Ante críticas, el Banco de la República dio noticias sobre lo que quiere que pase con la Reforma Pensional del Gobierno

El Emisor respondió, de manera indirecta, a señalamientos que hizo el ministro del Interior, Armando Benedetti, sobre la entrada en vigor de la nueva ley

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El Banco de la República
El Banco de la República será el encargado de la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc) de la reforma pensional - crédito Jaime Saldarriaga/Reuters

El Banco de la República respondió a las críticas del Gobierno de Gustavo Petro que, por medio de funcionarios como el ministro del Interior, Armando Benedetti, acusaron al Emisor de querer impedir la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024, “por medio de la cual se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, la Invalidez y la Muerte”, más conocida como Reforma Pensional, basada en un sistema de pilares (contributivo, semicrontributivo, solidario y de ahorro voluntario).

Exactamente, Benedetti, por medio de X, escribió el 14 de julio que “todo el mundo quiere legislar, ahora el Banco de la República quiere fijar la vigencia de la ley pensional”. Según el funcionario, “es como si yo le dijera a ellos que bajen las tasas de interés, que lo deberían hacer”. Insistió el ministro en que “hoy hay una ley aprobada por el Congreso, no se pongan creativos”.

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La publicación la hizo teniendo en cuenta que el banco central envió, el 10 de julio de 2025, una solicitud a la Corte Constitucional para que, en caso de que se declare la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024, se ordene un aplazamiento de tres meses en la implementación del nuevo régimen.

Armando Benedetti, ministro del Interior,
Armando Benedetti, ministro del Interior, criticó al Banco de la República por querer el aplazamiento de la entrada en vigor de la reforma pensional - crédito @AABenedetti/X

Ahora, por medio de un comunicado, la entidad, que tiene como gerente General a Leonardo Villar, aclaró que está comprometido con las obligaciones asignadas a la institución por la Reforma Pensional, principalmente, la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc).

Los dos propósitos del Banco de la República

Al respecto, aclaró que la comunicación enviada a la Corte Constitucional se hizo con dos propósitos.

El primero es aclarar la interpretación de la Corte sobre la vigencia de la ley y de los decretos que ya fueron expedidos en el proceso de reglamentación. Esto, según el banco central, es fundamental para avanzar en puntos como la firma de contrato entre el Banco de la República con el Ministerio de Hacienda, la selección de administradores externos y la designación de los miembros del Comité Directivo del Fapc a cargo de la Junta.

Leonardo Villar es el gerente
Leonardo Villar es el gerente general del Banco de la República - crédito Luisa González/Reuters

“Se venía trabajando en estos temas, pero el proceso se interrumpió tras la publicación del comunicado de la Corte del 17 de junio de 2025, en el cual se informa la decisión de ‘suspender a partir de la fecha la entrada en vigencia de las normas de la Ley 2381 de 2024 hasta el día siguiente a la fecha en la cual la Sala Plena decida definitivamente sobre la constitucionalidad de dicha ley’”, anotó el Emisor.

Margen de tiempo para avanzar

Y, en segundo lugar, solicitar a la Corte la posibilidad de definir un margen razonable de tiempo para avanzar en los procesos que, por razones ajenas al banco, ya venían atrasados y se interrumpieron a partir del 17 de junio.

Para ello, agregó, se sugirió que la entrada en vigencia de la ley no sea el día siguiente a la fecha de decisión sobre su constitucionalidad sino tres meses después de que se conozca la sentencia respectiva.

El Banco de la República
El Banco de la República aclaró que está comprometido con las obligaciones asignadas a la institución por la Reforma Pensional - crédito Banco de la República

Decisión sería inviable

Según lo comunicado por el Banco de la República, “la lectura preliminar del comunicado de prensa de la Corte Constitucional podría implicar que todos los procesos pendientes tendrían que hacerse entre la fecha en que se decida la constitucionalidad de la ley y el día inmediatamente posterior, lo cual resulta inviable desde el punto de vista práctico”.

Finalizó la entidad al lamentar las interpretaciones erradas que se hicieron sobre los planteamientos hechos mediante la carta enviada a la Corte Constitucional, que no tuvieron ningún propósito diferente a obtener claridad y proponer un plazo razonable para cumplir con lo que establece la ley, de conformidad con lo que decida el alto tribunal.