
El Juzgado Segundo Administrativo de Cali, Valle del Cauca, emitió una sentencia en primera instancia contra un agente del Esmad, entidad que actualmente se denomina Undmo (Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden), por disparar una escopeta tipo lanza granada que causó que Giovanny García Garrido, de 25 años en ese momento, perdiera su ojo izquierdo.
El fallo señaló al agente como responsable directo del hecho y estableció una condena por el uso desproporcionado de la fuerza durante una intervención.
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La decisión judicial también involucra al Estado colombiano, reconociendo su responsabilidad, así como la de la Alcaldía de Cali y la Policía Nacional. Los hechos ocurrieron durante el paro nacional, conocido como estallido social. La agresión en la que Giovanny García Garrido perdió su ojo izquierdo se registró el 29 de abril de 2021 en el sector de Paso del Comercio.
García, un joven vallecaucano con dos carreras técnicas, se encontraba en el lugar cuando un agente accionó una escopeta tipo lanza granada, lo que le provocó la mutilación ocular. Tras el incidente, su familia, acompañada por organizaciones sociales de víctimas y de derechos humanos, emprendió un proceso judicial para buscar justicia, reparación y garantías de no repetición.

Qué menciona el fallo en primera instancia
El fallo que se da en primera instancia luego de cuatro años de un extenso ir y venir por estrados judiciales se dio, según lo que explicó el juez, porque la Policía, es decir el Esmad, disparó en dirección hacia donde iba pasando este joven, que según lo que mencionó en su comunicado luego de conocerse la medida, la Corporación Justicia y Dignidad mencionó que él ni siquiera estaba haciendo parte del grupo de manifestantes.
“A Giovanny García Garrido lo hirieron sin razón. No lanzaba piedras, no agitaba una bandera, no gritaba consignas. Caminaba, como cualquiera, por el Paso del Comercio en Cali, una mañana del 29 de abril de 2021, en medio del Paro Nacional”, reza en el mensaje oficial.
En tanto que el documento judicial reza lo siguiente: “Para el Despacho salta a la vista que las heridas sufridas fueron provocadas por un objeto contundente que coincide con un cartucho de fusil lanza gas, pues es justamente al ser este cartucho disparado con un fusil, donde alcanza la potencia para generar la magnitud del daño que padeció la víctima, y no pudo haberse generado por una piedra u otro objeto”
Pero esto no para allí, por seguido a lo anterior se menciona en la argumentación del togado que “una testigo visual, aseguró ver cuando un uniformado apunta directamente a la humanidad de GIOVANNY GARCIA GARRIDO. Esta situación le ocasionó un daño permanente a él y a su familia.”

Sumado a todo lo anterior, también se denunció por parte de Asociación para la Investigación y Acción Social, Nomadesc, y Memoria Viva Colombia en un informe que “durante 4 meses, más de 64 jóvenes fueron asesinados en la ciudad (Cali), cientos fueron víctimas de intento de homicidio, detenciones arbitrarias, abuso sexual violento y otros hechos atroces sobre los que se han pronunciado organismos internacionales como la Cidh (Comisión Interamericana de Derechos humanos), la Oficina del Alto comisionado de Naciones Unidas y Misiones de verificación de diferentes países, quienes evidenciaron la acción directa de agentes del Estado para reprimir las protestas sociales”, menciona el documento.
En Colombia más de 100 personas sufrieron traumas oculares por represión policial durante el Paro Nacional de 2021
Un informe elaborado por el Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (Paiis) de la Universidad de los Andes, la ONG Temblores y Amnistía Internacional documenta el uso excesivo de la fuerza por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) de la Policía Nacional de Colombia durante el Paro Nacional de 2021, que resultó en más de un centenar de personas con traumas oculares.
El estudio, publicado en 2021, se basa en el análisis de doce casos de violencia policial que derivaron en lesiones oculares irreversibles, ocho de los cuales ocurrieron durante las protestas iniciadas el 28 de abril de 2021. La mayoría de los incidentes se registraron en Bogotá, aunque también se documentaron casos en Popayán, Florencia, Medellín y Manizales.
El informe incluye testimonios de víctimas, análisis de material audiovisual y datos recopilados por la plataforma GRITA de Temblores, que reportó al menos 103 casos de lesiones oculares entre el 28 de abril y el 20 de julio de 2021.

