
A pesar de las promesas de información clave que podrían arrojar luces sobre el asesinato del fiscal paraguayo Marcelo Pecci, los principales condenados por este crimen en Colombia no obtuvieron el beneficio judicial que buscaban a cambio de su colaboración.
La fiscal general Luz Adriana Camargo rechazó tajantemente la solicitud de los sentenciados para acceder a ventajas legales a cambio de nuevos datos sobre los responsables y circunstancias detrás del homicidio ocurrido en las playas de Barú, Cartagena, el 10 de mayo de 2022.
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A pesar de que los sentenciados ofrecieron nuevos nombres y detalles inéditos sobre los autores materiales y las causas detrás del homicidio, la justicia colombiana desestimó su solicitud de beneficios legales.
De acuerdo con el diario El Tiempo, la petición de colaboración, formalizada el 13 de marzo de 2025, buscaba otorgar beneficios judiciales a Andrés Felipe Pérez Hoyos, Ramón Emilio Pérez Hoyos y Margareth Lizeth Chacón a cambio de información valiosa sobre el caso.

Sin embargo, Luz Adriana Camargo, fiscal general, notificó la negativa tres meses después, específicamente el 12 de junio, tras una exhaustiva revisión del proceso.
El argumento de la fiscal general se fundamentó en el artículo 416 de la Ley 600 de 2000, que prohíbe a los condenados acumular beneficios judiciales, según detalló el medio mencionado.
Los tres responsables, ya sentenciados por homicidio agravado y porte ilegal de armas agravado, cumplen una pena de 306,9 meses de prisión, equivalente a más de 25 años, tras haber recibido una reducción del 45% por aceptar cargos.
En la respuesta oficial, la Fiscalía manifestó: “Los aspirantes fueron condenados por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas agravado, a la pena principal de 306.9 meses de prisión, luego de obtener una rebaja de pena del 45% por haberse allanado a cargos. En ese sentido, el beneficio por colaboración es improcedente. Por consiguiente, se rechazará la solicitud de beneficios por colaboración por las razones señaladas”.

La propuesta de los condenados incluía revelar datos precisos sobre los grupos criminales detrás del crimen, identificando a los responsables directos, el modo de contacto, los lugares donde podrían ubicar a los autores intelectuales y las motivaciones que los llevaron al asesinato ocurrido en las playas de Barú, Cartagena.
El Tiempo conoció que los acusados manifestaron: “Iban a identificar a los miembros de la organización (la junta del narcotráfico de Dubái) y establecer las participaciones individuales en la ejecución del homicidio”.
Los hermanos Pérez Hoyos y Chacón también ofrecían datos sobre los financiadores del ataque, la procedencia del dinero utilizado en el crimen y el papel de Francisco Luis Correa Galeano, que según la investigación actuó como sicario y murió asesinado en prisión.
Este punto cobra relevancia, pues la muerte de Correa Galeano en la cárcel intensificó los temores de los condenados sobre su integridad física dentro del sistema penitenciario. El diario mencionado indicó que buscan evitar “correr la misma suerte que Correa Galeano en la cárcel”, lo que motivó su petición de colaboración.

Los sentenciados alegaron que su declaración podría contribuir al esclarecimiento del asesinato ocurrido hace ya tres años, un caso que sigue sin resolverse del todo pese a la condena de los implicados principales. Parte de los elementos que prometían aportar incluían identificar “a los miembros de la organización (la junta del narcotráfico de Dubái) y establecer las participaciones individuales en la ejecución del homicidio”, según la comunicación recibida por la Fiscalía y citada por El Tiempo.
La defensa, por su parte, continuó en su esfuerzo por revertir la decisión, argumentando que su solicitud no constituye la búsqueda de un privilegio adicional sino el ejercicio de un derecho.
Según recogió el medio mencionadi los defensores sostuvieron: “Siendo coherentes con lo que hemos venido manifestando, solo resta señalar que, si la rebaja de pena por allanamiento a cargos constituye un derecho, también lo es —y con mayor jerarquía— el derecho de las víctimas a conocer la verdad. Este último tiene rango constitucional en virtud del bloque de constitucionalidad y la aplicación del derecho convencional”.
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