
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) abrió una investigación administrativa contra Almacenes Flamingo S.A. por presuntamente haber cobrado intereses por encima del límite legal y no cumplir con la obligación de informar adecuadamente a los consumidores en Colombia.
De acuerdo con la SIC, la compañía podría enfrentar multas de hasta 2.000 salarios mínimos, cierre temporal de sus establecimientos hasta por 180 días, o la prohibición de ofrecer productos al público, si se comprueba la comisión de las faltas investigadas.
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La investigación de la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor surgió tras analizar distintos requerimientos que involucraban el servicio de ventas con financiación, la información previa suministrada a los clientes y los cobros que se realizaron.
El análisis permitió identificar que Almacenes Flamingo habría excedido los límites legales de tasas de interés en operaciones realizadas durante noviembre de 2022 y enero de 2024. Sobre este punto, la entidad señaló que “las tasas de interés cobradas por esta compañía habrían superado los límites establecidos por la legislación colombiana”.
Otro de los hallazgos destacados fue el incumplimiento en la entrega de información mínima obligatoria en los contratos de crédito.

Según lo determinado por la Dirección de Investigaciones, en contratos de adquisición de bienes y servicios con financiación celebrados en enero y noviembre de 2024 no se incluyó información esencial para el consumidor, como la descripción detallada del bien adquirido, las tasas de interés remuneratoria y moratoria expresadas como interés efectivo anual, ni la tasa máxima legal vigente al momento de la firma del contrato.
La entidad enfatizó que esto dejó a los clientes “sin elementos suficientes para la toma de decisiones, al momento de la adquisición de los bienes financiados”.
La SIC indicó también que estas presuntas acciones y omisiones habrían hecho que los consumidores terminaran pagando más de lo legalmente permitido y sin el nivel de información necesario para decidir de manera informada.
La Superintendencia reiteró su compromiso de vigilar que las prácticas comerciales en el país sean “transparentes, responsables y que respeten los derechos de las y los consumidores en todo el país”.
Para las personas interesadas en dar seguimiento a sus solicitudes o formular quejas, el organismo detalló los canales oficiales de atención, como el portal www.sic.gov.co, líneas telefónicas nacionales y puntos de servicio en Bogotá.

Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Almacenes Éxito por vulnerar derechos de los consumidores
Almacenes Éxito S.A. deberá enfrentar una sanción económica de $691.456.512 impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), luego de comprobarse múltiples infracciones que vulneraron los derechos de los consumidores tanto en sus tiendas físicas como en su plataforma digital. De acuerdo con el organismo, la sanción se basa en inspecciones realizadas en los puntos Éxito Calle 80, Éxito Gran Estación y en el sitio web de la compañía durante julio y septiembre de 2024.
Según informó la SIC, entre las principales irregularidades identificadas destaca la exigencia por parte de Almacenes Éxito de que los clientes presentaran la tirilla de pago, factura o documento equivalente como condición para hacer efectiva la garantía legal de los productos, cuando esta exigencia no está contemplada en la normativa vigente.

La SIC enfatizó al respecto: “la empresa exigió a los clientes la presentación de la tirilla de pago, factura o documento equivalente para hacer efectiva la garantía legal, un requisito no contemplado en la normativa vigente”.
La autoridad también detectó la ausencia de señalización visual del precio total de los productos, lo cual afectó el derecho de los consumidores a contar con información clara y fácilmente disponible para poder comparar ofertas y tomar decisiones ajustadas a sus necesidades y presupuesto. Otra de las infracciones identificadas por la SIC fue la realización de promociones sin detallar el número de productos o incentivos disponibles, lo que pudo “generar equivocación o confusión sobre los términos de las ofertas”.
Además, la Superintendencia tuvo en cuenta el historial de reincidencias de Éxito como factor agravante al determinar la sanción.
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