
El decreto sobre paridad de género en Colombia enfrenta una demanda formal por parte de líderes y organizaciones feministas, quienes consideran que el texto permite una interpretación que podría dejar fuera del objetivo real de la norma a los cargos ministeriales.
Esta acción judicial solicita anular el decreto expedido el pasado 30 de julio “por vulnerar la Constitución, la Ley 581 de 2000 modificada por la Ley 2424 de 2024, y la jurisprudencia constitucional”.
Según las demandantes, el Gobierno implementó una cuota global para cargos de máximo nivel decisorio y otra para los de otros niveles, en vez de aplicarla de manera específica, como ha definido la Corte Constitucional.
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El texto del decreto se originó tras la aprobación en septiembre de 2024 de una nueva ley, sancionada por el presidente Gustavo Petro, que aumentó la cuota de participación femenina en cargos públicos del 30 al 50 por ciento. El Departamento Administrativo de la Función Pública (Dafp) fue responsable de la reglamentación mediante el decreto.
Según información suministrada por Cambio, el borrador estuvo abierto para consultas ciudadanas, pero solo recibió una observación oficial en el plazo de 15 días, planteada por Sandra Camargo, que propuso que los cargos temporales también estuviesen cubiertos, propuesta que la administración rechazó.

El principal foco de crítica recae sobre cómo el decreto define los llamados “cargos de máximo nivel decisorio” y “otros niveles decisorios”, divisiones que, para las organizaciones demandantes, podrían permitir una lectura en la que la cuota de género se aplica al total del grupo y no a cada cargo de manera individual.
Este enfoque sería contrario al precedente fijado por la Corte Constitucional, que en su revisión de la Ley 581 de 2000 explicó: “La Corte entiende que es una cuota específica y no global. Es decir que se aplica a cada categoría de cargos y no al conjunto de empleos que conforman el ‘máximo nivel decisorio’ y los ‘otros niveles decisorios’. A manera de ejemplo, significa que 30 por ciento de los Ministerios, 30 por ciento de los Departamentos Administrativos, 30 por ciento de la Superintendencias, etcétera, deben estar ocupados por mujeres”.
Las organizaciones afirman que la redacción del decreto posibilita que, por ejemplo, todos los ministerios sean ocupados por hombres, mientras que haya una compensación de mujeres en cargos directivos de menor rango, anulando el sentido de paridad real en los espacios de mayor toma de decisiones.

Jennifer Pedraza, representante a la Cámara que figura entre las demandantes, calificó el decreto como “un caballo de Troya para las mujeres” y explicó: “La Ley es clara en que en los cargos de máximo nivel divisorio deben ser ocupados al menos por 50 por ciento de mujeres. Sin embargo, el Gobierno hace una interpretación errada al querer equiparar a los y las ministras con otros cargos directivos de entidades públicas”.
A pesar de las advertencias de la Corte Constitucional, el decreto final no fue ajustado y quedó idéntico al borrador inicial. Expertos consultados subrayan que, aunque la intención del decreto es avanzar en equidad, la ambigüedad en la forma de aplicar las cuotas puede dar lugar a más demandas y a controversias futuras respecto a nombramientos en el Ejecutivo y otros niveles del Estado.

Las demandantes piden no solo la nulidad del decreto, sino la emisión de una reglamentación más precisa que garantice la igualdad real en todos los niveles y no permita “jugaditas” a futuro.
Por otro lado, María José Pizarro, senadora y coautora de la nueva ley de paridad, expuso a en el medio de comunicación mencionado anteriormente que “Hasta ahora, no conozco las inconformidades u observaciones de las organizaciones al decreto. Sin embargo, este reglamenta de forma clara lo legislado en el congreso y establece con precisión cuáles son los cargos de nivel decisorio y máximo nivel decisorio, tanto a nivel nacional como territorial, en los que la participación efectiva de las mujeres tiene que ser paritario”.
Desde 2000, Colombia ha intentado aumentar la representación femenina en cargos con poder real en el Estado, alcanzando para 2024 el 48,26 por ciento de mujeres en puestos directivos, de acuerdo con el Dafp. Ahora, la controversia sobre la adecuada aplicación de la nueva ley pone a prueba la promesa de una paridad efectiva en el ejercicio del poder público colombiano.
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