únicamente se permite el ingreso a la ciudad de carros particulares con placas terminadas en número par. De 4:00 p. m. a 8:00 p. m., el ingreso está permitido para vehículos con placas impares. La restricción busca distribuir el flujo de entrada e incentivar la planificación anticipada del regreso a la capital, evitando atascos masivos en los accesos principales.

La Secretaría Distrital de Movilidad recordó que el incumplimiento de la medida constituye una infracción al Código Nacional de Tránsito (literal C14 del artículo 131 de la Ley 769 de 2002). Circular en los días y horarios restringidos puede resultar en una multa que para septiembre de 2025 se ubica en $604.100.

El pico y placa regional
El pico y placa regional regula el ingreso a Bogotá en puentes festivos, alternando placas pares e impares por horario - crédito Alcaldía de Bogotá

La entidad recomendó a los ciudadanos revisar el cronograma y planificar sus desplazamientos conforme al último dígito de la placa y el calendario vigente, así como utilizar alternativas de transporte público o sistemas compartidos cuando corresponda. El cumplimiento estricto de la restricción contribuye a la movilidad, disminuye la congestión en horas pico y favorece la calidad del aire en la ciudad.