
Un día después de que seis exjefes de las extintas Farc reconocieran ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) su responsabilidad parcial por el reclutamiento de menores en medio del conflicto armado, se conocieron nuevos detalles del documento de más de 450 páginas en el que, aunque aceptan algunos delitos, también intentarían justificarse.
Según el texto conocido por La Silla Vacía, los exjefes guerrilleros admitieron su papel en el reclutamiento de 18.677 niños y niñas, pero rechazaron que varios de los delitos imputados por la JEP hayan formado parte de una política sistemática dentro de la organización armada.
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La reacción oficial, entregada a la justicia especial el lunes 7 de julio, ocurre tras un proceso judicial de ocho años y podría conducir a un juicio adversarial en caso de que el tribunal considere insuficiente la admisión de responsabilidad.
Los seis exmiembros firmantes son Rodrigo Londoño (“Timochenko”), Jaime Alberto Parra (“el Médico”), Milton Toncel (“Joaquín Gómez”), Pablo Catatumbo, Pastor Alape y Julián Gallo (“Carlos Antonio Lozada”), estos dos últimos activos en el Senado como representantes del partido Comunes, surgido a raíz del Acuerdo de Paz del 2016.

La presentación del escrito marca el plazo definitivo establecido para que los comparecientes, imputados por reclutamiento de menores, malos tratos, ejecuciones irregulares, torturas y violencia sexual, confirmaran por escrito si asumían o no la responsabilidad sobre los cargos formulados.
En el documento, los exguerrilleros reconocieron, en términos generales, la comisión de graves ilícitos, pero acompañaron este reconocimiento de numerosos reparos jurídicos.
La defensa, liderada por el abogado Daniel Andrés Alvarado —coordinador del macrocaso 07— y Camilo Fagua, impugna la tipificación y el alcance de varias imputaciones realizadas por la JEP, discutiendo la construcción de los patrones macrocriminales, el grado de autoría y la sistematicidad de varias conductas.
Incluso, el análisis jurídico ocupa la mayor parte de su respuesta, que busca matizar el nivel de responsabilidad asumido por los exjefes guerrilleros ante la justicia especial.

La JEP imputó de manera general el delito de reclutamiento de menores de 15 años, así como la ejecución de políticas internas que resultaron en el sufrimiento de niños y niñas reclutados.
Los acusados reconocieron completamente dos hechos principales: por un lado, la existencia de una política dentro de las Farc destinada al reclutamiento de menores entre 15 y 17 años, práctica considerada crimen de guerra a partir de 2005 por la normativa internacional.
Por otro, admitieron el establecimiento y cumplimiento de reglamentos internos sobre castigos, incluida la aplicación de condenas y ejecuciones sin juicio regular, afectando a los menores incorporados.
Sin embargo, la postura del Secretariado no fue la misma ante otras acusaciones de la justicia especial.
Frente al reclutamiento de menores de 15 años, los comparecientes consideraron que, aunque ocurrió en distintos momentos, no formó parte de una política formalmente institucionalizada por la organización, sino que se debió a “una falta de control efectivo”.
Por lo tanto, rechazaron la tipificación de coautores mediatos (figura usada en el derecho penal internacional para quienes comandan o inducen crímenes sin ejecutarlos directamente) y reconocieron responsabilidad solo por omisión.
Un argumento similar fue empleado ante las imputaciones sobre malos tratos y violencia sufrida por menores durante su permanencia en las filas de la guerrilla.

Los firmantes admitieron que ocurrieron hechos graves, pero defendieron que no se estructuraron como una política institucional deliberada, sino que respondieron a la disciplina militar y al funcionamiento interno de la organización, que no estaba concebida para menores.
Además, la respuesta del Secretariado destacó que ciertas conductas no deben reconocerse como tales delitos, en particular el cargo de tortura.
Argumentaron no poder aceptar su comisión porque, de acuerdo a su perspectiva, los mismos hechos ya han sido tipificados bajo otras figuras como “malos tratos” o “ultrajes a la dignidad personal”, impidiendo un doble reconocimiento jurídico para los mismos actos.
También sostuvieron que la JEP no probó suficientemente los elementos propios de la tortura en estas situaciones.
Respecto a los crímenes sexuales contra niños y niñas, los excombatientes consignaron en el documento que los reconocen “como hechos aislados” y aclararon que, dado que la JEP “no encontró que este patrón obedeciera a una política formal o de facto del grupo rebelde”, no pueden admitir la existencia de delitos como tortura, esclavitud sexual, crímenes de guerra o violencia sexual sistemática.
Pese a que el tribunal sostiene que la violencia sexual sí fue una práctica sistemática dentro de la Farc, la defensa mantuvo que no formó parte de la política organizacional ni tenía objetivos políticos, sino que correspondió a casos individuales fuera de control de los mandos.
Además de rechazar una actuación criminal sistemática, los comparecientes plantearon que el reclutamiento y otros delitos fueron resultado del contexto de guerra, la imposición de una disciplina militar no adaptada a la infancia y la ausencia de control efectivo, más que de una política deliberada de victimización.
“Lo que se configura es una falta de control efectivo o una omisión por parte de los mandos en la ejecución y seguimiento de la política de reclutamiento, así como en la prevención o respuesta frente a hechos aislados cometidos por subordinados”, señala el documento de los exFarc conocido por La Silla Vacía.
Entretanto, la Sala de Reconocimiento de la JEP anunció que evaluará si la respuesta presentada cumple con las dimensiones fáctica, jurídica y restaurativa requeridas. En la dimensión restaurativa, el veredicto de las víctimas resultará determinante.
Si la justicia transicional considera insuficiente la confesión de los exjefes guerrilleros, la causa avanzaría por la vía adversarial, exponiendo a los comparecientes a un juicio formal y a sentencias de hasta 20 años de prisión.
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