Un caso reciente captó la atención de miles de contribuyentes en Colombia: un asalariado que, tras aplicar de manera correcta deducciones tributarias y beneficios fiscales, logró transformar la declaración de renta de un pago de más de $5.000.000 a un saldo a favor cercano a los $400.000.
El ejemplo, presentado por un contador en la cuenta sabertributario de TikTok, ilustra el impacto tangible que puede tener el conocimiento y uso adecuado de las deducciones en la temporada de declaración de renta del año gravable 2024. Además, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó una guía oficial que detalla el proceso digital para solicitar la devolución de estos saldos a favor, facilitando el trámite para asalariados e independientes.
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El caso práctico, que se viralizó en la red social, parte de la declaración sugerida que la Dian entrega prellenada a los contribuyentes. El contador explicó cómo pasó de un valor a pagar de $5.182.000 en una declaración de renta, a un saldo a favor de $397.000.

“Bueno, en este caso estábamos revisando la declaración sugerida de un contribuyente, el cual es asalariado y recibe ingresos por salarios de, más o menos, $13.900.000 mensuales, más prestaciones y bonificaciones. Entonces, la Dian le estaba poniendo efectivamente en la declaración sugerida todos los ingresos anuales que tenía por concepto de salario, que suman, más o menos, $186.000.000”.
Durante el video, el profesional explicó que, aunque el borrador de la Dian incluía los ingresos y algunas deducciones básicas, omitía varios beneficios tributarios clave.
Los ingresos reportados
En la declaración definitiva, el contador mantuvo los ingresos reportados, pero incorporó deducciones y rentas exentas que el borrador no había registrado o dejó incompletas. Dentro de ellas se incluyeron $5.300.000 por medicina prepagada certificada, el beneficio por dependientes económicos —aplicado hasta los límites legales—, el 50% del gravamen a los movimientos financieros (GMF), la deducción por facturas electrónicas pagadas por medios electrónicos, cesantías y la renta exenta del 25% para asalariados.
Al mismo tiempo, el contador detalló: “En esta declaración de renta nos tomamos un valor de $5.300.000 por concepto de medicina prepagada, 100% certificada por la entidad emisora y limitada a un valor máximo de $9.000.000. Luego nos tomamos lo que es, para mí, uno de los beneficios más importantes en esta declaración de renta, que es el beneficio por dependientes económicos.

Remarcó que, en este caso, como el contribuyente es asalariado, se puede tomar dos beneficios de sus dependientes, que en este caso es un hijo que tiene menor de 18 años. El primer beneficio es el 10% de los ingresos brutos, que estarían limitados a $18.062.000. En este caso se sobrepasó del límite, entonces, se toma el límite. Y el segundo beneficio son $3.388.000 por cada hijo que tenga. En este caso es uno, entonces se puede tomar también este beneficio, que no está limitado por el 40%”.
Deducciones especiales
Además, el ejemplo también incluyó deducciones especiales como el 50% del GMF y el 1% de las facturas electrónicas pagadas por medios electrónicos, lo que suma un total de $23.462.000 en deducciones imputables. Además, se sumaron $13.000.000 por cesantías y $34.000.000 por la renta exenta del 25% para asalariados.
Luego de aplicar todos estos beneficios, el impuesto a cargo se redujo a $14.796.000. Sin embargo, las retenciones en la fuente practicadas durante el año ascendieron a $15.193.000, lo que generó un saldo a favor de $397.000.
Ante esto, el contador concluyó: “Ya una vez nos tomamos todos los beneficios tributarios a los que este contribuyente tenía derecho, el impuesto a cargo de la declaración de renta fue de $14.796.000. Pero ojo, acá teníamos un último beneficio que eran las retenciones en la fuente que la empresa le practicaba mes a mes, que al final del año sumaron un valor de $15.193.000 para que, de esta manera, la declaración de renta de este contribuyente pasara de un valor a pagar de $5.182.000 a un saldo a favor de $397.000”.

La Dian ya ha reiterado que el borrador prellenado es solo una ayuda y que la responsabilidad final de la información recae en el contribuyente. Por eso, es fundamental revisar y complementar los datos, así como adjuntar los soportes correspondientes para cada deducción o renta exenta aplicada.
Límites y topes legales
En cuanto a los límites y topes legales, se debe tener en cuenta que la deducción por medicina prepagada y seguros de salud equivale a 16 unidades de valor tributario (UVT), o $796.784, por mes laborado (192 UVT anuales o $9.561.408), con un tope anual cercano a los $9.000.000 para la vigencia actual. La deducción por dependientes permite tomar hasta el 10% de los ingresos brutos, con un máximo de 384 UVT ($19.122.816), y se puede sumar un monto fijo por cada hijo menor de 18 años. La renta exenta del 25% para asalariados tiene un límite anual de 790 UVT ($39.341.210).
Además, la reforma tributaria permite deducir hasta el 1% del valor de adquisiciones soportadas en factura electrónica y pagadas por medios electrónicos, siempre dentro de los topes legales. Para 2024, el tope máximo de deducciones es el 40% de los ingresos brutos menos los no gravados, o 1.340 UVT.

El proceso para solicitar la devolución de un saldo a favor se modernizó y ahora es completamente digital, según la guía oficial publicada por la Dian. Para solicitarlo se debe hacer lo siguiente:
- Diligenciar el formato 010 y enviarlo junto con los soportes requeridos dentro de los cinco días hábiles siguientes a la radicación, exclusivamente a través del portal oficial de la Dian.
- Ingresar con su usuario y contraseña, seleccionar el módulo de autogestión y, en el tablero de control, elegir la opción de Procedimiento de Devolución/Compensación.
- Al seleccionar el concepto de Saldos a favor y marcar Impuesto sobre la renta, el sistema habilita los campos necesarios para completar la solicitud.
Una vez recibida la documentación, la Dian puede demorar entre 15 y 50 días hábiles en procesar la devolución, dependiendo de la revisión de los soportes y la ausencia de inconsistencias. La entidad advierte que no basta con cargar los documentos; estos deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente. De lo contrario, la solicitud puede ser devuelta o archivada, lo que prolongaría el proceso.
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