Vicepresidenta de la Cámara acusó a la Corte Constitucional de ser “cómplice silenciosa” de Petro, tras decisión sobre la reforma pensional

Para Lina María Garrido, el fallo evidencia que el presidente tendría mayorías en el alto tribunal, lo que, a su juicio, pone en riesgo la independencia judicial y la democracia en el país

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Lina María Garrido expresó su inconformidad con la Corte Constitucional tras el fallo que ordenó repetir parte del trámite legislativo de la reforma pensional - crédito @linamariagarri1/X

A través de un mensaje publicado en su cuenta oficial de X, Lina María Garrido, segunda vicepresidenta de la Cámara de Representantes, manifestó su rechazo a la decisión de la Corte Constitucional que ordenó repetir una parte del trámite legislativo de la Ley 2381 de 2024, conocida como la reforma pensional.

En su publicación, Garrido señaló: “Pueden decir lo que quieran, pero Germán Vargas Lleras lo advirtió con claridad: Gustavo Petro logró quedarse con una Corte Constitucional de bolsillo“.

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A juicio de la congresista, “Esto es una amenaza real para la democracia. Lo que hoy queda claro es que esa Corte está dispuesta a avalar la constituyente por decreto, la reelección y todas las perversas intenciones del presidente dictador. Oscura tarde en la que el poder judicial se ha convertido en el cómplice silencioso de Gustavo Petro”.

 La congresista aseguró que
La congresista aseguró que la decisión de la Corte favorece los intereses del presidente Gustavo Petro y representa un riesgo para la independencia judicial - crédito @linamariagarri1/X

La congresista acompañó este mensaje con un video en el que amplió sus señalamientos, criticando con dureza la actuación del alto tribunal: “Lo que acaba de ocurrir con la Corte Constitucional es profundamente preocupante. Al devolver el trámite de la reforma pensional para discutir la proposición de acoger el texto del Senado. El alto tribunal no solo ignora un vicio evidente del procedimiento, sino que confirma algo mucho más grave. El presidente Petro tiene mayorías en la Corte Constitucional, lo que durante 30 años era un vicio y un argumento válido como la violación al trámite legislativo para declarar una ley inexequible, hoy se convierte por arte de magia en una segunda oportunidad para que las decisiones del Congreso se alineen a los intereses del Ejecutivo“.

Garrido insistió en que la advertencia hecha por Germán Vargas Lleras sobre el supuesto control del presidente sobre el tribunal ya se estaría materializando: “Las decisiones que antes se sustentaban en principios jurídicos hoy se ajustan a los caprichos del Gobierno. El mensaje es claro si mañana Petro convoca una constituyente por vía de un decreto o una consulta popular amañada, esa Corte se la va a avalar no por razones de derecho, sino por pura obediencia política. La independencia judicial está en riesgo”.

Concluyó diciendo: “Lo que antes era inadmisible hoy es subsanable. Lo que antes se rechazaba por inconstitucional, ahora se justifica con argumentos de conveniencia”.

La Corte Constitucional decidió, por
La Corte Constitucional decidió, por unanimidad, devolver el trámite de la reforma pensional a la Cámara de Representantes, con el fin de subsanar un vicio de procedimiento - crédito Corte Constitucional

El pronunciamiento de Garrido se produjo tras el fallo unánime de la Corte Constitucional en el proceso relacionado con la revisión de constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024, que establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común.

Mediante el Auto 841 de 2025, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, el alto tribunal decidió:

  1. Devolver a la presidencia de la plenaria de la Cámara de Representantes la ley en cuestión.
  2. Ordenar que el presidente de la Cámara someta de nuevo a discusión y votación la proposición sustitutiva que proponía acoger el texto aprobado por el Senado, en un plazo máximo de 30 días hábiles.
  3. Suspender los términos de los procesos contra la ley hasta que la Sala Plena decida sobre su constitucionalidad.
  4. Suspender la entrada en vigencia de la ley, salvo lo dispuesto en los artículos 12 (parágrafo transitorio) y 76.
 La entrada en vigencia
La entrada en vigencia de la reforma pensional quedó suspendida, excepto en lo relativo a algunos artículos específicos, mientras se surte el trámite y se define su constitucionalidad - crédito Mauricio Dueñas Castañeda/EFE

Para atender lo dispuesto por la Corte, el ministro del Interior, Armando Benedetti, anunció que el Gobierno convocará sesiones extraordinarias en el Congreso. Esto con el fin de adelantar la nueva discusión de la reforma pensional dentro de los plazos fijados por el alto tribunal.

Cabe señalar que, de acuerdo con la decisión judicial, la plenaria de la Cámara debe realizar la votación en sesiones ordinarias o, de ser el caso, en las extraordinarias convocadas para tal propósito. Además, el Congreso podrá definir un nuevo término para la entrada en vigencia integral de la ley, una vez cumplido el trámite ordenado.