
Salvatore Mancuso, ex jefe de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), no podrá trasladar su lugar de residencia a Montería ni permanecer en al menos ocho departamentos del país donde tuvo influencia directa como comandante paramilitar.
Así lo confirmó una jueza de Justicia y Paz, al reiterar que el excombatiente únicamente podrá ingresar a dichas zonas con un permiso judicial especial y temporal. La medida se mantiene vigente mientras continúa en trámite su proceso en el sistema de justicia transicional.
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Desde su retorno a Colombia el 27 de febrero de 2023, tras purgar una condena de 17 años en Estados Unidos por narcotráfico y otros delitos, Mancuso ha permanecido en Bogotá.
No obstante, su defensa solicitó a principios de este año su traslado a Montería, alegando razones de salud y la necesidad de estar cerca de su núcleo familiar. Esta petición desató una controversia entre dos tribunales que han emitido fallos contra el exparamilitar: el de Bogotá y el de Barranquilla.
Disputa de competencias judiciales

La solicitud fue negada inicialmente el pasado 27 de enero por la jueza Luz Marina Zamora, encargada de vigilar el cumplimiento de las penas impuestas bajo el esquema de Justicia y Paz. Según argumentó, autorizar el cambio de domicilio violaría una orden previa que impide a Mancuso residir en regiones donde las AUC cometieron crímenes bajo su mando. La decisión se adoptó con el objetivo de salvaguardar los derechos de las víctimas y garantizar que no se produzcan nuevas afectaciones a su integridad o seguridad.
Frente a esta negativa, la defensa de Mancuso presentó un recurso de apelación y alegó que debía ser la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla la que resolviera el caso, pues allí se han dictado las dos sentencias más recientes contra su cliente. Además, aseguraron que los magistrados de esa jurisdicción tienen un conocimiento más profundo del historial criminal del exparamilitar, particularmente por los hechos ocurridos en la región Caribe.
“El cambio de domicilio está justificado en la cercanía del tribunal con los casos y las víctimas que se encuentran en la costa del país”, alegó la defensa en el documento presentado a la Corte Suprema de Justicia.
Remisión del caso a Bogotá

La disputa fue resuelta en abril de 2025 por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que determinó que la competencia para decidir sobre el recurso de apelación recaía en la Sala de Justicia y Paz de Bogotá. El fallo, de 11 páginas y con ponencia del magistrado Hugo Quintero, aclaró que aunque el juzgado de ejecución tiene jurisdicción nacional, está adscrito funcionalmente al Tribunal Superior de Bogotá, por lo que este es su superior jerárquico.
“El superior funcional del a quo es la Sala de Justicia y Paz de Bogotá, y a ella le corresponde desatar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del postulado”, estableció la Corte.
Asimismo, se recordó que fue en Bogotá donde se emitió la primera sentencia contra Mancuso en el marco de Justicia y Paz, el 31 de octubre de 2014, lo que refuerza la competencia de ese tribunal en el caso.

En ese sentido, se mantiene la restricción que le impide establecerse en las zonas donde ejerció control paramilitar, como medida de protección para las comunidades afectadas por su actuar en el conflicto armado.
A la fecha, Mancuso acumula cuatro condenas en el sistema de Justicia y Paz: dos en 2014, una en 2022 y la más reciente, del 7 de octubre de 2024. Como ex comandante de las AUC, su testimonio ha sido clave para esclarecer centenares de crímenes, por lo que su presencia en zonas del país donde actuó podría tener consecuencias simbólicas y reales en el proceso de reparación y reconciliación con las víctimas, según determinó Justicia y Paz
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