La JEP imputó los delitos de tortura y tratos inhumanos a seis exmilitares por caso de ‘falsos positivos’ en Casanare

Tras analizar 17 casos, la Jurisdicción Especial para la Paz concluyó que las víctimas sufrieron violencia física y psicológica previo a su ejecución, en un patrón sistemático atribuido a la XVI Brigada entre 2005 y 2008

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Seis exintegrantes del Ejército Nacional
Seis exintegrantes del Ejército Nacional deberán responder por la violencia ejercida contra 26 víctimas antes de ser asesinadas - crédito Ejército Nacional y JEP

En una nueva y contundente decisión judicial, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó los delitos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes a seis exintegrantes del Ejército Nacional, por su presunta participación en casos de falsos positivos cometidos entre 2005 y 2008 en el departamento de Casanare.

La decisión se registró en el desarrollo del Caso 03, que investiga los asesinatos y desapariciones forzadas de civiles, presentados ilegítimamente como bajas en combate por agentes del Estado. Los seis militares señalados formaban parte de la XVI Brigada del Ejército y ya habían sido determinados previamente como máximos responsables o partícipes relevantes en este subcaso.

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Se trata de Wilson Salvador Burgos Jiménez, Marco Fabián García Céspedes, Jhon Alexander Suancha Florián, Wilfrido Domínguez Márquez, Miguel Andrés Sierra García, y Zamir Humberto Casallas Valderrama. Este último fue definido como partícipe no determinante, pero también fue llamado a reconocer su responsabilidad en los hechos.

Los seis exintegrantes de la
Los seis exintegrantes de la XVI Brigada del Ejército Nacional enfrentan cargos por crímenes cometidos entre 2005 y 2008 - crédito Ejército Nacional

De acuerdo con lo informado por la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP, la imputación se fundamenta en el análisis detallado de 17 hechos documentados, que implican a 26 víctimas. Estas personas fueron asesinadas y luego presentadas falsamente como combatientes caídos en enfrentamientos armados.

No obstante, el enfoque de esta nueva imputación se centra en el trato que recibieron las víctimas antes de ser ejecutadas. Las investigaciones revelaron actos de violencia física y psicológica, engaños para capturarlos y condiciones de traslado que incrementaron su vulnerabilidad.

Estos actos, con base en el análisis jurídico realizado por la magistratura, constituyen tortura contra personas protegidas, una conducta violatoria tanto del Código Penal colombiano como del derecho internacional humanitario y el Derecho Penal Internacional.

La imputación se basa en
La imputación se basa en 17 hechos documentados que implican a 26 víctimas asesinadas y presentadas como bajas en combate - crédito Colprensa

Es preciso mencionar que estos hechos no fueron aislados. La JEP reiteró que lo ocurrido en Casanare entre 2005 y 2008 correspondió a un patrón criminal sistemático, previamente expuesto en el Auto de Determinación de Hechos y Conductas del subcaso Casanare, proferido en 2022. En ese entonces, se documentó la existencia de al menos 296 víctimas directas atribuidas a la XVI Brigada, que habrían sido asesinadas bajo este modus operandi.

La nueva calificación jurídica que incluye el delito de tortura no solo amplía el espectro de responsabilidad penal, sino que profundiza el reconocimiento del sufrimiento de las víctimas y de sus familias, al establecer que la violencia no se limitó a los asesinatos, sino que incluyó actos previos igualmente graves y denigrantes.

Derivaciones judiciales y nuevas investigaciones

Como parte del proceso ante la Justicia Transicional Restaurativa, la Sala de Reconocimiento decidió trasladar algunos de los hechos investigados a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, para continuar el esclarecimiento del trato que recibieron las víctimas por parte de comparecientes que, si bien participaron directamente, no fueron seleccionados como máximos responsables.

La JEP destaca que las
La JEP destaca que las víctimas sufrieron violencia física y psicológica antes de ser ejecutadas - crédito montaje Colprensa

Adicionalmente, se remitió información al Subcaso Costa Caribe II, relacionada con la actuación del compareciente Juan Pablo Gutiérrez Jaramillo durante su paso por la XVI Brigada en Casanare. Este oficial ya fue imputado como máximo responsable en la Costa Caribe, en calidad de coautor de homicidio en persona protegida y desaparición forzada.

Entre tanto, los seis exmilitares imputados tienen 15 días hábiles para informar si aceptan o rechazan los nuevos cargos imputados por la JEP. En ese mismo lapso, podrán aportar pruebas, pronunciarse sobre los hechos y conductas, y referirse a su participación individual.

Este paso es clave dentro del procedimiento de justicia transicional: el reconocimiento de responsabilidad voluntaria y plena permite acceder a sanciones propias, mientras que la negativa abre paso a investigaciones más rigurosas y, eventualmente, a sanciones ordinarias, en caso de comprobarse la culpabilidad sin cooperación.

La JEP señaló que seguirá ampliando las investigaciones para incluir a los autores materiales, así como a los responsables por acción u omisión, dentro de la cadena de mando militar.