Patrones de represión y uso de armas potencialmente letales
El informe identifica un patrón sistemático de uso desproporcionado de la fuerza por parte del Esmad, y en especial a través del empleo de armas potencialmente letales como proyectiles de impacto cinético y granadas de gas lacrimógeno lanzadas directamente al rostro de los manifestantes.
De los 103 casos registrados, el 54% ocurrieron en Bogotá y la mayoría de las víctimas fueron hombres jóvenes en su mayoría estudiantes, entre 18 y 22 años.
Las lesiones más frecuentes incluyeron la pérdida total o parcial de la visión y, en algunos casos, la pérdida completa del globo ocular.
El informe señala que 18 de los casos documentados se debieron al impacto directo de granadas de gas lacrimógeno en la cara, esto contraviene los protocolos internacionales sobre el uso de la fuerza en contextos de protesta.

Testimonios de víctimas y consecuencias a largo plazo
El documento recoge los relatos de cinco víctimas emblemáticas, entre ellas Gareth Sella (exviceministro de Juventud), Leidy Cadena, Sandra Pérez y su hija Sara Cárdenas, y Camilo Carvajal.
Los testimonios describen no solo el daño físico, sino también las consecuencias psicológicas, sociales y económicas derivadas de las lesiones.
Las víctimas reportaron dificultades para acceder a atención médica y psicosocial adecuada, así como obstáculos para la rehabilitación y la reintegración laboral y educativa.
En varios casos, las víctimas denunciaron haber sido blanco de ataques deliberados por parte de agentes del Esmad, y que según los testimonios, apuntaron directamente a la cabeza o el rostro.

Además, algunas personas afectadas, como Leidy Cadena y Sandra Pérez, reportaron amenazas y hostigamientos posteriores a la denuncia de los hechos, y esto las llevó a abandonar el país por motivos de seguridad.
Falta de atención integral y revictimización
El informe destaca la ausencia de protocolos claros para la atención de personas con traumas oculares en el sistema de salud colombiano.
Las víctimas relataron experiencias de discriminación y estigmatización al buscar atención médica, así como la falta de acceso a servicios de rehabilitación y apoyo psicológico. En la mayoría de los casos, los costos de tratamientos, prótesis y medicamentos han recaído sobre las propias víctimas y sus familias.
El impacto de las lesiones se extiende a la vida cotidiana, afectando la movilidad, la capacidad para trabajar y estudiar, y la salud mental de las personas afectadas.
Recomendaciones y llamados a la reforma policial
Las organizaciones responsables del informe instan al Estado colombiano a emitir una orden inequívoca para detener el uso abusivo de la fuerza por parte del Esmad (creado en 1999) y a reconocer públicamente la gravedad de las violaciones de derechos humanos cometidas durante el Paro Nacional.
Entre las recomendaciones se incluye la necesidad de separar a la Policía Nacional y al Esmad del Ministerio de Defensa para garantizar un enfoque civil en su actuación, así como la implementación de sistemas de supervisión independientes y efectivos.

El informe también solicita el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de septiembre de 2020, que ordena garantizar los derechos a la protesta pacífica y la libertad de prensa. Asimismo, se propone la creación de protocolos conjuntos para la atención inmediata de personas heridas en manifestaciones y la elaboración de un plan de atención integral para las víctimas de trauma ocular.
Por último, en el documento se invitó a la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación a investigar de manera diligente e imparcial los casos de violencia policial y a garantizar la reparación integral de las víctimas.
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