
En Colombia, utilizar el celular u otros dispositivos móviles mientras se conduce es una práctica sancionada por la ley, a pesar de que muchas personas dependen de aplicaciones como Waze o Google Maps para orientarse en la vía.
Manipular el teléfono mientras el vehículo está en movimiento puede acarrear una multa significativa y, más grave aún, poner en riesgo la vida propia y la de los demás.
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, hay una infracción conocida como la C38, que es la que sanciona a los conductores que usan sistemas móviles de comunicación —como teléfonos o tabletas— durante la conducción, incluso si están instalados en el vehículo.
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Esta norma aplica también si el dispositivo está siendo usado como sistema de navegación y el conductor lo manipula mientras maneja.

La multa por esta infracción equivale a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que representa cerca de $650.000 pesos colombianos. Además, la infracción puede imponerse incluso si el vehículo está detenido en un semáforo en rojo o en medio de un trancón, siempre que el conductor esté manipulando el teléfono, según indica la norma.
¿Por qué es tan grave usar el celular al volante?
Diversos estudios, entre ellos los de la Organización Mundial de la Salud (OMS), han demostrado que usar el celular mientras se conduce cuadruplica el riesgo de sufrir un accidente. Estos dispositivos reducen significativamente la capacidad de reacción del conductor y desvían su atención de señales viales clave.
Algunos de los riesgos asociados son:
- Reducción del campo visual: la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) estima que mirar una pantalla puede provocar una pérdida de visibilidad de hasta 60 grados.
- Distracción prolongada: escribir o leer en el celular implica distracciones cognitivas y visuales que pueden durar varios segundos. A una velocidad de 50 km/h, en solo 19 segundos un vehículo puede recorrer casi 200 metros sin atención plena.
- Aumento del tiempo de reacción: manipular el celular hace que el conductor reaccione más lentamente ante peatones, vehículos o cambios en la vía.

¿Qué pasa si uso Waze o Maps?
Usar aplicaciones de navegación no está prohibido, pero su manipulación mientras el vehículo está en movimiento sí lo está. Por eso, si necesita usar estas herramientas, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones para evitar sanciones y accidentes:
- Programe la ruta antes de arrancar el vehículo.
- Utilice soportes seguros que no bloqueen la visión ni requieran contacto manual constante.
- Active los comandos por voz o use asistentes virtuales para modificar rutas o recibir instrucciones.
- Evite manipular el teléfono mientras conduce. Si necesita hacerlo, estacione en un lugar seguro.
¿Cómo pagar la multa por infracción C38?
Si ya recibió un la infracción y tiene que pagar la multa, puede optar por pagarla con descuento del 50% si lo hace dentro de los cinco días hábiles posteriores a la notificación. También puede impugnar la infracción presentando pruebas ante la autoridad de tránsito.
Las opciones de pago son presencial en la Secretaría de Movilidad de su municipio o en línea a través de la plataforma digital de su Secretaría de Movilidad.

Aunque los vehículos modernos integran cada vez más tecnología para facilitar la experiencia de conducción, en Colombia existen restricciones estrictas sobre el uso de esas aplicaciones y también respecto a ciertos tipos de pantallas dentro del automóvil.
El Código Nacional de Tránsito (CNT) regula el uso de estos dispositivos para prevenir distracciones que puedan generar accidentes.
¿Qué tipo de pantallas están prohibidas?
Aquellas que puedan desviar la atención del conductor mientras el vehículo está en movimiento, como por ejemplo, las pantallas para ver televisión, películas, series o videos durante la conducción; proyectores o dispositivos que muestren imágenes dentro del campo visual directo del conductor; sistemas de entretenimiento que exijan interacción constante por parte del conductor, como juegos o aplicaciones que obligan a tocar la pantalla con frecuencia.
El uso indebido de pantallas se encuentra regulado principalmente en los artículos B23 y el mencionado C38 del Código Nacional de Tránsito:
- Artículo B23: sanciona el uso de “pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos mientras están en movimiento”. Esta falta equivale a una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, cerca de $350.000 pesos en 2024.
- Artículo C38: prohíbe el uso de “sistemas móviles de comunicación o teléfonos instalados en los vehículos al momento de conducir”, incluso si están montados en soportes. Esta infracción conlleva una multa más severa, de 15 salarios mínimos diarios, que en 2024 representa aproximadamente $650.000 pesos.
Ambas sanciones pueden ser impuestas directamente por la Policía de Tránsito, si el agente determina que el conductor está haciendo un uso distractor de las pantallas mientras maneja.
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