Ministerio de Educación le puso alto a los colegios: no podrán negarle el ingreso a clases a los estudiantes que no cumplan con esta norma

De acuerdo con el concepto jurídico emitido, identificado con el número 40584, la cartera educativa recordó que la Constitución Política de Colombia reconoce la educación como un derecho fundamental y un servicio público esencial

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Alumnos en un aula. (Europa
Alumnos en un aula. (Europa Press)

El Ministerio de Educación Nacional ratificó recientemente que en Colombia ningún estudiante puede ser privado de ingresar a clases por no portar el uniforme escolar. La aclaración, publicada a través de la página oficial de la entidad, responde a una consulta frecuente de padres de familia y cuidadores que se preguntan si las instituciones educativas, tanto públicas como privadas, están facultadas para restringir el acceso a las aulas por esta razón.

De acuerdo con el concepto jurídico emitido, identificado con el número 40584, la cartera educativa recordó que la Constitución Política de Colombia reconoce la educación como un derecho fundamental y un servicio público esencial, tal como lo consagra el artículo 67. Esto significa que el acceso a la educación no puede estar supeditado a requisitos que, como la falta de uniforme, puedan convertirse en barreras para garantizar ese derecho.

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Aunque la normativa vigente —en particular el artículo 87 de la Ley 115 de 1994, conocida como Ley General de Educación— permite que los colegios elaboren sus propios manuales de convivencia, donde suelen incluir directrices sobre presentación personal y uso del uniforme, el Ministerio fue enfático en que ninguna disposición interna puede estar por encima de los derechos fundamentales de los estudiantes.

En la práctica, algunas instituciones educativas han recurrido a medidas disciplinarias como llamados de atención, amonestaciones e incluso sanciones cuando los estudiantes no cumplen con portar el uniforme reglamentario. Sin embargo, la posición del Ministerio subraya que dichas medidas no pueden derivar en la prohibición de ingreso a clases ni convertirse en motivos de exclusión o discriminación.

El Ministerio de Educación Nacional
El Ministerio de Educación Nacional ratificó recientemente que en Colombia ningún estudiante puede ser privado de ingresar a clases por no portar el uniforme escolar - crédito Movant Connection

La cartera educativa instó a colegios y comunidades académicas a revisar sus reglamentos internos para que se ajusten a lo establecido en la Constitución y en la Ley, priorizando siempre el derecho a la educación por encima de normas accesorias relacionadas con la presentación personal. El concepto jurídico, disponible para consulta pública, busca servir de orientación para directivos, docentes, padres y estudiantes que puedan verse involucrados en situaciones relacionadas con el uso del uniforme.

Con esta directriz, el Ministerio de Educación invita a garantizar ambientes escolares incluyentes y respetuosos de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes del país, recordando que ningún obstáculo administrativo debe poner en riesgo su permanencia en el sistema educativo.

Cómo contactarse con el Ministerio de Educación de Colombia

Los usuarios pueden acudir presencialmente a la sede principal del Ministerio, ubicada en el Centro Administrativo Nacional (CAN) de Bogotá, en la Calle 43 No. 57‑14. La atención presencial se presta de lunes a jueves entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m., y los viernes desde las 7:00 a.m. hasta las 4:00 p.m., en jornada continua.

Quienes prefieran no desplazarse pueden comunicarse a través de la línea gratuita nacional 018000-910122, habilitada desde cualquier punto del país, o llamar en Bogotá al (601) 222 2800. Otra alternativa es escribir al correo electrónico atencionciudadano@mineducacion.gov.co, medio que tiene un tiempo promedio de respuesta de cinco días hábiles.

Los usuarios pueden acudir presencialmente
Los usuarios pueden acudir presencialmente a la sede principal del Ministerio, ubicada en el Centro Administrativo Nacional (CAN) de Bogotá, en la Calle 43 No. 57‑14 - crédito Colprensa

El Ministerio de Educación también dispone de un chat web alojado en su portal oficial (www.mineducacion.gov.co), donde un agente virtual orienta a los usuarios en tiempo real durante el horario laboral. A esto se suma el formulario virtual de PQRS (Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones), disponible en línea para ser diligenciado desde cualquier lugar.

Como complemento, la entidad ofrece atención a través de WhatsApp en el número +57 322 388 8663. Este canal funciona las 24 horas del día, los siete días de la semana, y está diseñado para responder de forma automatizada y permanente a las inquietudes de la ciudadanía.

Las redes sociales oficiales del Ministerio —Facebook, X (anteriormente Twitter), Instagram, YouTube y LinkedIn— también sirven como punto de contacto y difusión de información sobre programas, proyectos y convocatorias, además de ser espacios para resolver dudas frecuentes.

En casos de notificaciones judiciales, la entidad dispone del correo exclusivo notificacionesjudiciales@mineducacion.gov.co, reservado para comunicaciones oficiales de autoridades competentes.