Impuesto predial en Bogotá: último llamado, distrito habilitó por 24 horas la plataforma digital para realizar el pago

No todos los inmuebles están sujetos, existen excepciones para viviendas de estratos bajos, templos religiosos y entidades públicas

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Los contribuyentes que no paguen
Los contribuyentes que no paguen a tiempo el impuesto predial deberán asumir intereses diarios sobre el monto adeudado - crédito Johan Largo/Infobae

La secretaria Distrital de Hacienda, Ana María Cadena, invitó a los contribuyentes del impuesto predial a realizar el pago del tributo, que tiene como fecha de vencimiento el viernes 11 de julio de 2025, con el fin que de las personas responsables no acumulen intereses diarios sobre el monto adeudado, una vez concluida la fecha acordada.

“Hemos dispuesto todos los mecanismos necesarios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los bogotanos. Los recursos recaudados son fundamentales para el desarrollo y bienestar de nuestra ciudad”, afirmó Cadena. El llamado de la entidad se dirige especialmente a los contribuyentes que no aprovecharon el descuento del 10% disponible hasta el 25 de abril y que aún desean ponerse al día sin incurrir en sanciones ni recargos.

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Para facilitar el proceso, la secretaría implementó una estrategia digital que permite realizar el pago de manera sencilla y segura desde cualquier lugar. El nuevo Portal Bogotá está habilitado las 24 horas para pagos en línea mediante PSE, con un tiempo estimado de menos de cinco minutos por transacción. Además, en el sitio web www.haciendabogota.gov.co, los ciudadanos pueden descargar la factura, consultar información detallada sobre el proceso y acceder a los canales autorizados para completar el trámite.

La Secretaría de Hacienda de
La Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó que el plazo para pagar el impuesto predial vence el 11 de julio de 2025 - crédito Alcaldía de Bogotá

Para quienes necesiten atención personalizada, existen Puntos de Atención Especializada en Usaquén (Avenida Carrera 19 # 114 - 65) y en Plaza de las Américas (locales 1132 y 1134), así como la red Cade distribuida en diferentes sectores de la ciudad.

Quiénes debe realizar el pago del impuesto predial en Bogotá

El impuesto predial debe ser pagado por varias figuras: el propietario, que posee la documentación legal del predio; el poseedor, quien utiliza el inmueble como propio sin tener los papeles; el usufructuario, con derecho de uso y disfrute acreditado mediante certificado de libertad; los fideicomitentes y beneficiarios de patrimonios autónomos; los tenedores, autorizados para usar inmuebles públicos por tiempo determinado; y la entidad financiera en casos de leasing.

Existen excepciones a la obligación de declarar y pagar el impuesto predial. Están exentos los salones comunales de las Juntas de Acción Comunal; casas y apartamentos residenciales en estratos 1 y 2 cuyo avalúo catastral sea inferior a 16 salarios mínimos; tumbas y bóvedas funerarias que no pertenezcan a parques cementerios; inmuebles de la Iglesia Católica como templos, capillas, casas curales, monasterios, conventos y seminarios.

Están exentos del pago del
Están exentos del pago del impuesto predial los salones comunales, viviendas de estratos 1 y 2 con avalúo bajo, templos y bienes públicos - crédito Alcaldía de Bogotá

Al igual que propiedades de otras iglesias y comunidades religiosas reconocidas por el Estado colombiano; bienes de uso público según el artículo 674 del Código Civil; parques naturales o públicos de entidades estatales; predios de la Defensa Civil, la Cruz Roja y signatarios de la Convención de Viena destinados a sus funciones; así como instalaciones militares, de la Policía, el Hospital Central y los inmuebles utilizados por la Rama Judicial.

En qué entidades bancarias se puede realizar el pago del impuesto predial

Los contribuyentes que deseen emplear el pago a través de la herramienta digital oficial de la entidad de Hacienda, podrá realizar la cancelación del tributo por medio de los siguientes bancos y desde la opción de PSE: Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, entre otras. Asimismo, se pueden utilizar tarjetas de crédito Visa y MasterCard, y en algunos casos, American Express y Diners.

Para quienes prefieran realizar el pago de manera presencial, los bancos autorizados por Hacienda incluyen Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, Banco AV Villas y Banco de Occidente. En ese caso, es necesario llevar la factura de impuesto impresa en láser para garantizar una correcta lectura del código de barras.

Existen Puntos de Atención Especializada
Existen Puntos de Atención Especializada en Usaquén, Plaza de las Américas y la red Cade para atención presencial - crédito Alcaldía de Bogotá

Tenga presente que el pago se reflejará en un plazo de dos días hábiles, y en caso de inconvenientes, los contribuyentes pueden contactar a los asesores de los canales de atención a través del sitio web de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Finalmente, y hasta el 26 de junio, la ciudad ha recaudado más de 4,2 billones de pesos, lo que equivale al 83% de la meta de $5,1 billones fijada para 2025. Para la dependencia dicho avance refleja el compromiso de más de medio millón de predios que ya han cumplido con la obligación tributaria.