
La familia del líder político Álvaro Gómez Hurtado presentó el martes 15 de julio un recurso de reposición y, en subsidio, de apelación contra la Resolución 01 del 4 de julio de 2025, mediante la cual la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de Hechos y Conductas (Srvr) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) asumió la competencia para investigar su homicidio, ocurrido el 2 de noviembre de 1995.
Los recursos fueron interpuestos por María Mercedes Gómez Escobar y Enrique Gómez Martínez, en su calidad de familiares y víctimas reconocidas. En un comunicado conjunto, expresaron que esta decisión judicial fue adoptada “tras cuatro años y nueve meses de espera y de la parálisis total de las investigaciones en la Fiscalía”, y que debe ser revocada por “la falta de evidencia relevante que confirme la auto imputación de los miembros del secretariado de las Farc”.
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Críticas al procedimiento de la JEP
La familia argumenta que la JEP no respetó el debido proceso y vulneró los derechos de las víctimas al limitar su participación en la etapa previa a la asunción de competencia. Según el documento, el tribunal transicional “se negó a practicar las pruebas solicitadas y no revisó adecuadamente el acervo probatorio recaudado por la Fiscalía”, el cual sustenta la hipótesis vigente que relaciona el magnicidio con el Cartel del Norte del Valle y con funcionarios del Gobierno del entonces presidente Ernesto Samper.
Además, señalaron que la declaratoria de competencia se hizo sin cumplir con el “estándar mínimo de la calidad de la prueba exigible” en esta fase del proceso. Por tal razón, solicitaron que se revoque completamente la resolución y se ordene la remisión del caso a la Fiscalía General de la Nación y a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, órganos que tienen competencia para investigar otras hipótesis y actores eventualmente involucrados.

Pruebas solicitadas por la familia
En caso de que el recurso de reposición no prospere, la familia Gómez pidió que, como mínimo, se deje sin efecto la declaratoria de competencia y se practiquen pruebas adicionales. Entre ellas se incluyen:
- El testimonio juramentado del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso.
- Una pericia forense integral al llamado “Libro Gordo de Marulanda”, presunto documento clave sobre decisiones estratégicas de las Farc.
- La entrega completa de los archivos digitalizados a las víctimas.
- Una inspección judicial con presencia de las víctimas al expediente 110010247000-2020-00056-00 de la Corte Suprema.
- La apertura de un incidente de incumplimiento contra los excomandantes de las Farc que reconocieron participación directa.
- Acceso judicial con participación de las víctimas a los archivos del extinto DAS, para esclarecer seguimientos y perfilamientos previos al crimen.

Contexto del caso y decisiones de la JEP
A comienzos de julio de 2025, la JEP anunció que investigará siete homicidios selectivos dentro del Macrocaso 10, centrado en crímenes no amnistiables cometidos por las Farc. Entre ellos, los de Álvaro Gómez Hurtado y José del Cristo Huertas Hastamorir.
Desde 2020, varios exmiembros del secretariado de esa guerrilla, entre ellos Julián Gallo Cubillos, alias Carlos Antonio Lozada; y José Nicolás Hurtado, alias Carlos Huevo; reconocieron su responsabilidad en estos crímenes como parte de los llamados Aportes Tempranos de Verdad.
Sin embargo, los familiares de Gómez han insistido en que tales confesiones carecen de sustento probatorio sólido y son contrarias a las investigaciones que adelantaba la justicia ordinaria.
En el análisis que hizo la Sala de Reconocimiento para asumir competencia, se tuvo en cuenta el mandato de la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz, que permite a la JEP asumir casos cuando: (i) los crímenes han sido cometidos por comparecientes; (ii) ocurrieron antes del 1 de diciembre de 2016, fecha del Acuerdo Final de Paz; y (iii) guardan relación con el conflicto armado.
A pesar de ello, la JEP aclaró que su competencia solo se refiere a los comparecientes ante esa jurisdicción y que las demás autoridades judiciales pueden continuar con sus investigaciones bajo otras hipótesis de responsabilidad.
¿Qué viene ahora?

Tras la presentación de estos recursos, la Sección de Apelación de la JEP deberá decidir si revoca la resolución, ordena nuevas pruebas o ratifica la decisión de la Srvr. Según la normativa, las víctimas tienen derecho a ser escuchadas y a aportar elementos que permitan contrastar los relatos entregados por los exintegrantes de las Farc.
Enrique Gómez Martínez, abogado de la familia y sobrino del dirigente asesinado, reiteró que “esperamos que se revoque la decisión por la evidente violación del estándar mínimo de la calidad de la prueba exigible en esta etapa de la intervención de la JEP y esperamos que se reanuden de inmediato las investigaciones suspendidas y se avance en la determinación de la responsabilidad penal del caso”.

La controversia jurídica por el magnicidio de Álvaro Gómez Hurtado continúa abierta, y el fallo que emita la JEP frente a estos recursos podría tener consecuencias significativas para el esclarecimiento del crimen y para la legitimidad de las versiones entregadas por los comparecientes de las extintas Farc.
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