
La suspensión total de las exportaciones de carbón colombiano a Israel quedó formalizada tras la expedición del Decreto 0949 de 2025, una medida que el Gobierno nacional fundamentó en la necesidad de impedir que recursos del país alimenten el conflicto en la Franja de Gaza y en la defensa del Derecho Internacional Humanitario.
El documento, firmado por la ministra Diana Marcela Morales Rojas, la canciller Rosa Yolanda Villavicencio, el ministro de Hacienda y Crédito Público Germán Ávila Plazas y el ministro de Minas y Energía Edwin Palma Egea, fue anunciado el 30 de agosto de 2025 en Bogotá por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
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El decreto, fechado el 28 de agosto de 2025, modifica la normativa previa (Decreto 1047 de 2024) y establece la prohibición absoluta de exportar carbón colombiano a Israel. Según el texto oficial, la decisión responde a la intensificación de las operaciones militares israelíes en territorio palestino desde el 18 de marzo de 2025, lo que provocó un nuevo aumento de la violencia en la región.
El Gobierno colombiano subrayó que la medida se alinea con la política del presidente Gustavo Petro, orientada a la protección de los derechos humanos y la salvaguarda de la población civil en contextos de conflicto armado.
La administración colombiana explicó que la restricción busca impedir que los recursos naturales del país sean utilizados en cadenas de suministro que fortalezcan la maquinaria de guerra israelí y, al mismo tiempo, prevenir actos de genocidio contra la población palestina. La prohibición permanecerá vigente hasta que se cumplan las medidas provisionales dictadas por la Corte Internacional de Justicia o hasta que desaparezcan las condiciones que motivaron la decisión.

En reacción, Paola Holguín, senadora de la República por el Centro Democrático, interpuso una demanda ante el Consejo de Estado para tumbar el decreto que prohíbe la exportación de carbón a Israel.
En la misiva enviada a la alta corte, explicó que el decreto es inconstitucional, ya que va contra los intereses del país y de las leyes por las que se rige Colombia.
“Acudo a esta Corporación Judicial en ejercicio del Medio de Control previsto en el artículo 135 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (en adelante CPACA), en respetuosa solicitud de que se declare la NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD del Decreto No. 949 del 28 de agosto de 2025, suscrito por el Presidente de la República y los Ministros de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público, y de Minas y Energía “por el cual se modifica el Decreto 1047 de 2024”, con fundamento en lo previsto en el artículo 135 del CPACA”.

Y puntualizó: “Esta solicitud se fundamenta en la necesidad de evitar efectos jurídicos y materiales irreparables durante el curso del proceso, así como de preservar la supremacía e integridad de la Constitución mientras la Corte evalúa de fondo la validez constitucional del acto demandado”.
A reglón seguido indicó que “en efecto, el acto acusado impone una prohibición absoluta e inmediata a la exportación de carbón térmico hacia el Estado de Israel, lo cual afecta de forma grave y continuada derechos fundamentales, compromisos internacionales vigentes y la estabilidad de sectores económicos estratégicos, con impactos que podrían resultar irreversibles si no se interviene de forma oportuna y cautelar”.

Así mismo, la precandidata a la Presidencia sostuvo que el decreto impone una sanción comercial unilateral, de carácter punitivo e ideológico, sin respaldo legal ni justificación técnica, lo que viola de manera categórica los compromisos internacionales válidamente suscritos por Colombia, como el Tratado de Libre Comercio con Israel, vigente desde 2020.
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