
La preocupación por el bienestar de la infancia en el entorno digital ha dado un nuevo paso en Colombia con la sanción de la Ley 2489 de 2025, orientada a garantizar entornos digitales sanos y seguros para los niños, niñas y adolescentes.
Entre las motivaciones más urgentes para esta legislación figura el dato de que el 12% de los menores que usan internet ha informado haber experimentado cibermatoneo en el último año, lo que evidenció la necesidad de introducir herramientas regulatorias y educativas frente a los riesgos que enfrentan los jóvenes en el uso intensivo de tecnología y redes.
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Según destacó el representante Julián López, autor de la iniciativa, la nueva normativa no solo responde a los riesgos actuales de internet, sino que propone una estructura que involucra a toda la sociedad colombiana en la tarea de protección digital.
“Nos acaban de sancionar nuestra ley de entornos digitales, es la ley 2489 del 2025. Los niños y los jóvenes están más de 10 horas conectados al celular. Nosotros con esta ley queremos proteger a nuestros niños, crear un comité, hacer mucha política pública, educación para que nuestros niños no estén tan pegados al celular, responsabilidades en el ambiente digital, de verdad que estamos muy contentos cuidando nuestra niñez y nuestra juventud”.

En el texto oficial, el Congreso de la República establece que el objeto de la ley se centra en promover entornos digitales más saludables y seguros para la población menor de edad, a través de “la articulación de esfuerzos entre diferentes entidades del gobierno, los padres de familia, las empresas privadas, las organizaciones sin ánimo de lucro y la sociedad en general”, con el objetivo de impulsar la prevención de riesgos, la educación sobre hábitos tecnológicos saludables y la garantía integral de los derechos infantiles en el espacio digital.
El artículo 2 de la ley describe el entorno digital sano y seguro como aquel que es “promovido por plataformas digitales y servicios de internet donde los niños, niñas y adolescentes pueden interactuar de manera protegida frente a cualquier tipo de violencia o tratos inadecuados en línea”, de forma que puedan ejercer derechos, aprender y socializar sin riesgos como contenidos inapropiados, explotación sexual, ciberacoso, engaño o violencia digital.
La nueva normativa se apoya en principios fundamentales: la corresponsabilidad (donde familia, Estado, empresas y sociedad comparten el deber de protección); el interés superior de los niños, la protección integral del menor, la necesidad de medidas proporcionales y basadas en evidencia, y un enfoque basado en los derechos humanos que prioriza la protección sin menoscabar libertades fundamentales ni restringir indebidamente la innovación digital.
El texto de la Ley 2489 de 2025 detalla los derechos digitales de los niños y adolescentes, remitiendo expresamente la protección de estos a la Convención sobre los Derechos del Niño y a las observaciones de los comités internacionales sobre su relación con internet y el impacto corporativo en la niñez.

El Gobierno Nacional deberá adoptar medidas para impedir que los menores enfrenten ciberacoso, explotación, abuso o discriminación, así como garantizar “el acceso a internet de manera justa y beneficiosa”, cerrar la brecha digital de género y promover la equidad en la alfabetización digital.
Un aspecto clave de la ley radica en la promoción del derecho a la educación digital, la libertad de expresión y la participación activa de los menores en la formulación de políticas digitales, siempre bajo acompañamiento. Se garantiza que “los derechos solo se restringirán para garantizar la protección de los niños y niñas frente a informaciones perjudiciales para su bienestar, desarrollo e integridad”.
En cuanto a responsabilidades institucionales, la normativa asigna al Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la promoción de entornos saludables para todos los niños sin discriminación, así como el desarrollo de políticas y regulaciones en coordinación con otros organismos estatales.
También se encargará de fomentar campañas de educación y sensibilización en el uso seguro de la tecnología, tanto desde el ámbito escolar como a través de medios públicos de comunicación.
Dentro de los ejes de acción emanados de la ley, el Ministerio de Educación Nacional, junto con el Ministerio de TIC, definirá los lineamientos para que las instituciones educativas incorporen estrategias pedagógicas, técnicas y administrativas que faciliten el desarrollo de competencias ciudadanas y tecnológicas orientadas a la ciudadanía digital, la privacidad, la prevención de riesgos y la promoción de hábitos saludables en el manejo de la tecnología. La comunidad educativa y familiar compartirá la corresponsabilidad en este proceso.
Este Comité tendrá como misión “promover la discusión y el desarrollo de políticas sobre el impacto de la tecnología en niños, niñas y adolescentes desde los ámbitos de salud, educación y garantía de derechos”, así como generar lineamientos para la prevención de riesgos digitales, fomentar el uso de herramientas de control parental y actualizar los protocolos de respuesta ante incidentes de ciberacoso y otras amenazas emergentes en línea.
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