
El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) emitió una decisión administrativa que genera controversia en el país.
El general en retiro Jesús Armando Arias Cabrales, condenado a 35 años de prisión por su responsabilidad en la desaparición forzada de personas durante la toma del Palacio de Justicia en 1985, no cumplirá su condena en una cárcel convencional.
Tampoco será recluido en un centro de reclusión militar colectivo, como ocurre con otros miembros de la Fuerza pública condenados por delitos similares.
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A diferencia de otros miembros de la fuerza pública, Arias Cabrales fue autorizado para cumplir su pena en un apartamento, una decisión que ha despertado críticas de sectores que consideran que se trata de un trato privilegiado e injustificado para un condenado por graves violaciones a los derechos humanos.
En su lugar, fue autorizado a permanecer detenido en un apartamento exclusivo dentro de un complejo militar en Bogotá.
La decisión quedó consignada en la Resolución 5627 del 27 de junio de 2025, revelada por W Radio.
El documento, firmado por el teniente coronel Rolando Antonio Ramírez Sanabria, director encargado del Inpec, restablece el uso de pabellones especiales para la reclusión de integrantes de la fuerza pública, medida que había sido revocada por una resolución anterior.
Sin embargo, el cambio ahora beneficia únicamente a un interno: el general Arias Cabrales.

Según el artículo primero de la resolución, el lugar de reclusión asignado es un apartamento ubicado en las casas fiscales del Batallón de Artillería número 13 General Fernando Landazábal Reyes, en el norte de Bogotá.
En concreto, cumplirá su condena en un apartamento ubicado dentro de un complejo militar de la Decimotercera Brigada del Ejército Nacional, en el norte de Bogotá.
La decisión del Inpec se tomó luego de recibir un concepto favorable de la Dirección de Atención y Tratamiento de la entidad, que justificó la medida por la “avanzada edad” del general retirado, que está próximo a cumplir 89 años.
A diferencia de otros militares condenados, que suelen compartir espacios en instalaciones colectivas de reclusión, Arias Cabrales permanecerá en un pabellón individual adaptado especialmente para él.
El lugar, aunque militar, no forma parte de una guarnición penal sino de un conjunto residencial dentro de un recinto castrense, con condiciones que han generado interrogantes sobre la igualdad en la aplicación de la justicia.
La resolución enumera otros pabellones habilitados en unidades militares como Tolemaida, Apiay o Malambo, pero destaca que este nuevo espacio se crea de forma exclusiva para el general Arias Cabrales, quien será custodiado por personal militar, muchos de ellos antiguos subalternos suyos.

En marzo de 2023, la JEP excluyó a Arias Cabrales de su competencia y, el 7 de febrero del 2024, remitió el caso a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para que resolviera el recurso de revisión.
Al analizar el caso, la Corte explicó que los requisitos de admisibilidad para una acción de verificación varían entre la jurisdicción ordinaria y la JEP en dos aspectos clave: mientras que en la justicia ordinaria se requiere un poder especial otorgado a un abogado para presentar la demanda, en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) basta con que el apoderado ya haya sido reconocido dentro del proceso ordinario.
Además, la JEP requiere que el solicitante cumpla condiciones específicas para que su solicitud sea estudiada, como la relación directa o indirecta de la conducta con el conflicto armado, la calidad de combatiente y el compromiso de aportar verdad, reparar a las víctimas y no reincidir. “Estos requisitos, sobra decir, no son exigibles en la justicia ordinaria”, señala la sentencia.
Arias Cabrales ha reiterado en entrevistas con el medio Semana que “soy inocente, fui quien terminó como chivo expiatorio de estas circunstancias”.

Añade que, según investigaciones posteriores, “de las 13 personas que inicialmente se mencionaban como desaparecidas han venido apareciendo, lo cual está confirmando un fallo que me fue favorable en la justicia penal militar. Se dice que no había ninguna responsabilidad de mi parte ni de las otras personas de la Brigada 13 que hacían parte del grupo de inteligencia”.
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