Procuraduría sancionó al exalcalde de Yopal por invitar a ciudadanos a “consumir producto colombiano” en referencia a la prostitución

La Procuraduría General de la Nación suspendió e inhabilitó a Luis Eduardo Castro, tras considerar discriminatoria su invitación pública en referencia a trabajadoras sexuales migrantes

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Luis Eduardo Castro, exalcalde de
Luis Eduardo Castro, exalcalde de Yopal, no se ha pronunciado por la sanción que le impuso la Procuraduría - crédito Luis Eduardo Castro/Facebook y Colprensa

La Procuraduría General de la Nación sancionó disciplinariamente al exalcalde de Yopal Luis Eduardo Castro, tras una polémica declaración en la que invitó a los hombres del municipio a “consumir producto colombiano”, en referencia a trabajadoras sexuales migrantes.

La sanción consiste en tres meses de suspensión e inhabilidad especial que, debido a que el exfuncionario ya no ocupa el cargo, se convierte en una multa equivalente al valor salarial que percibió en su puesto y una inhabilitación temporal.

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Es decir, la sanción dictada por el ente de control se traduce en una multa equivalente a tres meses del salario que devengaba el exalcalde para la época de los hechos.

El hecho ocurrió años atrás, durante una rueda de prensa el 6 de abril de 2021, cuando Castro utilizó dicha expresión al abordar temas relacionados con la prostitución en la ciudad.

Aun así, con la respectiva investigación, de acuerdo con el pronunciamiento del Ministerio Público, la frase aún “constituye un acto de violencia y discriminación contra la mujer por cuanto degrada su calidad o condición de ser humano a la de un producto o cosa objeto de consumo”.

Este fue el momento en el que el exalcalde de Yopal causó indignación por sus palabras contra las trabajadoras sexuales migrantes - crédito redes sociales/Facebook

La Procuraduría advirtió que la exhortación no solo degradó la dignidad de las mujeres, sino que también discriminó a las extranjeras que ejercían el trabajo sexual en Yopal.

El organismo indicó que esta conducta fue catalogada como grave y actuada con dolo, según lo establecido por la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 3.

Contra esta decisión, procede recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.

Procuraduría destituyó a patrullera de la Policía por agredir físicamente a ciudadano

La Procuraduría General de la Nación comunicó el 25 de junio que destituyó e inhabilitó por un periodo de diez años a la patrullera de la Policía Nacional, Érika Judith Pérez Romero, a raíz de una agresión física cometida contra un ciudadano durante un procedimiento de registro.

Según la decisión de primera instancia, la funcionaria utilizó “excesivamente la fuerza y su arma de dotación”.

La uniformada no podrá ejercer
La uniformada no podrá ejercer su cargo en 10 años, por abuso policial - crédito Procuraduría

De acuerdo con el informe oficial, los hechos se presentaron mientras Pérez Romero practicaba un registro a Juan Sebastián Nova en las cercanías del humedal JuanAmarillo,o en Bogotá.

“Abusó de su posición de autoridad y lo golpeó en su rostro con el arma de dotación bastón tonfa”, determinó el Ministerio Público tras investigar la situación.

El fallo de la Procuraduría Distrital de Juzgamiento recalcó que la patrullera desconoció los límites legales y los principios de legalidad, proporcionalidad y necesidad que rigen el ejercicio de la función policial.

En consecuencia, la conducta de la servidora pública fue calificada como “gravísima, a título de dolo”.

Exdirectora de Corpomojana fue sancionada por irregularidades en contratos millonarios

La Procuraduría General suspendió por seis meses a Liliana Quiroz Aguas, exdirectora de la Corporación de Desarrollo Sostenible para el San Jorge y la Mojana (Corpomojana), al encontrarla responsable de suscribir dos contratos sin respaldo técnico ni financiero adecuado, cuyo valor conjunto supera los $5.900 millones.

Según el fallo de primera instancia, la exfuncionaria firmó en 2020 un contrato por $3.475 millones para labores de mantenimiento en más de 2.200 hectáreas de plantaciones forestales.

Al año siguiente, aprobó otro contrato con el mismo objetivo, esta vez por $2.490 millones y para intervenir 1.434 hectáreas.

La Procuraduría calificó las faltas
La Procuraduría calificó las faltas de la exdirectora como gravísimas, cometidas a título de culpa grave - crédito @Corpomojana/X

En ambos casos, la Procuraduría evidenció la falta de estudios técnicos sólidos y de análisis de mercado confiables. “Los estudios de mercado eran difusos y ajenos a la realidad”, indicó el Ministerio Público.

La Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 consideró que las faltas fueron gravísimas y cometidas con culpa grave.

Aunque Quiroz ya no ocupaba el cargo al momento del fallo, la sanción implica su inhabilidad para ejercer funciones públicas durante seis meses y la obligación de devolver el equivalente a su salario en ese mismo periodo.

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