
Una intensa controversia institucional generó el Decreto 0799 del 9 de julio de 2025, expedido por el Ministerio de Justicia, que modifica de forma sustancial la competencia para revisar tutelas contra el presidente de la República.
Con esta nueva norma, se elimina la exclusividad del Consejo de Estado como órgano de primera instancia para conocer estos casos, asignando dicha función a los jueces del circuito. La medida despertó preocupación en la rama judicial y en entes de control, siendo calificada como un “arreglo polémico” por el procurador General de la Nación, Gregorio Eljach.
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“Es un arreglo polémico, desde luego que no estamos acostumbrados a ello, pero creo que tiene derecho a plantear la discusión y que el Consejo lo resuelva”, expresó Eljach, dejando entrever que será precisamente esa alta corte, ahora despojada de la competencia, la que deberá evaluar la legalidad del decreto en cuestión.

El pronunciamiento del procurador se registró apenas días después de la publicación del decreto, que sorprendió incluso a magistrados del mismo Consejo de Estado. Eljach fue enfático en advertir que este tipo de decisiones no deben poner en entredicho la integridad de las instituciones judiciales ni su capacidad para ejercer funciones constitucionales.
“De la idoneidad del Consejo de Estado nadie puede dudar, de su integridad, de su dedicación a la aplicación de las normas jurídicas con apego a todos nuestros principios”, subrayó el jefe del Ministerio Público, rechazando cualquier insinuación que cuestione el papel de esa corporación en los controles al poder presidencial.
Reacción del Consejo de Estado: “Nos genera desazón”
El Consejo de Estado, directamente afectado por el contenido del decreto, no tardó en pronunciarse. Su presidente, el magistrado Luis Alberto Álvarez, explicó en entrevista con W Radio que la expedición del decreto 0799 no cumplió con los procedimientos establecidos por la ley, específicamente con el artículo 113 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).

Dicho artículo establece que toda disposición administrativa que afecte la organización, competencias o funcionamiento del Consejo de Estado debe ser consultada previamente con la Sala de Consulta y Servicio Civil de dicha corporación, hecho que, según Álvarez, no ocurrió.
“En este momento eso no ha acontecido y por eso lo que nos genera a nosotros es desazón un decreto de este orden emitido por el presidente de la República”, afirmó el magistrado, añadiendo que se trata de un procedimiento que vulnera las normas sobre la independencia y autonomía del poder judicial.
El Consejo de Estado, que hasta ahora tenía la competencia exclusiva para conocer tutelas contra el jefe de Estado, podría verse relegado a un segundo plano en temas que afectan directamente a la figura presidencial, lo cual, para varios juristas, representa una alteración de los equilibrios institucionales.
Más allá de la legalidad formal del decreto, el caso ha abierto una discusión de fondo sobre la separación de poderes en Colombia y los límites del Ejecutivo frente al aparato judicial. Analistas advierten que permitir que jueces del circuito —con menor jerarquía y experiencia en asuntos constitucionales— conozcan tutelas contra el presidente, podría poner en riesgo la estabilidad jurídica de decisiones que afectan al más alto nivel del Estado.

Revisión y posible nulidad
Aunque el decreto 0799 ya fue publicado y se encuentra vigente, su aplicación podría ser efímera si el Consejo de Estado decide declararlo nulo por vicios de procedimiento o por considerar que contraviene principios constitucionales. El procurador Eljach dejó claro que el tema merece una revisión jurídica seria.
“Tiene derecho a plantear la discusión y que el Consejo lo resuelva”, insistió el procurador, reforzando la expectativa de que será precisamente la misma corporación que ahora ha sido despojada de competencias la encargada de analizar su propia marginación.
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