
Un juez penal de control de garantías ordenó la reclusión preventiva de Óscar Santiago Gómez Leal, señalado como presunto responsable de agredir y lanzar a su pareja, Laura Blanco, desde el noveno piso de un edificio residencial en la localidad de Barrios Unidos, en el occidente de Bogotá.
El hecho ocurrió el pasado 27 de julio, tras una celebración en el apartamento donde residía la pareja.
Según la investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación, la pareja sostuvo una discusión en una de las habitaciones del inmueble luego de la reunión. Durante el altercado, Gómez Leal habría atacado a Laura Blanco, presionándole el cuello hasta dejarla inconsciente. Posteriormente, presuntamente la arrojó por la ventana del apartamento.
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La víctima fue trasladada con vida a un centro asistencial cercano, pero falleció poco después. El informe de necropsia realizado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses determinó que la mujer sufrió asfixia y otras lesiones físicas antes de la caída.
En su declaración inicial, Gómez Leal afirmó que su compañera se había lanzado voluntariamente, versión que no pudo sostener ante las autoridades.“El informe de necropsia realizado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses determinó que la mujer sufrió asfixia y otras lesiones físicas antes de la caída.”
Además de estos testimonios, El Tiempo reveló que durante la diligencia judicial el juez aseguró que, para intentar distraer los hechos ante sus amigas que se encontraban dentro de la vivienda esa madrugada, el procesado intentó acudir a episodios de distracción tales como una descompensación o posible desmayo.
“Una persona que está en la habitación y luego de que se desencadena el acontecimiento sale a simular un desmayo y así poder afirmar que Laura Camila se lanzó cuando la base pericial de necropsia sugiere lo contrario. ¿Y eso con qué fin se hizo? Con un fin distractor", comunicaron.
Así mismo, el togado no puedo evitar dejar en evidencia los sentimientos de molestia en medio de las acciones pertinentes al caso: “comportamiento altamente reprochable”.

Las labores de policía judicial, a cargo del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), permitieron establecer que la víctima había sido sometida durante varios meses a episodios de violencia verbal, física y de género por parte de su pareja.
“Especialmente relevante resulta el evento ocurrido el 1 de febrero de este año, en el que usted, en el marco del continuum de violencia, ejerció sobre la víctima actos de opresión consistentes en cuestionarla delante de sus familiares por su vestimenta, al punto de catalogarla de prostituta y agredirla físicamente”, así se constató en uno de los audios compartidos por el ente investigativo en medio de la realización de la audiencia.
Estos antecedentes fueron fundamentales para la imputación del delito de feminicidio agravado por parte de un fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá.
El acusado no aceptó los cargos. La captura de Gómez Leal se realizó en vía pública del barrio La Estrada, en la localidad de Engativá, también en el occidente de la capital. El proceso judicial continúa mientras el señalado permanece bajo medida de aseguramiento en centro carcelario.
Teniendo en cuenta lo que establece el Código Penal de Colombia, el delito de feminicidio puede castigarse con una pena de hasta 41 años de cárcel. Situación que obligó a la defensa de Óscar Gómez a apelar la medida de aseguramiento que ordenó el juez. Sin embargo, seguirá cobijado por la medida de prisión en un centro penitenciario mientras se desarrollan las siguientes audiencias y se da una determinación final de esta maniobra judicial.
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