
El presidente Gustavo Petro generó polémica tras ordenar la suspensión de la extradición del cabecilla del frente 33 de las disidencias de las Farc Willington Henao Gutiérrez, alias Mocho Olmedo. En la resolución expedida para tal fin se indica que su entrega a las autoridades estadounidenses podría ser una limitante en el desarrollo de las negociaciones de paz que adelanta el Gobierno nacional.
En ese sentido, en el documento se precisa que el guerrillero no será entregado en extradición hasta que haga contribuciones verificables en torno al proceso de paz. “En caso de que, a juicio del Gobierno nacional, se interrumpa su participación o cesen sus aportes al proceso de Paz Total, se procederá a hacer efectiva la entrega del señor Henao Gutiérrez”, detalla la resolución 186 de 2025.
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Al respecto, el primer mandatario defendió la medida adoptada con miras al proceso de paz, argumentado que la decisión tiene una base legal relacionada, justamente, con los aportes que pueden hacer los criminales que negocian con el Gobierno. Asimismo, informó de qué manera se determinará si la entrega en extradición de alias Mocho Olmedo sigue en pie o no.
“La ley me permite detener extradiciones si hay un avanzado proceso de paz, y avanzado proceso consiste en remover las causas de la violencia: la economía ilícita. La extradición del señor Olmedo depende de si se sustituyen miles de hectáreas de cultivos ilícitos o no”, precisó el jefe de Estado en su cuenta de X.

La determinación del presidente Gustavo Petro va en contra del concepto favorable que emitió en su momento la Corte Suprema de Justicia a la extradición del cabecilla de las disidencias de las Farc. La solicitud fue formalizada por el Gobierno de Estados Unidos a través de su embajada den Colombia.
Alias Mocho Olmedo fue acusado el 15 de febrero de 2015 por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida por los delitos de concierto para distribuir una sustancia controlada, concierto para importar una sustancia controlada, concierto para cometer lavado de dinero y tentativa de lavado de dinero.
La ley que da paso a la suspensión de órdenes de captura

Pese a la gravedad de los crímenes cometidos por el jefe guerrillero y al concepto favorable del alto tribunal, el mandatario ordenó la suspensión de su extradición basándose en la Ley 2272 de 2022, por medio de la cual se define la política de paz de Estado, se crea el servicio social para la paz y se crean otras disposiciones.
Justamente, en el parágrafo 3 del artículo 8 de la normativa se indica que el Gobierno nacional o representantes autorizados pueden acordar la suspensión de la ejecución de órdenes de captura, incluidas las que tienen fines de extradición, contra integrantes de organizaciones armadas al margen de la ley. Esto, siempre y cuando el Gobierno y los criminales estén en un “estado avanzado del proceso de paz”.
En ese sentido, el Gobierno está facultado para determinar una ubicación temporal para los actores armados cobijados con la medida de suspensión, para que cumplan con sus responsabilidades orientadas a la paz.

Una de las personas que criticó la decisión tomada por el jefe de Estado es la senadora y precandidata presidencial María Fernanda Cabal, asegurando que el Gobierno está protegiendo a los criminales que integran estructuras armadas. Calificó la suspensión de la extradición como un acto de “impunidad”.
“¿Cómo pretende este gobierno combatir el crimen si protege a narcoterroristas? Petro frena la extradición de ‘Mocho Olmedo’, jefe de las Farc, alegando que afectaría los “procesos de paz”. ¿Y las víctimas? Esto no es paz, es complicidad. Mientras haya impunidad, no habrá paz verdadera en este país”, cuestionó la congresista de la oposición.
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