
En Bogotá, las personas con discapacidad pueden acceder a la exención de la medida del Pico y placa, siempre que registren su vehículo y cumplan con los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad. Dicha disposición, vigente desde el 2023 en la capital, busca facilitar la movilidad de una población que enfrenta barreras adicionales en su vida cotidiana y representa un avance en la promoción de la inclusión y el reconocimiento de sus derechos.
La excepción para personas con discapacidad se encuentra contemplada en el artículo 5 del Decreto Distrital 003 de 2023. Esta norma establece que los vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad pueden quedar exentos de la restricción de Pico y placa, una medida que regula la circulación de automóviles en la ciudad para reducir la congestión vehicular y la contaminación.
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De acuerdo con lo establecido en el decreto distrital, la exención se activa de manera automática una vez que la persona interesada realiza la inscripción y cumple con los requisitos exigidos. El proceso permite que la excepción pueda consultarse de inmediato, lo que agiliza la gestión y evita demoras innecesarias.

El registro de vehículos para personas con discapacidad no tiene una fecha límite, ya que permanece abierto de forma permanente. Sin embargo, el sistema realiza una validación anual en línea para verificar que el vehículo cuente con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) y la revisión técnico mecánica vigentes.
Además, la Secretaría de Movilidad consulta con la Registraduría Nacional del Estado Civil para confirmar que el documento de identidad de la persona con discapacidad corresponde a una persona viva. Este doble control garantiza que el beneficio se otorgue únicamente a quienes cumplen con los requisitos legales y de seguridad.
Uno de los requisitos fundamentales para acceder a la exención es que la persona propietaria del vehículo esté inscrita en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (Ricpd), de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 113 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social. El Ricpd constituye una base de datos oficial donde se registran las personas con algún tipo de discapacidad, su ubicación y el estado de su salud. Esta inscripción permite a las autoridades identificar y caracterizar a la población beneficiaria, así como diseñar políticas públicas más efectivas.

El proceso para solicitar la excepción de Pico y placa por discapacidad se realiza a través deel sitio web oficial de la Secretaría Distrital de Movilidad, www.movilidadbogota.gov.co. El primer paso consiste en ingresar al portal y seleccionar el botón ‘Registro de exceptuados de Pico y Placa’. Posteriormente, la persona debe registrar sus datos en la plataforma virtual y diligenciar la solicitud de excepción.
El sistema valida de manera autónoma, mediante el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), la vigencia de la revisión técnico mecánica, el Soat y los datos de la persona con discapacidad. La respuesta se genera automáticamente en línea, lo que permite conocer de inmediato si la solicitud fue aprobada o rechazada.
Para verificar la activación de la excepción, la persona interesada debe ingresar nuevamente al portal web y consultar el estado de su vehículo en el botón ‘Consulta de vehículos exceptuados’. En caso de que la inscripción sea negada, el sistema notifica el rechazo a través del correo electrónico registrado por el solicitante. En los trámites semiautomáticos, el sistema asigna un número consecutivo al momento del registro y la respuesta se envía al correo electrónico proporcionado.
Igualmente, la Secretaría de Movilidad dispone de un módulo especial en el Centro de Servicio Movilidad Calle 13, ubicado en la calle 13 # 37-35, para atender a las personas con discapacidad que requieran información, orientación o asistencia en el proceso de registro del vehículo. El servicio no requiere cita previa, lo que facilita el acceso y reduce las barreras administrativas para los usuarios.

Qué vehículos aplican a la exención
La exención de pico y placa para personas con discapacidad aplica únicamente a vehículos matriculados o registrados en Bogotá y en los municipios conurbados que cuentan con organismo de tránsito. Entre estos municipios se encuentran Bojacá, Cajicá, Chía, Cogua, Cota, El Rosal, Facatativá, Funza, Gachancipá, La Calera, Madrid, Mosquera, Nemocón, Soacha, Sibaté, Sopó, Subachoque, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Zipacón y Zipaquirá. La medida exige que el vehículo esté registrado en alguna de estas jurisdicciones para poder acceder al beneficio.
Además de la inscripción en el Ricpd, el vehículo debe tener la documentación al día, incluyendo el Soat y la revisión técnico mecánica. Si la persona con discapacidad ya cuenta con una certificación expedida en los términos de la Circular Externa 009 de 2017 de la Superintendencia Nacional de Salud, puede aportar dicho documento, el cual será validado por la Secretaría Distrital de Movilidad.
En caso de no contar con la certificación o de no haber sido calificada la discapacidad por la Entidad Promotora de Salud (EPS), la persona debe seguir los pasos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para obtener la certificación correspondiente y realizar el registro de inscripción.
El proceso de solicitud de excepción también puede realizarse directamente a través del enlace https://www.movilidadbogota.gov.co/web/SIMUR/excepciones/login/, donde se encuentra el formulario específico para este trámite. Todo vehículo que aspire a quedar exceptuado de la medida de pico y placa debe tener su información actualizada y vigente en el Runt, sin excepción.

Es importante señalar que el Ricpd, como base de datos del Ministerio de Salud y Protección Social, cumple una función esencial en la identificación y localización de las personas con discapacidad en Colombia. Ese registro permite a las autoridades conocer la distribución geográfica y las características de la población, lo que resulta fundamental para la planificación de servicios y la asignación de recursos.
La Secretaría de Movilidad implementó un sistema que prioriza la eficiencia y la transparencia en el proceso de exención. La validación automática de los documentos y la respuesta en línea representan un avance significativo en la reducción de trámites presenciales y en la agilización de los procedimientos administrativos. Asimismo, la notificación electrónica de los resultados garantiza que las personas reciban información oportuna sobre el estado de su solicitud.
Finalmente, la entidad recordó que a diferencia de la excepción de la medida del Pico y placa para las personas con discapacidad, la respuesta del trámite en el registro de vehículos exceptuados será de cinco días calendario, contados a partir de la fecha de preinscripción. Lo demás solicitantes serán informados máximo a los 15 días calendario.
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