
El caso del patrullero Jhon Freddy Astros Morales ha quedado resuelto tras la decisión del Tribunal Superior Militar y Policial, que confirmó la condena por abandono de puesto por los hechos ocurridos en 2013.
La investigación determinó que el uniformado, mientras se encontraba en servicio, abandonó injustificadamente su puesto de facción, dejando de cumplir con sus responsabilidades de custodia y distribución de armamento, y consumió bebidas alcohólicas durante su turno.
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La secuencia de los hechos reveló que, tras dejar sus funciones, Astros Morales fue visto horas después utilizando un vehículo oficial de la Policía para cargar combustible, sin la autorización de sus superiores.
Posteriormente, el patrullero protagonizó un accidente de tránsito en la localidad de Suba, en Bogotá, al chocar el automóvil policial contra una vivienda.
Las autoridades de tránsito le realizaron una prueba de alcoholemia, cuyo resultado fue grado 2, lo que confirmó la ingesta de alcohol mientras estaba en servicio.
El proceso judicial, iniciado por el Juzgado de Policía Metropolitana de Bogotá de la Justicia Penal Militar y Policial, concluyó que el patrullero incurrió en el delito de abandono de puesto.
Tanto en primera como en segunda instancia, la justicia determinó su responsabilidad y le impuso una pena de 12 meses de prisión domiciliaria. No obstante, el fallo emitido el 31 de octubre de 2024 por el mismo juzgado absolvió a Astros Morales del delito de peculado culposo.

Corte Suprema ratifica la condena a un soldado que abandonó su puesto para vender armamento
La Corte Suprema de Justicia ha dejado en firme la condena contra el soldado Yhodri Sánchez Hoyos, hombre que fue hallado responsable de abandonar su puesto militar para intentar comercializar armamento con una organización delictiva.
La decisión del alto tribunal, que inadmitió el recurso de casación presentado por la defensa, implica que las sentencias previas dictadas por el Tribunal Superior Militar y Policial y el Juzgado Octavo de Brigada se mantienen plena vigencia, según informó Caracol Radio.

El caso se remonta al 2 de octubre de 2023, cuando Sánchez Hoyos se retiró sin autorización de la base militar Cerro Tinjacá, ubicada en Medellín, llevándose consigo un fusil Galil, cinco proveedores y 175 cartuchos. De acuerdo con la investigación, el militar pretendía vender este material por $1 millón. La Fiscalía 11 ante Juez de Brigada determinó que el destinatario era una organización ilegal, presuntamente vinculada a las disidencias, aunque no se especificó el grupo comprador.
La condena impuesta a Sánchez Hoyos contempla 49 meses de prisión, la separación absoluta de la Fuerza Pública y la interdicción de derechos y funciones públicas durante el mismo periodo. El fallo lo declaró culpable de los delitos de centinela y peculado sobre bienes de dotación agravado.

La Corte Suprema de Justicia concluyó que no existió vulneración de garantías en el proceso, motivo por el cual rechazó el recurso de casación de la defensa y ratificó las decisiones judiciales previas. De este modo, los fallos del 17 de julio de 2024 y del 24 de abril de 2024 dictados por el Tribunal Superior Militar y Policial y el Juzgado Octavo de Brigada, respectivamente, quedaron confirmados, según detalló Caracol Radio.
“Sánchez Hoyos fue condenado a pagar una pena de 49 meses de prisión”, destaca la información oficial. Además, la investigación estableció que el material sustraído incluía un fusil Galil, cinco proveedores y 175 cartuchos, elementos que el soldado intentó negociar con una organización ilegal. La Fiscalía 11 ante Juez de Brigada concluyó que la transacción se habría pactado por un millón de pesos.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia refuerza la postura institucional frente a la gravedad de los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública que vulneran la seguridad y la confianza en las instituciones, según lo reportado por Caracol Radio.
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