
Una decisión ha generado debate en el Reino Unido, y todo por cuenta de un migrante colombiano.
El connacional ha cometido 27 delitos para financiar su adicción al alcohol y las drogas y, pese a ser detenido en reiteradas ocasiones, podrá permanecer en el Reino Unido tras una decisión judicial basada en el respeto a los derechos humanos.
Así lo reveló el diario The Telegraph, que contó además que el ciudadano de nacionalidad colombiana llegó al Reino Unido en la década de 1990. Una época convulsa a nivel de orden público en el país y en donde ya el narco Pablo Escobar hacía de las suyas.
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El compatriota tenía 16 años cuando pisó suelo británico. Desde ese entonces ha acumulado 12 condenas y ha sido encarcelado por violar una orden de alejamiento respecto a su expareja, con quien tiene un hijo.
A pesar de su historial delictivo, un tribunal de inmigración determinó que la deportación supondría “obstáculos muy significativos” para su reintegración en Colombia, debido a su frágil salud mental y al impacto negativo que tendría en su hijo, quien padece “autismo no diagnosticado”, añadió el mismo medio local.

El marco legal que cobija al ciudadano colombiano para que no sea deportada del Reino Unido:
Esta decisión se fundamentó en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Echr), que protege el derecho a la vida familiar.
La información divulgada con documentos judiciales por parte del diario inglés expuso un patrón creciente en el que solicitantes de asilo rechazados o extranjeros condenados por delitos intentan frenar su expulsión alegando vulneraciones a sus derechos humanos.
El caso del colombiano se suma a una lista de situaciones similares que han generado debate sobre la eficacia del sistema migratorio británico y la aplicación de la legislación internacional en materia de derechos humanos.
El hombre, cuya identidad permanece protegida por orden judicial, fue rechazado como solicitante de asilo tras su llegada, pero en 2007 obtuvo permiso de residencia indefinida.
Desde entonces, su vida ha estado marcada por problemas de adicción y reincidencia delictiva.

En 2016, fue condenado por violar una orden de alejamiento respecto a su expareja, recibiendo una pena de prisión de ocho semanas, que se amplió en 11 semanas adicionales por tres infracciones previas de tráfico.
En total, ha cometido 27 delitos desde su llegada al país, según los registros presentados ante el tribunal.
En febrero de 2020, las autoridades migratorias lo detuvieron con la intención de ejecutar una orden de deportación. Sin embargo, tras un proceso de revisión judicial, la expulsión se pospuso y se presentaron nuevas alegaciones en su defensa.
Tres años después, el Ministerio del Interior británico (Home Office) rechazó su solicitud de permanencia, pero el hombre apeló la decisión.
En octubre de 2024, la jueza de primera instancia Phull le concedió el derecho a permanecer en el Reino Unido, amparándose en el Artículo 8 del Echr.
En su fallo, la jueza argumentó que el hombre había vivido “legalmente más de la mitad de su vida” en el país y que sus vínculos sociales, laborales, amistosos y médicos demostraban una integración social y cultural significativa.
Además, consideró que existían “obstáculos muy significativos” para su reintegración en Colombia, dado que solo había realizado breves visitas a su país de origen desde su salida y ya no mantenía lazos sólidos con él.

La magistrada sostuvo que la deportación del padre sería “excesivamente dura” para el menor, ya que “le resultaría difícil comprender por qué se ha roto la relación y no puede pasar tiempo con su padre”.
En palabras de la jueza, el hombre se encuentra en una situación de “fragilidad” debido a sus problemas de salud mental y depende del apoyo que recibe en el Reino Unido, lo que dificultaría su reintegración en Colombia.
La polémica del caso generó la reacción del Ministerio del Interior
El Ministerio del Interior británico criticó la decisión y presentó un recurso, argumentando que la jueza había cometido errores en la valoración de los “obstáculos muy significativos” para la reintegración del migrante.
Según la cartera, la jueza no justificó adecuadamente por qué el hombre carecía de lazos en Colombia, cuando existían pruebas de que tenía familiares en el país capaces de brindarle apoyo.
Además, el Ministerio sostuvo que no había evidencia de que el hijo del migrante se viera “afectado negativamente” por la posible deportación y que la jueza no valoró suficientemente la reincidencia delictiva del hombre, agregó el mismo diario británico.
En su recurso, el Ministerio del Interior señaló que la jueza Phull había afirmado que “los delitos cometidos son la excepción, motivados por su consumo de alcohol y drogas, en una vida que por lo demás ha sido respetuosa de la ley”, una conclusión que, según el Ministerio, no se corresponde con el historial delictivo presentado.
El caso fue elevado al tribunal de segunda instancia, donde la jueza Sandip Kudhail revisó los argumentos de ambas partes.

La jueza Kudhail determinó que la decisión anterior debía ser revisada, dado que la jueza Phull no abordó adecuadamente la cuestión del apoyo familiar disponible en Colombia ni explicó con suficiente detalle cómo la salida del país afectaría al hijo del migrante.
En su resolución, la jueza Kudhail concluyó que la primera jueza incurrió en un “error de derecho” y ordenó que el caso se remitiera a un nuevo tribunal de primera instancia para que fuera examinado por otro magistrado.
La realidad del colombiano es el espejo de la polémica que causan en el Reino Unido las apelaciones de inmigración
El caso del migrante colombiano se produce en un contexto de presión sobre el sistema migratorio británico.
Según datos citados por el medio local, existen 41.987 apelaciones de inmigración pendientes, la mayoría basadas en argumentos de derechos humanos.
Esta acumulación de casos representa un desafío para los esfuerzos del Partido Laborista por agilizar la expulsión de migrantes en situación irregular.
La situación ha reavivado el debate sobre el equilibrio entre la protección de los derechos humanos y la necesidad de mantener la seguridad pública y la integridad del sistema migratorio.

Mientras algunos sectores defienden la aplicación estricta de la ley y la deportación de extranjeros reincidentes, otros señalaron la importancia de considerar las circunstancias personales, la salud mental y el derecho a la vida familiar, tal como establece el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El caso seguirá su curso en los tribunales, donde se evaluarán nuevamente los argumentos sobre la integración social, los lazos familiares y el impacto de una posible deportación tanto en el migrante como en su hijo.
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